STSJ Comunidad Valenciana 352/2017, 27 de Junio de 2017

PonenteMARIA ALICIA MILLAN HERRANDIZ
ECLIES:TSJCV:2017:6111
Número de Recurso147/2015
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución352/2017
Fecha de Resolución27 de Junio de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 147/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

S E N T E N C I A Nº 352 / 2017

Ilmos. Sres:

PRESIDENTA

Dª Alicia Millán Herrándis

MAGISTRADOS

D. Ricardo Fernández Carballo Calero

Dª. Ana Mª Pérez Tórtola

En Valencia a veintisiete de junio dos mil diecisiete.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos nº147/2015, seguidos entre partes, de la una y como demandante, don Carlos Daniel representado por el Procurador D. RAFAEL ALARIO MONT y la otra, como Administración demandada, la Generalitat, representada y dirigida por Abogado de su Servicio Jurídico, recurso interpuesto contra la Resolución del Gerente del Departamento de Salud de Castellón de 15 de abril de 2015, denegando prolongación en el servicio activo y declarando su jubilación.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El indicado Procurador, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el recurso contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley Jurisdiccional, habiendo despachado las partes, en momento oportuno y por su orden, los trámites de demanda y contestación, en cuyos escritos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en los mismos, suplicaron, respectivamente, la anulación del acto impugnado y la desestimación del recurso, en los términos que estimaron convenientes a sus derechos.

Tercero

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló para votación y fallo el día 27 de junio pasado, en que ha tenido lugar.

Cuarto

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

Ha sido ponente la Magistrada Doña María Alicia Millán Herrandis.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso se ha interpuesto contra la resolución del Gerente del Departamento de Salud de Castellón de 15 de abril de 2015, denegatoria de la solicitud de prolongación en situación de servicio activo y de cese por jubilación forzosa.

Segundo

La resolución denegatoria de la solicitud de prolongación en el servicio activo, se funda en que resulta posible la cobertura en el Hospital De La Plana del puesto de Jefe de Sección de Medicina Interna, por lo que se aprecia que no concurren razones organizativas/asistencial que justifiquen su solicitud, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/14, de 8 de agosto del Consell, procede la denegación de la prolongación en el servicio activo y su jubilación forzosa

Tercero

El actor se refiere a la nulidad del Decreto 136/2014, de 8 de agosto, del Consell, por el que se regula el procedimiento para la jubilación forzosa, la prolongación en el servicio activo y la jubilación voluntaria del personal estatutario de las Instituciones Sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad al cual reprocha haber incluido disposiciones de índole sustantivo, impropias de tal regulación. Finalmente alega que se encuentra en situación de prolongación tacita prevista en el art. 6.5 del Decreto 136/2014 .

La administración demandada tras hacer unas consideraciones generales sobre la naturaleza de la prolongación en el servicio activo, justifica el dictado de la resolución administrativa impugnada en atención a las previsiones del Plan de Ordenación de Recursos Humanos, a las que no podía resultar ajena la situación administrativa del actor, considerando en cualquier caso que no existe indefensión.

Cuarto

Sobre esta problemática-aplicación por la administración del art. 6 del Decreto 136/14, con el fin de determinar si concurren necesidades organizativas/asistenciales que justifiquen la autorización de prolongación del servicio activo-, esta sección ya ha se ha pronunciado en su sentencia 305/16, de 31 de mayo, recurso num. 400/2014, en los siguientes términos:"depurando las alegaciones del actor, en cuanto se advierte que en el caso que nos atañe, la resolución administrativa impugnada se dicta aplicando las previsiones del Decreto 136/2014, de 8 de agosto, lo que relativiza las alegaciones de la demanda, en orden a enfatizar la anulación de la Orden 2/2013 de 7 de junio (efectivamente anulada por sentencia TSJ Comunidad...

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