STSJ Murcia 743/2015, 13 de Octubre de 2015

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2015:2311
Número de Recurso1139/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución743/2015
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00743/2015

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Pº GARAY, 5-2ª PLANTA. 30005-MURCIA

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

NIG: 30030 44 4 2014 0001186

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001139 /2014

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000147 /2014

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña I.N.S.S.

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Nuria

ABOGADO/A: JUAN PEDRO GARCIA MARTINEZ

PROCURADOR: ANTONIO IBORRA CARVAJAL

GRADUADO/A SOCIAL:

En MURCIA, a trece de Octubre de 2015

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 0390/2014 del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 5 de Septiembre, dictada en proceso número 0147/2014, sobre INCAPACIDAD, y entablado por Nuria frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La parte actora, DÑA. Nuria con DNI NUM000, nacida NUM001 -1955, se encuentra afiliada en el Régimen General de la Seguridad Social, por consecuencia de servicios prestados como profesora de educación de secundaria. SEGUNDO.- Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS, la que en Resolución de fecha 03-12-2013 declaró que la solicitante no se encontraba afecta de invalidez permanente en ningún grado de incapacidad y se agotó la vía administrativa con la formulación de Reclamación Previa que por Resolución de 23-01-2014 fue desestimada. TERCERO.- La base reguladora asciende a 2.646'77 euros. CUARTO.- Padece la parte actora: Depresión crónica, síntomas sicóticos y fibromialgia"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que con estimación de la demanda interpuesta por Dª. Nuria frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declarar y declaro que la parte actora se encuentra en situación de invalidez permanente, grado de absoluta, con origen en enfermedad común, y en consecuencia condeno a la Entidad demandada a que le reconozca y abone una pensión vitalicia y mensual en cuantía del 100 por ciento de su salario base regulador de 2.646'77 euros, con más los incrementos legales correspondientes, y con efectos desde el día 26-11-2013".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado de la Seguridad Social, en representación de la parte demandada INSS, con impugnación del Letrado don Juan P. García Martínez, en representación de la parte demandante.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- Recurre la entidad gestora INSS, al amparo de los apartados b) y c) del artículo 193 de la Ley de la Jurisdicción Social, la sentencia de instancia que le fue contraria a sus intereses, y en la que reclamaba una invalidez permanente...

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