STSJ Comunidad de Madrid 404/2018, 18 de Julio de 2018

PonenteCARLOS DAMIAN VIEITES PEREZ
ECLIES:TSJM:2018:8209
Número de Recurso967/2017
ProcedimientoProcedimiento ordinario
Número de Resolución404/2018
Fecha de Resolución18 de Julio de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Cuarta

C/ General Castaños, 1, Planta Baja - 28004

33009730

NIG: 28.079.00.3-2017/0024998

Procedimiento Ordinario 967/2017

Demandante: Dña. María Teresa

PROCURADOR Dña. MARIA NATALIA MARTIN DE VIDALES LLORENTE

Demandado: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE MADRID MEH Sr. ABOGADO DEL ESTADO

COMUNIDAD DE MADRID

LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA

PONENTE: El Pte. De la Sección. Magistrado Ilmo. Sr. D. Carlos Vieites Pérez SENTENCIA Nº 404 /2018

Presidente:

  1. Carlos Vieites Pérez

    Magistrados:

    Dña. MARÍA ASUNCIÓN MERINO JIMÉNEZ

    Dña. LAURA TAMAMES PRIETO CASTRO

  2. JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU

    En Madrid a 18 de julio de 2018.

    Visto por la Sala el Procedimiento Ordinario nº 967/2017, interpuesto por la representación procesal de DÑA. María Teresa, contra la resolución de fecha 23/10/2017 por la que se estima parcialmente la reclamación administrativa NUM000 .

    Habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado representada por la Abogacía del Estado y la Comunidad de Madrid representada por sus Servicios Jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó solicitando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de las partes demandadas contestaron a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No habiéndose solicitado por las partes los trámites de vista o la formulación de conclusiones quedaron las actuaciones conclusas.

CUARTO

Con fecha 17 de julio del año en curso se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Pte. De la Sección el Ilmo. Sr. Magistrado D. Carlos Vieites Pérez, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la Resolución del Tribunal Económico Regional de Madrid nº NUM000, que estimó parcialmente la reclamación económica-administrativa y anulo la Liquidación objeto de la misma por no estar suf‌icientemente motivada la comprobación de valores. Pero entendió que si procedía por estar en presencia de un expediente de dominio y ser de aplicación el artículo 7.2

  1. del Texto Refundido del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados .

SEGUNDO

El recurrente entiende que no procede girar una liquidación por faltar el hecho imponible. Ya que nos encontramos ante un supuesto de usucapión, y es un modo de adquirir la propiedad y no un supuesto de transmisión, por lo tanto fuera del ámbito de aplicación. Tal y como se recoge en la Consulta de la Dirección General de Tributos, CV 4053-15 de fecha 16 de Diciembre de 2015. En la que ha declarado la no sujeción a T.P.O y A.J.D. de la adquisición de un inmueble por usucapión declarada por sentencia judicial. Y por el Tribunal Superior de Justicia Sala de lo Contencioso en la Sentencia de 15 de octubre de 2013, recurso 565/2011. Por su parte tanto la Abogacía del Estado, como los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, solicitaron la desestimación del recurso por entender que el reconocimiento del dominio tributa por el Impuesto de Transmisiones en base al artículo 7.2 apartados C ) y D) de Texto Refundido del Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados .

TERCERO

Por lo tanto el objeto del presente recurso es determinar si se encuentra o no sujeto al Impuesto de Transmisiones la adquisición por parte de la recurrente del dominio del inmueble sito en la calle Carlos Arniches 25, 2º derecha de Madrid. Titularidad dominical que fue reconocida por la Sentencia de 26 de mayo de 2011, dictada por el...

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