STSJ Murcia 823/2016, 19 de Septiembre de 2016

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2016:1917
Número de Recurso327/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución823/2016
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00823/2016

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Pº GARAY, 5-2ª PLANTA. 30005-MURCIA

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

NIG: 30030 44 4 2014 0001960

Equipo/usuario: JGL

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000327 /2016

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000243 /2014

Sobre: DESEMPLEO

RECURRENTE/S D/ña Severino

ABOGADO/A:

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL: PEDRO GINES MARTINEZ COSTA

RECURRIDO/S D/ña: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

ABOGADO/A: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

En MURCIA, a diecinueve de septiembre de dos mil dieciséis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Severino, contra la sentencia número 0365/2015 del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, de fecha 15 de Octubre, dictada en proceso número 0243/2014, sobre DESEMPLEO, y entablado por D. Severino frente a SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL. En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Hechos Probados en la instancia y fallo.

En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

Al demandante, D. Severino con D.N.I. NUM000 le fue reconocida prestación por desempleo, por estar incurso en un ERE de suspensión de contrato promovido por la entidad "Grúas Monteagudo", mediante Resolución dictada por el SEPE en fecha 25 de enero de 2010, con efectos económicos a 4 de enero de 2010, base reguladora de 83,26 euros y 720 días de derecho.-De la referida prestación reconocida el demandante consume 411 días.-

SEGUNDO

En fecha 10 de abril de 2013 se produce la extinción del contrato de trabajo que vinculaba al demandante con la empresa "Grúas Monteagudo, S.L.", al amparo de lo previsto en el art. 52 c) del E.T ..-TERCERO. El demandante prestó servicios por cuenta y orden de la empresa "Transportes El Mosca, S.A." durante el periodo comprendido entre el 22 de febrero de 2013 y el 10 de febrero de 2014.-CUARTO. En fecha 24 de febrero de 2014 el demandante solicita la reanudación de la prestación contributiva por desempleo reconocida por el SEPE en fecha 25 de enero de 2010, siendo dicha solicitud aprobada mediante nueva Resolución dictada por el SEPE en fecha 24 de febrero de 2014, con fecha de efectos económicos a 11 de febrero de 2014 y 411 días consumidos.-QUINTO. Contra la Resolución a que se refiere el ordinal precedente el demandante interpuso Reclamación previa la cual fue desestimada mediante nueva Resolución dictada por el Ente Gestor en fecha 14 de marzo de 2014.- SEGUNDO .- Fallo de la sentencia de instancia.

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo: Que desestimo la demanda interpuesta por D. Severino contra el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y en consecuencia, absuelvo al organismo demandado de todas las pretensiones deducidas en su contra.-

TERCERO

De la interposición del recurso.

Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de suplicación por el Graduado Social don Pedro Ginés Martínez Costa, en representación de la parte demandante.

CUARTO

De la impugnación del recurso.

El recurso interpuesto ha sido impugnado por el Letrado del Servicio Público de Empleo Estatal. QUINTO .- Admisión del recurso y señalamiento de la votación y fallo.

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 14 de Septiembre de 2016 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- El actor, D. Severino, presentó demanda, solicitando: "en su día, dicte sentencia por la que estimando la presente demanda en su totalidad, y a la vista de los hechos y fundamentos de derecho que anteceden, se condene al citado organismo, a que le sea reconocida una prestación por desempleo en la que en los días consumidos se repongan 180, debiendo reconocerse como días consumidos 237, y la prestación correspondiente con fecha de finalización el día 14 de junio de 2015".

La sentencia recurrida desestimó la demanda.

El actor, disconforme, instrumentó recurso de suplicación y solicita que: "tras los trámites legales oportunos, dicte sentencia por la que con estimación de este Recurso, se revoque la sentencia dictada por el Juzgado de Instancia, y sea reconocida una prestación por desempleo en la que en los días consumidos se repongan 180, debiendo conocerse como días consumidos 237, y la prestación correspondiente con fecha 5 finalización el día 14 de junio de 2015".

El SPEE impugna el recurso y se opone. FUNDAMENTO SEGUNDO .- Se pide la REVISIÓN DE LOS HECHOS DECLARADOS PROBADOS AL AMPARO DEL APARTADO B) DEL ARTICULO 193 DE LA LEY 36/2011, DE 10 DE...

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