STSJ Cataluña 6984/2016, 25 de Noviembre de 2016

PonenteMARIA DEL PILAR MARTIN ABELLA
ECLIES:TSJCAT:2016:9161
Número de Recurso5211/2016
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIÓN
Número de Resolución6984/2016
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2016
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2015 - 8017422

F.S.

Recurso de Suplicación: 5211/2016

ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMA. SRA. MARIA PILAR MARTIN ABELLA

En Barcelona a 25 de noviembre de 2016

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6984/2016

En el recurso de suplicación interpuesto por Felicisima frente a la Sentencia del Juzgado Social 7 Barcelona de fecha 10 de mayo de 2016 dictada en el procedimiento Demandas nº 372/2015 y siendo recurrido/a Manuela, Universitat Pompeu Fabra y Ministerio Fiscal. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. MARIA PILAR MARTIN ABELLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 22-4-15 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Tutela de derechos fundamentales, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 10 de mayo de 2016 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda interpuesta por Felicisima por Felicisima, contra la UNIVERSITAT POMPEU FABRA, Manuela, con intervención del MINISTERIO FISCAL, debo absolver a las partes demandadas de la pretensión deducida en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - Felicisima ha prestado servicios en la UNIVERSITAT POMPEU FABRA como Profesora Ayudante Doctora, con antigüedad de 1-11-2007, categoría profesional de Profesora Ayudante y con un salario mensual bruto de 1929,29 € sin las pagas extraordinarias. 2º.- La actora ha causado baja voluntaria en la UPF, con efectos de 1-9-2015 y coincidiendo con alta en otro centro docente.

  2. - En noviembre de 2007 la actora obtuvo una beca de Formación de Personal Universitario por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes para incorporarse al Area de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad demandada para realizar su Tesis Doctoral. La beca finalizaba el 30-9-2011.

  3. - La codemandada, Manuela, Catedrática de Derecho del Trabajo, es la Coordinadora o responsable del Area de Conocimiento de Derecho Laboral del Departamento de Derecho de la UPF. Se trata de un cargo electivo.

  4. - La actora depositó sus Tesis el 12-9-2011. El 6-10-2011 se aprobaba el depósito con la propuesta del Tribunal. El 17-11-2011, coincidiendo con la convocatoria de una huelga general de Universidades e Institutos, defendía su Tesis Doctoral la actora (con el Título "Instrumentos de compensación del daño derivado de accidente de trabajo y enfermedad profesional"), no asistiendo la demandada Sra. Manuela . Tampoco lo hizo otro profesor del mismo equipo de investigación, el Sr. Benjamín . La lectura coincidió con la convocatoria de una huelga en el ámbito educativo.

  5. - Manuela tuvo conocimiento formal de que la actora había depositado su Tesis, en virtud de correo electrónico remitido el 11-10-2011 por la Jefa Secretaria del Departamento de Derecho, por indicación del Director, Sr. Eleuterio (folio 1441).

  6. - Manuela disfrutó de una licencia con destino la Universidad de Notre Dame (USA) de 27-9-2011 a 19-10-2011.

  7. - El 4-10-2011 la actora remitió un correo electrónico a la Sra. Manuela para informarla que había depositado su tesis y lo siguiente: "He estado esperando para decírtelo en persona y darte un ejemplar de la tesis en agradecimiento al apoyo que me llevas prestando todos estos años. Sin embargo, como Hilario y Benjamín me comentaron que te reincorporas a la UPF a finales de este mes, no quiero esperar más y te escribo este correo para darte la noticia" -folio 1438-.

    En respuesta la demandada le remitió el siguiente correo el 6-10-2011: "Me ha parecido inaceptable enterarme por el Campus Global del depósito de tu Tesis y del Tribunal preguntando en el Departament. Me he sentido atropellada en la toma de decisiones. Pienso que esa no es la mejor fomra de colaboración conmigo y con otros colegas. Siempre has tenido mi puerta abierta. Creo que además con la capacidad que tienes deberías haber defendido una Tesis de título europeo, te ofrecí ayuda para ello. He solicitado que se te haga el contrato de ayudante para el día 1 de octubre, como me pides, pero quiero recordarte, es mi responsabilidad, lo que se os dijo en la reunión el Director del Departament y nuestra conversación sobre plazos del mes de julio. Te aconsejé que agotaras los plazos de ayudantías como tus colegas dadas las circunstancias económicas del Área y del Departament y que no corrieras con plazas que tienen una vida corta. Lo que ahora he podido hacer no te puede decir, es también recordatorio de la conversación de julio, que se pueda repetir en el momento de finalización de ayudantía-doctor. El curso que viene perdemos mucha docencia y nos suben mucho las hora, quiero que seas consciente y que te sitúes en un contexto con mucha gente en el Area que están de forma muy precaria. Un saludo y seguiremos hablando" (folio 1437).

