STSJ Aragón 292/2016, 2 de Junio de 2016

PonenteEMILIO MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2016:911
Número de Recurso365/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución292/2016
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00292/2016

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 2ª). -Recurso número 365 del año 2014- S E N T E N C I A Nº 292 de 2016

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE :

D. Eugenio A. Esteras Iguácel MAGISTRADOS :

D. Fernando García Mata

D. Emilio Molins García Atance

------------------------------- En Zaragoza, a dos de junio de dos mil dieciséis.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN (Sección 2ª), el recurso contencioso-administrati vo número 365 del año 2014, seguido entre partes; como demandante el GOBIERNO DE ARAGÓN representado y defendido por el Sr. Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón; y como Administración demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

, representada por el Sr. Abogado del Estado; y como codemandado don Ceferino, representado por la Sra. Procuradora doña Beatriz Díaz Rodríguez y asistido por el Sr. Abogado don Alfonso Polo Soriano.

Es objeto de impugnación la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón, Sala Segunda, de 26 de junio de 2014 dictada para resolver las reclamaciones interpuestas por los siguientes interesados:

Num. Interesado: N.I.F.: Acto impugnado NUM008 Ceferino NUM000 Liquidación NUM009 Id. Id. Sanción

NUM010 Apolonia NUM001 Liquidación NUM011 Id. Id. Sanción

NUM012 Felicisima NUM002 Liquidación NUM013 Id. Id. Sanción

NUM014 Jose Pedro NUM003 Liquidación

NUM015 Id. Id. Sanción

NUM016 Amador NUM004 Liquidación

NUM017 Id. Id. Sanción

NUM018 Tarsila NUM005 Liquidación

NUM019 Id. Id. Sanción

NUM020 Eutimio NUM006 Liquidación

NUM021 Id. Id. Sanción

NUM022 Luis NUM007 Liquidación

NUM023 Id. Id. Sanción

Cuantía : 83.579,92 €.

Ponente : Ilmo. Sr. Magistrado D. Emilio Molins García Atance. ANTECEDENTES DE HECHO:

PRIMERO

La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en la Secretaría de este Tribunal en fecha 21 de octubre de 2014, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada en el encabezamiento de esta resolución.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar la parte recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables concluía con el suplico de que se dictara sentencia por la que, con estimación del recurso se anule la resolución del Tribunal Económico-Administrativo de Aragón con todos los efectos procesales pertinentes en relación con las reclamaciones económico administrativas que la misma resuelve.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que, por su parte, estimó aplicables, que se dictara sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto. Y en el mismo sentido se pronunció la defensa del codemandado Sr. Amador .

CUARTO

No habiendo pedido las partes el recibimiento del pleito a prueba, ni solicitado el trámite de conclusiones, quedaron los autos pendientes de señalamiento, celebrándose la votación y fallo el día 25 de mayo de 2016.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora impugna la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón, Sala Segunda, de 26 de junio de 2014 dictada para resolver las reclamaciones interpuestas por los siguientes interesados:

Num. Interesado: N.I.F.: Acto impugnado

NUM008 Ceferino NUM000 Liquidación

NUM009 Id. Id. Sanción

NUM010 Apolonia NUM001 Liquidación

NUM011 Id. Id. Sanción

NUM012 Felicisima NUM002 Liquidación

NUM013 Id. Id. Sanción

NUM014 Jose Pedro NUM003 Liquidación

NUM015 Id. Id. Sanción

NUM016 Amador NUM004 Liquidación NUM017 Id. Id. Sanción

NUM018 Tarsila NUM005 Liquidación

NUM019 Id. Id. Sanción

NUM020 Eutimio NUM006 Liquidación

NUM021 Id. Id. Sanción

NUM022 Luis NUM007 Liquidación

NUM023 Id. Id. Sanción

SEGUNDO

Los antecedentes de interés aparecen detallados en la resolución del TEAR de Aragón impugnada.

La Inspección de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón extendió actas de disconformidad a los ahora reclamantes en las fechas que a continuación se relacionan:

Obligado tributario: Nº acta Fecha

Ceferino NUM024 26 Mayo 2010

Apolonia NUM025 26 Mayo 2010

Felicisima NUM026 24 Junio 2010

Jose Pedro NUM027 24 Junio 2010

Amador NUM028 26 Mayo 2010

Tarsila NUM029 26 Mayo 2010

Eutimio NUM030 24 Junio 2010

Luis NUM031 24 Junio 2010

En ellas se proponía regularizar la situación tributaria de los obligados tributarios, relativa al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, concepto operaciones societarias, en los siguientes términos, comunes a todos ellos:

  1. Las actuaciones se iniciaron mediante comunicaciones notificadas en las fechas que en cada caso se indican, se desarrollaron en las fechas reseñadas en las actas y deben descontarse a los efectos del cómputo del plazo máximo de duración, en su caso, como dilaciones no imputables a la Administración tributaria los días que se señalan, sin que en ninguno de los casos se haya excedido el plazo máximo de doce meses:

    Obligado tributario: Fecha inicio Dilación, días

    Ceferino 01/10/2009 132 (09/12/09 a 20/04/10)

