STSJ Aragón 484/2015, 22 de Julio de 2015

PonenteNEREA JUSTE DIEZ DE PINOS
ECLIES:TSJAR:2015:1286
Número de Recurso156/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución484/2015
Fecha de Resolución22 de Julio de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00484/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 2ª).

-Recurso número 156 del año 2013- S E N T E N C I A Nº 484 de 2015

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE :

D. Juan Carlos Zapata Hijar

MAGISTRADOS

D. Fernando Zubiri de Salinas

D. Eugenio A. Esteras Iguácel

D. Jesús María Arias Juana

D. Javier Seoane Prado

D.ª Isabel Zarzuela Ballester

D.ª Nerea Juste Díez de Pinos

D. Luis Ignacio Pastor Eixarch

D.ª Carmen Samanes Ara

D. Ignacio Martínez Lasierra

D. Juan José Carbonero Redondo

-------------------------------En Zaragoza, a veintidós de julio de dos mil quince.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO, por el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN (Sección 2ª), el recurso contencioso administrativo número 156 de 2013, seguido entre partes; como demandante FASAMET, representado por la procuradora Sra. Isabel Jiménez Millán y asistido por el abogado Sr. José Manuel Aspas Aspas y como demandada la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGON representada y asistida por el letrado de sus Servicios Jurídicos.

Es objeto de impugnación: El Acuerdo del Gobierno de Aragón de 30 de abril de 2013 que ratifica el acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 9 de Abril de 2013 por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Humanos del Servicio Aragonés de la Salud en materia de jubilación y prolongación de la permanencia en el servicio activo de personal de sus instituciones y centros sanitarios.

Resolución de 2 de mayo de 2013 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud por la que se regula el procedimiento para la prolongación de la permanencia en el servicio activo al cumplir la edad ordinaria de jubilación forzosa.

Acuerdo de 19 de noviembre de 2013 del Gobierno de Aragón por el que se ratifica el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de la Salud en materia de jubilación y prolongación de la permanencia en el servicio activo aprobado por el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 9 de abril de 2013 y la Resolución de 2 de mayo de 2013 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, ya citados.

Procedimiento : Ordinario.

Cuantía: Indeterminada.

Ponente : Ilma. Sra. Magistrado D. Nerea Juste Díez de Pinos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La actora mediante escrito presentado el diez de junio de dos mil trece, dedujo el presente recurso contencioso contra las indicadas resoluciones administrativas.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso y aportación del expediente administrativo, la parte actora dedujo demanda y demanda complementaria, en las que después de relacionar los hechos y fundamentos de derecho suplicó se dicte sentencia por la que, estimando íntegramente el recurso: a) declare contrario a Derecho y nulo y, en consecuencia, anule el citado Acuerdo gubernamental del 30 de abril de 2013 y el Plan de ordenación de los recursos humanos del Servicio Aragonés de Salud en materia de jubilación y prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal y sus instituciones y centros sanitarios aprobado;

b.) declare contraria a Derecho y nulo y, en consecuencia, anule la Resolución de 2 de mayo de 2013, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se regula el procedimiento para la prolongación de la permanencia en el servicio activo al cumplir la edad ordinaria de jubilación forzosa.

c.) Declare contrario a Derecho y nulo, y en consecuencia, anule el Acuerdo de 19 de noviembre de 2013, del Gobierno de Aragón, por el que se ratifican el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud en materia de jubilación y prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal de sus instituciones y centros sanitarios, aprobado por Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de fecha 9 de abril de 2013, y la Resolución de 2 de mayo de 2013, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se regula el procedimiento para la prolongación de la permanencia en el servicio activo al cumplir la edad ordinaria de jubilación forzosa [ampliación del objeto del recurso].

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, después de relacionar hechos y fundamentos de derecho suplicó se dicte sentencia por la que se acuerde la desestimación del presente recurso.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, se propuso la propuesta por las partes con el resultado que consta en autos.

QUINTO

Finado el periodo probatorio, las partes evacuaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, señalándose para votación y fallo del recurso el día 15 de julio de 2015.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso por la parte actora: El Acuerdo del Gobierno de Aragón de 30 de abril de 2013 que ratifica el acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 9 de Abril de 2013 por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Humanos del Servicio Aragonés de la Salud en materia de jubilación y prolongación de la permanencia en el servicio activo de personal de sus instituciones y centros sanitarios. Resolución de 2 de mayo de 2013 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud por la que se regula el procedimiento para la prolongación de la permanencia en el servicio activo al cumplir la edad ordinaria de jubilación forzosa.

Acuerdo de 19 de noviembre de 2013 del Gobierno de Aragón por el que se ratifica el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de la Salud en materia de jubilación y prolongación de la permanencia en el servicio activo aprobado por el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 9 de abril de 2013 y la Resolución de 2 de mayo de 2013 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, ya citados.

SEGUNDO

Los motivos que expone la parte actora para que se estimen sus pretensiones consisten en considerar:

  1. Sobre el Plan de Ordenación de los Recursos Humanos del Servicio Aragonés de la Salud en materia de jubilación y prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal de sus instituciones y centros sanitarios: aprobado por acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 9 de abril de 2013.

    Vulneración de los artículos 12, 13 y 26.2 de la Ley Estatal 55/2003 de 16 de diciembre del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como de la Disposición Adicional Decimonovena apartados 1, 6 y 8 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobada por Decreto Legislativo 1/1991 de 19 de febrero del Gobierno de Aragón, añadida por la Disposición Final primera de la Ley 7/2012 de 4 de octubre, de medidas extraordinarias del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Aragón para garantizar la estabilidad presupuestaria por considerar que conforme al artículo 12 citado la planificación de los recursos humanos en los servicios de salud estará orientada a su adecuado dimensionamiento, distribución, estabilidad, desarrollo, formación y capacitación, en orden a mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios, sin embargo una vez aprobado el Plan, este incumple lo dispuesto en el artículo 13 y 26.2 de la Ley 55/2003 pues ni es un instrumento de planificación global de los...

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