STSJ Castilla y León , 23 de Febrero de 2016

PonenteEMILIO ALVAREZ ANLLO
ECLIES:TSJCL:2016:777
Número de Recurso99/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00353/2016

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID Tfno: 983413204-208

Fax: 983.25.42.04

NIG: 47186 44 4 2015 0000813

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000099 /2016

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000205 /2015

Sobre: DESEMPLEO

RECURRENTE/S D/ña Estela

ABOGADO/A: VÍCTOR-JAVIER ROMÁN FERNÁNDEZ PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: SERVICIO DE EMPLEO PUBLICO ESTATAL ABOGADO/A: ABOGADO DEL ESTADO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Rec. Núm. 99/2016

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Álvarez Anllo Presidente de la Sección

D. José Manuel Riesco Iglesias

D. Rafael A. López Parada / En Valladolid, a veintitrés de Febrero de dos mil dieciséis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 99/2016, interpuesto por Dª Estela, contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Valladolid de fecha, 30 de septiembre de 2015 (Autos nº 205/15), dictada a virtud de demanda promovida por precitada recurrente contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL; sobre DESEMPLEO.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Álvarez Anllo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de marzo de 2015, procedente de reparto tuvo entrada en el Juzgado de lo Social nº 2 de Valladolid, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia en los términos que consta en la parte dispositiva de referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: " PRIMERO .-La parte demandante Dª. Estela, provista de DNI. NUM000, nacida el NUM001 .67 tenía reconocido y venía percibiendo una renta activa de inserción desde el 9-7-2014. SEGUNDO. - Con posterioridad ha percibido la renta activa de inserción del 16 de octubre de 202 al 17.3.2013. TERCERO.- No renovó la demanda de empleo el 29 de septiembre de 2014, en que acudió a partir de las 10 de la mañana a clases del centro de adultos para la obtención del graduado escolar. CUARTO.- Con fecha 10-10-2014 se dicta propuesta de exclusión del derecho reconocido, al no haber renovado la demanda de empleo en la forma y fecha indicadas, concediendo un plazo de 15 días para hacer alegaciones. La interesada alegó que no acudió a renovar la demanda de empleo por olvido. QUINTO.- Con fecha 20-11-2014 se dicta resolución de exclusión del derecho reconocido, al no haber renovado la demanda de empleo en la forma y fecha indicada. SEXTO .- Interpuso reclamación previa que fue desestimada por resolución de 9 de febrero de 2015 cuyo contenido obra al folio 28 de las actuaciones que en aras a la brevedad se dan aquí por reproducidos con cita y trascripción del art. 9.1.b) del RD 1369/2006 .".- TERCERO.- Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha Sentencia por la parte demandante, fue impugnado por la parte demandada, y elevados los autos a ésta Sala, se designó Ponente, acordándose la participación de tal designación a las partes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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