STSJ Navarra 223/2015, 22 de Mayo de 2015

PonenteVICTORIANO CUBERO ROMEO
ECLIES:TSJNA:2015:227
Número de Recurso105/2015
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución223/2015
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2015
EmisorSala de lo Social

ILMO. SR. D. VICTOR CUBERO ROMEO

PRESIDENTE

ILMA. SRA. Dª. CARMEN ARNEDO DIEZ

ILMO. SR. D. JOSE ANTONIO ALVAREZ CAPEROCHIPI

En la Ciudad de Pamplona/Iruña, a VEINTIDOS DE MAYO de dos mil quince.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A NÚM. 223/15

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Dª AMAIA UBIETO ARANGUREN, en nombre y representación de D. Sergio, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 2 de Pamplona/Iruña sobre DERECHO y CANTIDAD, ha sido Ponente el Ilmo Sr. Magistrado D. VICTOR CUBERO ROMEO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Social nº DOS de los de Navarra, se presentó demanda por D. Sergio

, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se reconozca al actor qe le asiste el derecho a reincororarse en la Empresa el 04/11/2013 a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional, y por tanto se le condene a la empresa a que le reponga en supuesto de trabajo, así como a abonarle al actor en concepto de indemnización de daños y perjuicios una cuantía a razon de 99,11 #/dia que se deberá multiplicar por el total de dias que transcurran entre el 04/11/2013 y la fecha en la que finalmente me incorpore a la empresa.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio oral en el que la parte actora se ratificó en la misma, oponiéndose la demandada según consta en el acta extendida a tal efecto por el Sr. Secretario. Recibido el juicio a prueba se practicaron las propuestas y declaradas pertinentes.

TERCERO

Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice: "Que, desestimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. Sergio frente a Smurfit Kappa SA, sobre reconocimiento de derecho (reingreso en vacante) y reclamación de cantidad, debo absolver y absuelvo a empresa demandada de las pretensiones deducidas en su contra."

CUARTO

En la anterior sentencia se declararon probados: "PRIMERO.- D. Sergio, prestaba servicios para la empresa demandada, Smurfit Kappa SA, dedicada a la fabricación de pasta y papel, con antigüedad reconocida del 30 de agosto de 1989 y categoría profesional oficial 2ª nivel VII. Ocupaba el puesto de ayudante de máquina de papel I (folios 89 a 116 y 178 a 194 y testifical de D. Domingo ).- SEGUNDO.- El trabajador solicitó excedencia voluntaria el 4 de febrero de 2012 con duración inicial de cuatro meses. Posteriormente solicitó prórrogas de la situación de excedencia, hasta el 3 de noviembre de 2013, que le fueron concedidas (folios 69 a 74).- TERCERO.- El 11 de octubre de 2013 solicitó reincorporación a partir del 4 de noviembre. La empresa le denegó el reingreso por no existir vacante de ayudante de máquina, sin perjuicio de su derecho preferente de reingreso para el supuesto de que se produjera alguna vacante (folios 6, 75 y 76). CUARTO.-1.- La empresa convocó pruebas para ascenso por promoción interna a puesto de tractorista-gruísta el 14 de octubre de 2013. El referido puesto se encuadra en el nivel VII (folios 33 y 68). 2.- El trabajador remitió carta a la empresa manifestando que, ex art. 46,5 ET, tenia preferencia para reingresar en el puesto de tractoristagruísta (folio 77). 3.- Aunque se denegó al actor la posibilidad de reingresar en tal puesto, se le indicó que podía concursar a la plaza. Se presentó a las pruebas teóricas convocadas al efecto. Obtuvo una calificación de 23,18%, siendo el trabajador presentado con peor puntuación (folios 78, 382 y 384 a 487 y testifical de

D. Domingo ). 4.- El trabajador que ocupó finalmente la plaza, por concurso interno, tiene reconocida en las nóminas la categoría de oficial 2ª nivel VII (folios 44 a 52). QUINTO.- 1.- Obra en autos ficha de los puestos de trabajo "Ayudante máquina de papel 1" y "tractorista-gruísta del parque de madera", que se tienen por reproducidas (folios 370 a 372 y 374 a 376). 2.- El puesto de tractorista-gruísta se desarrolla en el denominado parque de madera (en sección distinta a la del actor) y requiere utilización de maquinaria pesada tipo retroexcavadora (testifical de D. Domingo ). 3.- El demandante ni...

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