STSJ Asturias 374/2017, 21 de Febrero de 2017

PonenteMARIA VIDAU ARGÜELLES
ECLIES:TSJAS:2017:480
Número de Recurso3055/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución374/2017
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00374/2017

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33037 44 4 2016 0000408

Equipo/usuario: MGZ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0003055 /2016

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000397 /2016

Sobre: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL

RECURRENTE/S D/ña Modesto ABOGADO/A: PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL: ALVARO ALVAREZ PEDREZUELA

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

SENTENCIA Nº 374/17

En OVIEDO, a veintiuno de febrero de dos mil diecisiete.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. MARIA VIDAU ARGÜELLES y D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0003055/2016, formalizado por el Graduado Social D. ALVARO ALVAREZ PEDREZUELA, en nombre y representación de Modesto, contra la sentencia número 581/2016 dictada por JDO. DE LO SOCIAL de MIERES en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000397/2016, seguidos a instancia de Modesto frente al INSS, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª MARIA VIDAU ARGÜELLES .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Modesto presentó demanda contra el INSS, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 581/2016, de fecha siete de noviembre de dos mil dieciséis .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) El actor, Modesto, solicitó pensión a favor de familiares tras el fallecimiento de su padre, Luis Miguel acaecido el 16 de noviembre de 2015. Este, que había nacido en el año 1938, tenía su domicilio en la CALLE000 NUM000 - NUM001 NUM002 . Laviana.

  2. ) La prestación le es denegada por resolución de 15 de marzo de 2016 al estimar la Entidad Gestora que el actor no reúne el requisito de convivencia con el causante.

  3. ) Tras residir en Tenerife, el demandante fija su domicilio el 18 de septiembre de 2006 en la CALLE001 nº NUM003 NUM002 . Laviana.

    El 2 de diciembre de 2015 cambia su domicilio que aparece fijado según el patrón municipal en la CALLE000 NUM003 - NUM001 NUM002 . Laviana.

  4. ) Micaela, nacida en el año 1962, fijó su domicilio el 7 de noviembre de 2014 en la CALLE000 NUM000 - NUM001 NUM002 . Laviana.

  5. ) Agotada la preceptiva vía administrativa, presentó escrito de demanda en este Juzgado el día 8 de abril de 2016.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que desestimando la demanda deducida por Modesto contre el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, absolviendo, en consecuencia, al organismo interpelado de los pedimentos en su contra contenidos".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Modesto formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 29 de diciembre de 2016.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 9 de febrero de 2017 para los actos de votación y fallo.

A la...

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