STSJ Comunidad de Madrid 630/2019, 26 de Junio de 2019

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Junio 2019
Número de resolución630/2019

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010

Teléfono: 914931969

Fax: 914931957

34002650

NIG : 28.079.00.4-2018/0015890

Procedimiento Recurso de Suplicación 449/2019 -L

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid Procedimiento Ordinario 372/2018

Materia : Materias laborales individuales

Sentencia número: 630/2019

Ilmos. Sres

D. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

D. MANUEL RUIZ PONTONES

D. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En Madrid a veintiséis de junio de dos mil diecinueve habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 449/2019, formalizado por el Sr. ABOGADO DEL ESTADO en nombre y representación de CORPORACION DE RADIO Y TELEVISION ESPAÑOLA SA, contra la sentencia de fecha 23/11/2018 dictada por el Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid en sus autos número Procedimiento Ordinario 372/2018, seguidos a instancia de D. Higinio frente a CORPORACION DE RADIO Y TELEVISION ESPAÑOLA SA, en reclamación por Materias laborales individuales, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. MANUEL RUIZ PONTONES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

DON Higinio, mayor de edad, con NUM000, suscribió el contrato de trabajo en prácticas con RADIO NACIONAL DE ESPAÑA SA el 8 de junio de 2009, para la prestación de servicios como Informador en prácticas, incluido en el grupo I, Informador, N.E D1, a jornada completa, de 35 horas semanales prestadas de lunes a domingo (doc. al folio 266).

El 7 de diciembre de 2009 suscribieron prórroga del contrato, del 8 de diciembre de 2009 al 7 de junio de 2010 (al folio 267).

El 8 de junio de 2010 suscribieron segunda prórroga del contrato, del 8 de junio de 2010 al 7 de junio del 2011 (doc. al folio 268 de las actuaciones).

Por escrito de 3 de mayo de 2001 se comunicó la finalización del contrato en fecha 7 de junio de 2011 (doc. al folio 269).

SEGUNDO

El 7 de enero de 2013 suscribieron contrato de colaboración, a realizar dentro del programa titulado Turbo 3, producido por RTVE SA, como labor de experto en música, con duración de 60 minutos y periodicidad de emisión diaria, con una vigencia del 1 de enero de 2013 al 30 de junio de 2013 (doc. al folio 195). Dicho contrato indica en la estipulación primera que se realizará "sobre los tema y contenidos concretos que plantee el Director de Radio 3".

El 2 de septiembre de 2013 suscribieron contrato de colaboración, a realizar dentro del programa titulado Turbo 3, como de experto en música, con una vigencia del 2 de septiembre de 2013 al 31 de diciembre de 2013 (doc. al folio 198), estableciendo un número de intervenciones de 5 semanales, de lunes a viernes.

El 1 de enero de 2014 suscribieron contrato de prestación de servicios, como director, presentador y guionista del programa de radio de RNE titulado Turbo 3, con una frecuenta de emisión semanal (sábados y domingos) y una duración aproximada de 60 minutos por programa, con una vigencia del 1 de enero de 2013 al 30 de junio de 2014 (doc. al folio 201).

El 3 de marzo de 2014 suscribieron contrato de guiones, para la realización del Programa/serie/capítulo indicado, con las características señaladas, en el Programa/Serie "Cachitos de hierro y cromo".

El 1 de mayo de 2014 suscribieron contrato de prestación de servicios, para la contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa de radio de RNE titulado "Festival SOS 4.8" y labores promocionales de RNE y RTVE cuando se le solicite por RTVE, con vigencia del 2 de mayo de 2014 al 3 de mayo de 2014 (doc. al folio 206).

El 1 de julio de 2014 suscribieron estipulación adicional al contrato de 1 de enero de 2014, ampliando las prestaciones del contrato para 44 nuevos programas del programa Radio 3 (doc. al folio 204).

El 1 de septiembre de 2014 suscribieron contrato de prestación de servicios, en relación a la Contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa Turbo 3, con una frecuencia diaria (de lunes a viernes) y duración aproximada de 60 minutos por programa. Así como labores promocionales de RNE y RTVE cuando se le solicitara. Con vigencia del 1 de septiembre de 2014 hasta el 31 de julio de 2015 (doc. al folio 212).

