STSJ Andalucía 54/2017, 12 de Enero de 2017

ECLIES:TSJAND:2017:4879
Número de Recurso3381/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución54/2017
Fecha de Resolución12 de Enero de 2017
EmisorSala de lo Social

Rº 3381/15 mba

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Iltmos. Señores:

DÑA. ELENA DIAZ ALONSO

DÑA . Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA

D. JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a doce de Enero de 2017

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 54/17

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Leovigildo contra la sentencia del Juzgado de lo Social número CUATRO de los de SEVILLA, Autos Nº 1190/08 ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Leovigildo contra DIPUTACION PROVINCIAL DE SEVILLA celebró el Juicio y se dictó sentencia el 24/07/12 por el Juzgado de referencia en la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

PRIMERO

D. Leovigildo,, NIF. NUM000, vienes prestando servicios bajo las órdenes y la dependencia de la Diputación Provincial de Sevilla, con la categoría profesional de personal laboral indefinido, oficial de 1ª vigilante de carreteras, concretamente en el Servicio de Infraestructura Municipal del Área de Servicios Territoriales y Movilidad de esa Corporación.

SEGUNDO

La Diputación notificó al trabajador la incoación del expediente disciplinario del actor (folio 5), a cuyo tenor:

"Por escrito del Director del Área de Infraestructuras y Desarrollo Rural de fecha 18 de mayo de 2007 se dio cuenta de las posibles irregularidades detectadas en la actuación del Arquitecto Técnico laboral, adscrito al Área citada, D. Luis Antonio, que se concretarían en la relación que mantendría con la empresa Euroadicon S.L., contratista de la Diputación de Sevilla, adjudicataria de obras correspondientes a los Planes de Obras y Servicios, por lo que se podrían haber producido causas de incompatibilidad. Con posterioridad el Director del Área del Oficial 1ª Vigilante de Carreteras Laboral, D. Leovigildo, quien asimismo se encontraría en la misma situación del Sr. Luis Antonio .

Por ello, y en tanto tales hechos pudieran haber derivado en algún tipo de irregularidad en la normal prestación del ser vicio y considerando que los mismo pudieran ser constitutivos de falta administrativa, de las calificadas como muy graves de "prevalencia de la condición de empleado público para obtener un beneficio para sí o para otros" e "incumplimiento de las normas de incompatibilidades cuando ello de lugar a una situación de incompatibilidad" por el art. 95.2 apartados j ) y n), respectivamente, de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, esta Presidencia resuelve:

  1. ) Incoar, conforme señala el art. 98 de la normativa citada, expediente disciplinario a los trabajadores D. Luis Antonio y D. Leovigildo, al objeto de depurar las posibles responsabilidades en que hubieren podido incurrir en relación con los hechos descritos en la parte expositiva de la presente Resolución..."

TERCERO

El trabajador, mediante escrito de 18.06.2007 formuló alegaciones (folio 6), en que manifestó:

"..Hablando de trabajo, expresé la idea de crear un empresa ya que era una idea que siempre había tenido para hacer realidad proyectos y ocupar el tiempo libre que disponía, la creamos en Abril del 2004 a través de la subcontratación del Punto Limpio de Martín de la Jara, y a la terminación de éste, la contrata nos ofreció también para realizar el Punto Limpio de Osuna, en esto, consultábamos a través de Internet las condiciones que cualquier otra empresa, por lo que creíamos, no estábamos haciendo nada punible ni que contradijese ninguna legalidad, dichas obras son :

Mejora en Caminos Rurales de Caripe.

Urbanización C/ Jesús, Molino y San Francisco de Puebla de Cazalla.

Terminación Parque Municipal de Villanueva de San Juan.

Terminación C/ Cádiz de Caripe.

Presentando nuestras ofertas en los distintos Ayuntamientos metido en esta dinámica y sin pensar en lo que hacíamos nos presentamos a la Terminación de Puntos Limpios en Martín de la Jara, Fuentes de Andalucía y Puebla del Río y sin darnos cuenta de la gravedad de ello conllevaba pero nunca con mala fe ni con la idea de beneficiarnos económicamente y siempre teniendo muy en cuenta ejecutar todas y cada una de las mediciones de la obra que había que realizar según el proyecto.

Los motivos para la creación de la empresa era como ya he dicho antes la ocupación de mi tiempo libre y en cotizar por nuestras mujeres para la jubilación en un futuro, ya que, por ejemplo, mi mujer tiene cotizados unos 10 años en régimen general y para que a partir de crear puestos de trabajos también pudiera crear un futuro laboral para mis hijos (3) viendo cómo está la situación laboral de hoy en día.

Y si en algo he cometido errores creo que como cualquier humano no soy perfecto, por lo que pido valoren esta exposición mía y sean condescendientes conmigo, ya que soy un trabajador de Diputación que tengo una antigüedad de 30 años en esta casa, teniendo una conducta buena tanto con mis jefes como con mis propios compañeros y sin haber tenido nunca un tachón mi vida laboral".

CUARTO

Incoado el oportuno expediente disciplinario se dictó Resolución de 25.04.2008 del siguiente tenor (folio 25):

"...I) Hechos probados:

Quedan suficientemente documentados en el expediente los siguientes hechos protagonizados por el Sr. Leovigildo :

Por el Jefe del Servicio de Infraestructura Municipal se pusieron en conocimiento de la Subdirección del Área, entonces denominada de Infraestructura y Desarrollo Rural, dándose posteriormente traslado a la Dirección de lamisca de las posibles irregularidades en la actuación de D. Leovigildo al tener relación la Empresa Euroadicon S.L., contratista adjudicataria de diversas obras de Planes Provinciales.

El citado trabajador tras conversación el Jefe del Servicio mencionado, reconoció por escrito su vinculación con dicha empresa.

En la escritura de constitución de la sociedad mencionada figura como una de las socias, con un tercio del capital social, la esposa del Sr. Leovigildo Dª Salome .

Que en virtud de escritura se otorgó por la mencionada empresa poder a favor de D. Leovigildo .

Que de la documentación obrante en el expediente resulta que la empresa Euroadicon S.L ha actuado como adjudicataria o subcontratista para la realización de diversas obras promovidas por Ayuntamiento de la provincia de Sevilla o por esta Diputación, hechos reconocidos por el interesado en comparecencia efectuada en el marco del expediente con fecha 27 de agosto de 2007.

Igualmente, constan en el expediente certificación del Registrador Mercantil de la Provincia de Sevilla de fecha de 12 de junio de 2007 en la que se hace constar que la repetida empresa ha revocado el poder conferido a

D. Leovigildo (ello consta en autos,...

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