STSJ Murcia 370/2017, 20 de Octubre de 2017
Ponente | INDALECIO CASSINELLO GOMEZ PARDO |
ECLI | ES:TSJMU:2017:1753 |
Número de Recurso | 179/2017 |
Procedimiento | Recurso de Apelación |
Número de Resolución | 370/2017 |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 2017 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD
MURCIA
SENTENCIA: 00370/2017
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
N56820
PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5, 3ª PLANTA MLS
N.I.G: 30030 45 3 2016 0001588
Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000179 /2017 Sobre: ADMINISTRACION DEL ESTADO
De D./ña. Elena
Representación D./Dª. JORGE JOSE EGEA GABALDON Contra D./Dª. DELEGACION DE GOBIERNO EN MURCIA Representación D./Dª.
ROLLO DE APELACION núm. 179/2017
SENTENCIA núm. 370/2017
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA
Compuesta por los Ilmos. Srs.:
Dña. María Consuelo Uris Lloret
Presidenta
D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo
D. José María Pérez Crespo Payá
Magistrados
Ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº 370/17
En Murcia, a veinte de octubre de dos mil diecisiete.
En el rollo de apelación nº 179/2017 seguido por interposición de recurso de apelación contra la sentencia nº 48/2017, de 20 de febrero, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Murcia, dictada en el recurso contencioso administrativo nº 190/2016, tramitado por las normas del procedimiento abreviado, en cuantía indeterminada, en el que figuran como parte apelante DOÑA Elena, representada por el Procurador Don Jorge José Egea Gabaldón y asistida por el Letrado Don Benito López López, y como parte apelada la Delegación del Gobierno en Murcia, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, sobre inadmisión a trámite de renovación de autorización de trabajo y residencia; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo, quien expresa el parecer de la Sala.
ÚNICO .- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Murcia, lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la Administración demandada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a Sala, la cual designó Magistrado ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el día 11/10/2017.
La sentencia apelada desestima el recurso contencioso administrativo formulado por la recurrente contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Murcia de 16/3/2016, por la que se inadmitía a trámite la solicitud de renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo deducida por la apelante, por concurrir la causa prevista en la Disposición Adicional Cuarta , apartado "f" de la L.O. 4/2.000, esto es, por tratarse de una solicitud manifiestamente carente de fundamento,, y ello sin perjuicio de que pudiera solicitar permiso de residencia temporal en caso de concurrir alguna de las circunstancias excepcionales previstas en el Capítulo I, del Título V del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
La crítica que la apelante realiza de la Sentencia apelada se fundamenta en los siguientes argumentos:
A).- Alega que no estaba en situación irregular ya que era titular de una autorización de residencia temporal que todavía no había sido declarada extinguida al tiempo de solicitar su renovación ya que la resolución que la acordó nunca le fue...
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ATS, 23 de Febrero de 2018
...de 2016, apelación 256/2016 ; sentencia del TSJ de la Rioja, de 10 de noviembre de 2016, apelación 119/2016 ; sentencia del TSJ de Murcia, de 20 de octubre de 2017, apelación 153/2016 (adjuntando al escrito dichas sentencias); sentencias nº 9566/15, de 22 de julio, de la Sección Décima de l......