STSJ Murcia 757/2016, 4 de Noviembre de 2016

PonenteINDALECIO CASSINELLO GOMEZ PARDO
ECLIES:TSJMU:2016:2284
Número de Recurso320/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución757/2016
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 00757/2016

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Equipo/usuario: RGS

Modelo: N11600

PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5, 3ª PLANTA

N.I.G: 30030 33 3 2014 0000744

Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000320 /2014

Sobre: AUTORIZACIONES Y LICENCIAS ADMTIVAS.

De D./ña. Josefina

ABOGADO JESUS GONZALEZ PEREZ

PROCURADOR D./Dª. ANTONIO RENTERO JOVER

Contra D./Dª.

ABOGADO LETRADO COMUNIDAD,

PROCURADOR D./Dª., ANA MARIA NIETO BERNAL

RECURSO núm. 320/2014

SENTENCIA núm. 757/2016

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCION PRIMERA

Compuesta por los Iltmos. Sres.:

Dña. María Consuelo Uris Lloret

Presidenta

D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo

D. José María Pérez Crespo Payá

Magistrados

Ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY la siguiente

S E N T E N C I A Nº 757/16

En Murcia, a cuatro de noviembre de dos mil dieciséis.

En el recurso contencioso administrativo nº 320/2014, tramitado por las normas del procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada, en materia de Farmacia.

Demandante: Doña Josefina, representada por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Rentero Jover y dirigida por el Letrado Don Jesús González Pérez.

Demandada : Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia representada y defendida por el Letrado de la Comunidad.

Codemandada : Doña Antonia, representada por la Procuradora Doña Ana Nieto Bernal y dirigida por el Letrado Don Fernando Olmos López.

Acto administrativo impugnado: Resolución por el Director General de Planificación Sociosanitaria, Farmacia y Atención al Ciudadano, de fecha 7/5/2014 por la que se le autoriza a Doña Antonia la puesta en funcionamiento de su Oficina de Farmacia en el establecimiento de origen sito en la C/ Luis Peralta nº 5 de Lorca.

Pretensión deducida en la demanda: Que se dicte sentencia por la que:

"1. Se declare la nulidad, anulabilidad o revocación de la resolución impugnada.

  1. Se estime la pretensión formulada por la demandante en vía administrativa y se ordene a la Administración incoar el procedimiento de cierre definitivo de la Oficina de Farmacia MU-189-F situada en la calle Luis Peralta n° 5 de Lorca (Murcia), titularidad de Dª Antonia .

  2. Y se arbitren y ordenen cuantas medidas sean necesarias para restablecer la situación jurídica perturbada y pretendida por esta parte en vía administrativa."

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Indalecio Cassinello Gómez Pardo, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativos se presentó el

día 4/6/2014. Admitido a trámite, previa reclamación y recepción del expediente administrativo, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo las pretensiones a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La Administración demandada y la codemandada se opusieron al recurso interesando su desestimación.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 16/9/2016, acordándose por Providencia de dicha fecha y con suspensión del plazo para dictar Sentencia someter a la consideración de las partes y del Ministerio Fiscal la posible inadmisibilidad del recurso por la causa prevista en el artículo 69.c) de la Ley Jurisdiccional, evacuándose por estas dicho traslado en el sentido que consta en autos, tras lo cual se señaló el día 27/10/2016 para la votación y fallo del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como antecedentes relevantes para la decisión del recurso se deben consignar los

siguientes:

  1. El 5/8/2011 Doña Antonia, solicita el traslado provisional, con obligación de retorno, de su oficina de Farmacia sita en la C/ Luis Peralta nº 1 de Lorca a la C/ Señor de la Penitencia nº 6, Edificio Alemania, toda vez que como consecuencia del terremoto de Lorca habían aparecido daños estructurales en el edificio en el que se ubicaba que impedían su habitabilidad.

  2. el 14/9/2011, el Director General de Planificación, Ordenación Sanitaria y Farmacéutica e Investigación concede dicha autorización de traslado provisional con obligación de retorno a su ubicación originaria ( art. 37 del Decreto Regional 17/2001 ) 3. El 5/8/2013 Antonia solicitó la ampliación del plazo de dos años concedido para el retorno hasta la finalización de la obra de reconstrucción del edificio, alegando que por circunstancias ajenas a su voluntad no...

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