STSJ La Rioja 152/2015, 25 de Junio de 2015

PonenteMIGUEL AZAGRA SOLANO
ECLIES:TSJLR:2015:418
Número de Recurso144/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución152/2015
Fecha de Resolución25 de Junio de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00152/2015

- RECURSO SUPLICACION 0000144 /2015

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000044 /2014

Sobre: DESPIDO OBJETIVO

C/ BRETON DE LOS HERREROS 5-7 LOGROÑO

Tfno: 941 296 421

Fax: 941 296 408

NIG: 26089 44 4 2014 0000115

402250

RECURRENTE/S D/ña BODEGAS ALTANZA, S.A. BODEGAS ALTANZA, S.A.

ABOGADO/A: JOSE CARMELO ARRESE GARCIA

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Gaspar, FONDO DE GARANTIA SALARIAL FOGASA

ABOGADO/A: FERNANDO BELTRAN APARICIO, FOGASA

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

Sent. Nº 152/15

Rec. 144/15

Ilmo. Sr. D. Miguel Azagra Solano. :

Presidente. :

Ilmo. Sr. Cristóbal Iribas Genua. :

Ilma. Sra.: Mercedes Oliver Albuerne. :

En Logroño, a veinticinco de junio de dos mil quince.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación nº 144/15 interpuesto por BODEGAS ALTANZA, S.A. asistido por el Letrado

  1. Carmelo Arrese García, contra la sentencia nº 44/14 del Juzgado de lo Social nº Uno de La Rioja de fecha treinta y uno de octubre de dos mil catorce y siendo recurridos D. Gaspar . asistido por el Letrado Fernando Beltrán Aparicio y FONDO DE GARANTIA SALARIAL asistido por el Letrado de FOGASA, ha actuado como PONENTE EL ILMO. SR. DON Miguel Azagra Solano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por D. Gaspar se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social nº Uno de La Rioja, contra BODEGAS ALTANZA, S.A. y FOGASA en reclamación de DESPIDO.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, recayó sentencia con fecha treinta y uno de octubre de dos mil catorce cuyos hechos declarados probados y fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

D. Gaspar ha venido prestando servicios para la empresa "BODEGAS ALTANZA, S.A.", dedicada a la actividad de industria vinícola, con antigüedad desde el 13 de septiembre de 2.002, con la categoría profesional de gerente, y un salario bruto anual de 152.064'15 euros anuales en quince mensualidades, incluidas las partes proporcionales de las pagas extraordinarias, ó 12.672'01 euros brutos mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extras, abonado mensualmente mediante transferencia bancaria; en virtud de contrato de trabajo indefinido a tiempo completo.

SEGUNDO

El actor no ostenta cargo como representante legal de los trabajadores.

TERCERO

Con fecha de 18 de diciembre de 2.013, la empresa notificó al trabajador carta de despido de la misma fecha, obrante a los folios 10 a 20 de las actuaciones, con efectos del día 18 de diciembre de

2.013, cuyo contenido se da por íntegramente reproducido en aras de la brevedad; por la que se le comunica la decisión que justifica su despido.

Los hechos que justifican la decisión adoptada son los siguientes:

"En el último Consejo de Administración, del que Ud. forma parte, celebrado el pasado 19 de septiembre de 2.013, los restantes miembros del consejo de Administración tuvieron conocimiento incidentalmente y a través de sus manifestaciones, de que la marca SEÑORÍO DE HUEDA, que siempre consideraron que era un marca más con las que cuenta BODEGAS ALTANZA, S.A., es propiedad de usted que manifestó, además, su firme negativa a transmitirla a la Bodega.

Considerado por el resto de los miembros del Consejo de Administración una deslealtad a la confianza depositada en Ud., como gerente plenipotenciario para dirigir BODEGAS ALTANZA, S.A., y además vocal en el Consejo de Administración de la misma, a partir de ese momento y siguiendo instrucciones del Consejo de Administración, comenzó un seguimiento de la marca SEÑORÍO DE HUEDA dentro de la trazabilidad de los vinos etiquetados con dicha marca, por entender que podría haber intereses contrapuestos entre usted y BODEGAS ALTANZA, S.A..

Tras la investigación efectuada, se le imputan los siguientes hechos:

  1. Usted es propietario de la empresa BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L., así como de la marca SEÑORÍO DE HUEDA y está realizando una competencia desleal a BODEGAS ALTANZA, S.A., fundamentado en hechos como los siguientes:

    1.1 Utiliza nuestros canales de venta y a nuestros comerciales, que son trabajadores por cuenta ajena, cuyos salarios los paga esta Bodega, para comercializar el vino con su marca, por lo que el beneficio publicitario lo adquiere exclusivamente Ud. o la bodega de su propiedad. Los comerciales que han venido vino con su marca en este último año sin ir más lejos son Sixto, Augusto, Epifanio .

    1.2 BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA (Ud.), ordena desde la dirección de BODEGAS ALTANZA, S.A. (Gerente) el embotellado y etiquetado de vino con la marca SEÑORÍO DE HUEDA constando en la etiqueta la leyenda "Embotellado para Bodegas Señorio de Hueda, S.L. por Bodegas Altanza, S.A. -Fuenmayor- R.E. N 30-LR". Este número de Registro pertenece a Bodegas Altanza, S.A. También su bodega compra vinos con marca propiedad de BODEGAS ALTANZA, S.A. (Lealtanza rosado, Altanza reserva, etc.).