    Apolonia 20/04/2010 ----Felicisima 22/04/2010 ----Jose Pedro 31/05/2010 ----Ceferino 10/07/2009 168 (29/09/09 a 04/11/09 y 09/12/09 a 20/04/10)

    Tarsila 10/07/09 203 (29/09/09 a 20/04/10)

    Eutimio 31/05/10 ----Luis 28/05/10 ----2.° De las actuaciones practicadas y demás antecedentes resulta que:

    - Mediante escritura pública de fecha 15 de octubre de 2007 se elevaron a públicos los acuerdos adoptados por la Junta General Ordinaria de la sociedad SAN ANDRES CENTRO EDUCATIVO SEGLAR, SA., celebrada el 27 de junio de 2007, y se formalizó la liquidación de dicha sociedad y el reparto del haber social, consistente exclusivamente en efectivo metálico, entre todos los socios y en proporción a sus respectivas participaciones, mediante la entrega de dos cheques, de fechas 12 de febrero de 2007 y 27 de junio de 2007, según el siguiente detalle: NIF Socios Cuota de liquidación

    NUM004 Amador 4.663.137,56

    NUM000 Ceferino 4.663.137,56

    NUM001 Apolonia 16.598,07

    NUM005 Tarsila 16.598,07

    NUM003 Jose Pedro 583.583,78

    NUM002 Felicisima 583.583,78

    NUM006 Eutimio 583.583,78

    NUM007 Luis 583.583,78

    NUM032 Irene 583.583,78

    NUM033 Yolanda 583.583,78

    NUM034 Mateo 40.976,50

    NUM035 Tomás 40.976,50

    NUM036 Pedro Francisco 28.816,10

    NUM037 Bernardo 20.939,70

    NUM038 Fermín 13.447,51

    13.010.202,93

    - El 6 de febrero de 2007 la sociedad había celebrado Junta General Extraordinaria (recogida en acta notarial) en la que se acordó la disolución de la sociedad, el cese de los administradores (los hermanos Ceferino y Amador ) y el nombramiento de Ceferino como liquidador de la sociedad. Los acuerdos se elevaron a públicos mediante escritura de 16 de marzo de 2007. Previamente, Ceferino, actuando como liquidador de la sociedad, efectuó un reparto, previo al Balance Final de Liquidación, a cada uno de los accionistas emitiendo el 12 de febrero de 2007 un cheque nominativo a cada uno de ellos. El reparto previo fue comunicado por burofax por el liquidador a cada uno de los accionistas.

    - El orden del día de .la Junta General Ordinaria de la sociedad SAN ANDRÉS CENTRO EDUCATIVO SEGLAR, SA., celebrada el 27 de junio de 2007, según consta en el acta notarial del Notario Bellod, fue el siguiente:

  2. Examen y aprobación, en su caso, de la momento, cuentas anuales e informe de gestión, correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2006 y lectura del informe de auditoría, así como de la propuesta de aplicación del resultado.

  3. Aprobar, si procede, el balance final de liquidación.

  4. Aprobar, en su caso, la gestión social llevada a cabo por el señor liquidador.

  5. Autorizar al señor liquidador para la elevación a públicos de los acuerdos adoptados.

  6. Ruegos y preguntas.

  7. Redacción, lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta.

    En la documentación anexa al informe de auditoría, presentado e inscrito en el Registro Mercantil junto con las Cuentas Anuales de la sociedad, consta la propuesta de distribución de resultados sometida a la aprobación de la Junta y que consistió en compensar resultados negativos de ejercicios anteriores por importe de 2.609.395 euros y llevar a reservas el resto del beneficio del ejercicio, un importe de 12.500.343 euros. Asimismo, en el propio informe de auditoría de las Cuentas Anuales, elaborado por el economista-auditor Serafin, consta textualmente, en su punto 3.°: "... Al 31 de diciembre de 2006 el activo de la sociedad está prácticamente representado por dinero en efectivo, no existiendo pasivos destacables salvo la liquidación fiscal con la Administración Tributaria. Asimismo, y como se comenta en la nota Hechos posteriores de la memoria, la sociedad ha procedido a una liquidación previa a los accionistas de la misma." - Por la disolución y liquidación de la sociedad se presentó el 23 de octubre de 2007 una autoliquidación conjunta del Impuesto de Operaciones Societarias consignando una base imponible de 599.975,29 euros y efectuando un ingreso, al tipo de gravamen del 1%, de 5.999,75 euros.

    - La Inspección solicitó a los antiguos administradores de la sociedad el Libro de Actas, que no aportaron porque, según manifestaron, "la sociedad San Andrés no llevaba Libro de Actas, pues todas las Juntas se celebraron ante notario y el conjunto de las actas levantadas por éste constituían el Libro de Actas".

    -La Inspección también solicitó acreditación de la discrepancia existente entre la cifra declarada en la autoliquidación como base imponible (599.975,29 euros) y la cifra consignada como haber social repartido en la escritura pública de 15 de octubre de 2007 (13.010.202,93 euros), a...

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