    El 11-10-2011 la demandante le contestaba por el mismo conducto:

    "En primer lugar, quería pedirte disculpas por lo que creo que ha sido un malentendido, que siento te haya molestado. En julio te anuncié que durante el mes de septiembre depositaría la tesis y esperaba comunicártelo en persona para así poder darte un ejemplar de la tesis en agradecimiento a la ayuda que me has prestado. Dado que me comentaron que aún estarías fuera unas semanas, decidí enviarte el e-mail el 4 de octubre en que te informaba del depósito y te daba las gracias por toda la ayuda. En todo caso reitero, mis disculpas.

    También quiero agradecerte que hayas facilitado mi contratación como profesora ayudante. En este punto, debido a que recerca olvidó comunicarme la concesión de la beca predoctoral me incorporé a la UPF con dos meses de retraso (1 noviembre de 2007). Sin embargo, el Ministerio me aseguró telefónicamente que mi beca tendría la duración de 4 años y que, por tanto, finalizaría el 30 de octubre de 2011. No obstante, el pasado miércoles el Ministerio me comunicó que mi beca había finalizado el 30 de septiembre y que no podía hacer nada para recuperar este mes, algo que aún no entiendo y pediré las debidas explicaciones. Es por este motivo que te solicite poder firmar el contrato con efectos 1 de octubre de 2011, en lugar de 1 de noviembre, como comentamos en julio." (folio 1437). 9º.- El 5-10-2011 la actora remite correo a la demandada, Sra. Manuela, sobre "un imprevisto" en relación a su contrato -folio 1440-:

    "Me incorporé con la beca de la UPF con dos meses de retraso porque recerca se olvidó de comunicarme su concesión. Por ello pensaba que mi beca finalizaba el 30 de octubre de 2011, y así me le confirmaron desde el Ministerio. No obstante, ahora me dicen que mi beca finalizó el pasado 30 de septiembre. Este lunes empiezo a dar clases y me encuentro sin relación contractual con la universidad. Por ello, Flora me ha dicho que me ponga en contacto contigo para que, si lo consideras conveniente, le escribas para que prepare mi contrato de profesora ayudante con efectos de 1 de octubre de 2011. Muchas gracias por tu tiempo y persona las molestias".

    La trabajadora demandada, el mismo día, remitía correo al correo electrónico al Director del Departamento de Derecho de la UPF, Don. Eleuterio . Le explica que la demandante le solicita que proponga su contratación inmediata sin que ni tan siquiera hay tenido oportunidad de leer su Tesis. Le traslada asimismo su preocupación por que "dentro de dos cursos la presión sea para una estabilidad por encima de todo y que tenga que despedir a los que han optado por trabajar duro en todos los planos". Sin oponerse a la contratación le indica al Director del Departamento que estará a lo que él decida. Se transcribe:

    "He recibido hoy este correo de Felicisima, en una conversación con ella a principios de julio o primeros de agosto en UPF, ella me vino a ver después de una reunión que tuvieron contigo y me dijeron que estaba muy preocupada y que iba a pasar. En la reunión le comenté lo primero que me había enterado que daba clases en un centro privado y que esto no podía ser si quería estar en la Universidad, ella me dijo que no lo sabía y que no lo volvería a hacer, le expliqué cual era la situación del Departament y que obviamente le aconsejaba que no corriera, que preparara una buena tesis que le permitiera el título europeo y que yo la ayudaría en todo lo que pudiera como ya lo había hecho cuando se fue a Cornell a una estancia breve. Quería pasar directamente de Becaria a Doctor y le dije que esto no era posible que tendría que pasar antes por ayudante. Quedamos que presentaría la tesis sobre noviembre y para entonces habríamos hecho una contratación como ayudante, con el marco anterior que te comento, le hablé de que tenía que pensar en el Area en su conjunto y que las decisiones que me tocaran las tomaría siempre sobre la valoración intelectual del trabajo pero que no le podía garantizar, en la línea del Departament, una estabilidad después de la contratación como doctor. Lo que ha venido detrás lo sabes. Ahora me presenta la tesis corriendo, me lo dice 20 días después, quiere la contratación ya y por el Departament me entero del Tribunal.

    Eleuterio pensando en todos y en conciencia no puede permitir que me sigan atropellando tomando decisiones que siempre te presentan de un día para otro, no he visto ni una línea todavía de su trabajo, no quiero pensando en los demás encontrarme con una situación en la que dentro de dos cursos la presión sea para una estabilidad en todos los planos. Mi experiencia además es...

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