    Ud. ordena la facturación de la mercancía desde BODEGAS ALTANZA, S.A. a BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA,S.L. a precios inferiores a los que a continuación (o incluso anteriormente) su empresa BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L. aplica en su facturación a los clientes, LUCRÁNDOSE EN LAS OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN. Para comprender la explicación del circuito vamos a exponer casos reales:

    1. Con fecha 9 de octubre de 2.013, se procede a expedir pedido a ENTRE DOS TIERRAS TENERIFE, S.L., siguiendo instrucciones del gerente de BODEGAS ALTANZA, S.A. D. Gaspar .

      Con la misma fecha, BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L. factura a ENTRE DOS TIERRAS TENERIFE, S.L. los productos de la expedición.

      Con fecha 15 de octubre de 2.013 el gerente D. Gaspar transmite al departamento de administración, sección facturación de BODEGAS ALTANZA, S.A., la orden de facturar a BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L. la mercancía cuyo envío se efectuó el 9 de octubre de 2.013 a los precios que él estimó, según cuadro que exponemos a continuación:

      TIPO DE VINO CANTIDAD PRECIO CAJA EN FRA. DE B. ALTANZA, S.A. A BODEGAS S. DE HUEDA S.L. PRECIO CAJA EN FRA. DE S. DE HUEDA, SL A ENTRE DOS TIERRAS S.L.

      HUEDA JOVEN 300 CAJAS

      DE 12 18'00# 5.400 # 22'80# 6.840'00 #

      EDULIS CRIANZA 240 CAJAS

      DE 12 35'50# 8.520 # 39'96# 9.890'00 #

      LEALTANZA BLANCO 48 CAJAS

      DE 12 36'16# 1.735'68 # 37'80# 1.814'40 #

      VIÑA

      GRANDE 2.012 200 CAJAS

      DE 6 8'70# 1.740'00 # 9'30 1.860'00 #

      LEALTANZA ROSADO 12 CAJAS

      DE 12 31'44# 377'28 # 33'84 406'08 #

      ACEITE LEALTANZA 12 CAJAS

      DE 12 53'65# 1.287'60 # 57'60# 1.382'40 #

      LEALTANZA RVA 2.008 36 CAJAS

      DE 6 33'72# 1.213'92 # 35'40# 1.274'40 #

      HDA VALVARES 2.010 10 CAJAS

      DE 12 48'55# 485'50 # 49'20# 492'00 #

      CLUB LEALTANZA RVA 2005 12 CAJAS

      DE 6 53'75# 645'00 # 55'98# 671'76 #

      LEALTANZA GRAN RESERVA 2.005 6 CAJAS DE 6 39'02# 234'12 # 43'80# 262'80 #

      LEALTANZA ARTISTAS 3 CAJAS DE 3 57'00# 171'00 # 58'50# 175'50 #

      ALTANZA RESERVA

      ESP. 2004 3 CAJAS DE 6 64'00# 192'00 # 78'60# 235'80 #

      LEALTANZA RVA SEL FAMILIA 2008 6 CAJAS DE 6 35'81# 214'86 # 42'18# 253'08 #

      TOTALES 22.216'96 # 25.258'62 #

      En el caso expuesto, el lucro de su empresa a costa de BODEGAS ALTANZA, S.A. es de 3.041'66 euros. Por último, el cargo de la expedición de dicha mercancía a Tenerife por importe de 1.772'81 euros se realizó a cargo de Bodegas Altanza, S.A. como lo demuestra la factura girada por dicho importe con fecha 24 de octubre de 2013 por Carmar Soluciones Logísticas, S.L. Posteriormente, desde el departamento de contabilidad se detectó y se le preguntó a usted si había un error en dicha factura y usted se avino a modificarla y ponerla a nombre de Bodegas Señorio de Hueda, S.L.

    2. El 11 de abril de 2013, BODEGAS ALTANZA, S.A. envió al cliente Oscar, la siguiente mercancía por cuenta de BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L.

      La factura que BODEGAS ALTANZA, S.A. emite a BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L. es la siguiente:

      * 60 cajas de 12 botellas SEÑORÍO DE HUEDA, joven 2011 a 17'40 #/caja.

      * 60 cajas de 12 botellas SEÑORÍO DE HUEDA, personalizado 2010 a 17'40 #/caja.

      Sobre el mismo producto BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L. emite factura al cliente Oscar, según detalle:

      * 60 cajas de 12 botellas SEÑORÍO DE HUEDA, joven 2011 a 22'20 #/caja.

      * 60 cajas de 12 botellas SEÑORÍO DE HUEDA, personalizado 2010 a 34'80#/caja.

      Como se puede observar, nuevamente el lucro de BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L. a costa de BODEGAS ALTANZA, S.A. es de 1.332 euros. Los gastos de transporte volvieron a asumirse por BODEGAS ALTANZA, S.A.

  2. La conducta seguida por Ud., que es quien ordena cuándo, cómo y a quien se giran las facturas, se ha venido realizando, como mínimo, desde 2012 hasta la fecha. Concretamente, y aunque no disponemos de la totalidad de las facturas emitidas por BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L., en relación con las operaciones que vamos a reseñar a continuación, lo cierto es que Ud. ha venido utilizando la infraestructura de BODEGAS ALTANZA, S.A. para su propio lucro y beneficio personal y todas las botellas que tienen denominación SEÑORÍO DE HUEDA, su empresa (BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L.) las compra a esta bodega y luego las factura utilizando la logística de esta empresa.

    Detallamos la salida de mercancía desde BODEGAS ALTANZA, S.A. durante el año 2.013 a diversos clientes a precio CERO, que Ud. procederá o ha procedido a facturar o incluso cobrar a los mismos desde su empresa BODEGAS SEÑORÍO DE HUEDA, S.L., teniendo...

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