El 17 de febrero de 2015 suscribieron contrato de guiones, para la realización del Programa/serie "Cachitos de hierro y cromo", y fecha máxima de entrega de 30 de junio de 2015 (doc. al folio 218).

El 9 de abril de 2015 suscribieron contrato de prestación de servicios, para la contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa de radio de RNE titulado "Festival SOS 4.8" y labores promocionales de RNE y RTVE cuando se le solicite por RTVE, con vigencia del 1 al 2 de mayo de 2015 (doc. al folio 215).

El 1 de agosto de 2015 suscribieron contrato de prestación de servicios, en relación a la Contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa Turbo 3, con una frecuencia diaria (de lunes a viernes) y duración aproximada de 60 minutos por programa. Así como labores promocionales de

RNE y RTVE cuando se le solicitara. Con vigencia del 1 de agosto de 2015 al 31 de agosto de 2015 (doc. al folio 221).

El 1 de septiembre de 2015 suscribieron contrato de prestación de servicios, en relación a la Contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa Turbo 3, con una frecuencia diaria (de lunes a viernes) y duración aproximada de 60 minutos por programa. Así como labores promocionales de RNE y RTVE cuando se le solicitara. Con vigencia del 1 de septiembre de 2015 al 31 de julio de 2016 (doc. al folio 224).

El 15 de febrero de 2016 suscribieron contrato de prestación de servicios, en relación a la Contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa Radio 3 en Córdoba, con una duración aproximada de 180 minutos. Así como labores promocionales de RNE y RTVE cuando se le solicitara. Con vigencia del 27 de febrero de 2016 (doc. al folio 227).

El 20 de abril de 2016, suscribieron contrato de prestación de servicios, para la contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa de radio de RNE titulado "Festival SOS 4.8" y labores promocionales de RNE y RTVE cuando se le solicite por RTVE, con vigencia del 6 al 7 de mayo de 2016 (doc. al folio 230).

El 25 de mayo de 2016 suscribieron contrato de guiones, para la realización del Programa/serie "Cachitos de hierro y cromo", y fecha máxima de entrega de 30 de junio de 2016 (doc. al folio 233).

El 1 de agosto de 2016 suscribieron contrato de prestación de servicios, en relación a la Contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa Turbo 3, con una frecuencia diaria (de lunes a viernes) y duración aproximada de 60 minutos por programa. Así como labores promocionales de RNE y RTVE cuando se le solicitara. Con vigencia del 1 de agosto de 2016 al 31 de agosto de 2016 (doc. al folio 236).

El 1 de agosto de 2016 suscribieron contrato de prestación de servicios, en relación a la Contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa Turbo 3, con una frecuencia diaria (de lunes a viernes) y duración aproximada de 60 minutos por programa. Así como labores promocionales de RNE y RTVE cuando se le solicitara. Con vigencia del 1 de septiembre de 2016 al 31 de julio de 2017 (doc. al folio 239).

El 13 de diciembre de 2016, suscribieron contrato como comentarista/tertuliano en las grabaciones y emisiones del Programa de radio 3 de RTVE, Programa Especial 091 desde Granada (doc. al folio 242).

El 5 de marzo de 2017 suscribieron contrato de guiones, para la realización del Programa/serie "Cachitos de hierro y cromo", y fecha máxima de entrega de 30 de junio de 2017 (doc. al folio 245).

El 26 de abril de 2017, suscribieron contrato como comentarista/tertuliano en las grabaciones y emisiones del Programa de radio 3 de RTVE, Especial Festival Warm 2017 (doc. al folio 248).

El 18 de julio de 2017 suscribieron contrato de prestación de servicios, en relación a la Contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa Turbo 3, con una frecuencia diaria de lunes a viernes, y duración aproximada de 60 minutos por programa. Así como labores promocionales de RNE y RTVE cuando se le solicitara. Con vigencia del 1 de agosto de 2017 al 3 de septiembre de 2017 (doc. al folio 251).

El 24 de agosto de 2017 suscribieron contrato de prestación de servicios, en relación a la Contribución a la producción, en concepto de director, presentador y guionista del programa Turbo 3, con una frecuencia diaria de lunes a...

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