STSJ Comunidad Valenciana 753/2015, 8 de Abril de 2015

PonenteANTONIO VICENTE COTS DIAZ
ECLIES:TSJCV:2015:1577
Número de Recurso3010/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución753/2015
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2015
EmisorSala de lo Social

1 Recurso de suplicacion 3010/2014

RECURSO SUPLICACION - 003010/2014

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. MANUEL JOSÉ PONS GIL

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ANTONIO VICENTE COTS DIAZ

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. GEMA PALOMAR CHALVER

En Valencia, a ocho de abril de dos mil quince.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 753/2015

En el RECURSO SUPLICACION - 003010/2014, interpuesto contra el Auto de fecha 15 de mayo de 2014, dictado por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE VALENCIA, en los autos 000213/2012, seguidos sobre Ejecución Titulo Judicial, a instancia de Zaida, asistida por el Letrado D. José Ramón Bolta Cano contra PISTACHO PASEO SLU, Guadalupe, asistida por el Letrado D. Antonio Abeledo Sanchis Imanol

, Marisol, asistida por el Letrado D. José nrique Garcia Camarena y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, y en los que es recurrente Marisol, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ANTONIO VICENTE COTS DIAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Auto de 19 de Febrero de 2014 del Juzgado de lo Social nº 3 de los de Valencia se estimó la pretensión de ampliación de la ejecución deducida por Doña Zaida contra Doña Marisol y se declaró la subrogación por sucesión de empresa de Doña Marisol en los derechos y obligaciones laborales de la ejecutada Pistacho Paseo S.L. y la responsabilidad solidaria de las dos empresas y se amplió la presente ejecución contra Marisol .

SEGUNDO

En fecha 5-3-14 se interpuso por la representación letrada de Doña Marisol recurso de reposición contra el Auto 64/2014 de 19 de febrero de 2014 . Se dio traslado del recurso de reposición a la contraparte que lo impugno y al Fondo de Garantía Salarial.

TERCERO

Con fecha 15 de mayo de 2014 se dicto Auto nº 152/2014 por el que no se dio lugar a la reposición del auto nº 64/2014, de 19 de febrero de 2014 .

CUARTO

Con fecha 24 de junio de 2014 se presentó ante R.U.E. de los Juzgados de Valencia recurso de suplicación por la representación letrada de Doña Marisol, que ha sido impugnado por el Fondo de Garantía Salarial y por la representación letrada de Doña Zaida .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO. - Por la parte recurrente en suplicación se ha presentado escrito formalizando recurso de suplicación contra el auto de 15 de mayo de 2014 que desestima el recurso de reposición y destina dos motivos del recurso a la censura jurídica con amparo procesal en el apartado c) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, alegando en el primero de los motivos que se ha vulnerado el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores señalando que tras cesar Pistacho Paseo S.L., en la explotación de la panadería-cafeteríacruasantería que había arrendado al propietario, éste último alquilo a la recurrente Doña Marisol el local en el que antes desarrollaba su negocio Pistacho Paseo, S.L., sin que dicho alquiler comprendiese cesión de maquinaria (salvo la escueta referencia dada en el hecho probado...

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