STSJ Andalucía 3169/2014, 27 de Noviembre de 2014

PonenteMARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA
ECLIES:TSJAND:2014:10521
Número de Recurso2461/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución3169/2014
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2014
EmisorSala de lo Social

Rº. 2461/13 mba

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA

Iltmos. Señores:

DÑA. ELENA DIAZ ALONSO: Presidenta

DÑA. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA

D. JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a veintisiete de noviembre de 2014

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 3169/14

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Celestino, Daniel Y Guillerma contra la sentencia del Juzgado de lo Social número CINCO de los de SEVILLA, Autos nº 820/12 ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Celestino, Daniel Y Guillerma contra MIBOX TECHNOLOGY S.L., WEBSANITARIA 01 S.L., se celebró el Juicio y se dictó sentencia el 23/11/12 por el Juzgado de referencia en la que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

1) Don Celestino ha venido prestando sus servicios para la demandada en virtud de contrato de trabajo de duración indefinida suscrito el 11 de marzo de 2009 con Webasistencial SL (Mibox Technology, S.L.) con categoría profesional de técnico, percibiendo un salario de 1.175,14 euros a la fecha de despido, que incluía salario base de 900 euros, 225 euros de parte proporcional de pagas extras y complementos salariales variables de asistencia y p. absorvible. Asimismo, el actor percibía en concepto de percepción no salarial dietas de viaje, que en la nómina de marzo de 2009 ascendían a 205,34 euros, en abril de 200,78 euros, en mayo a 205,34 euros, en junio de 2009 fue de 205,34 euros, de julio a diciembre de 2009 inclusive no se percibieron dietas y a partir de ese mes, se cobraba plus de transporte por importe de 100 euros mensuales en las nóminas de enero de 2010, en la de febrero de 2010 se cobraron 100 euros pero por dietas viaje, en marzo de 2010 no se percibieron percepciones no salariales, en junio de 2010 se percibieron 100 euros de plus de transporte que se siguieron percibiendo hasta noviembre de 2011 inclusive.

2) Doña Guillerma ha venido prestando sus servicios retribuidos por cuenta y bajo la dependencia de la empresa WEBSANITARIA 01, S.L. en virtud de contrato temporal suscrito el 1 de octubre de 2007 que se convirtió en indefinido el 1 de enero de 2008, hasta el 11 de febrero de 2008 fecha en la que se subrogó en la relación laboral Mibox Technology S.L. y la actora pasó a prestar servicios exclusivamente para esta codemandada. Ostentaba la categoría profesional de técnico superior y venía percibiendo un salario de

1.699,44 euros, sobre un salario base de 1.100 euros y prorrata de pagas extras de 275 euros mensuales. En las nóminas se recogían distintas cantidades en concepto de percepciones no salariales: en la de febrero de 2008 se recogía la cantidad de 396,17 euros por dietas viajes y 31,67 euros por plus transporte, en la nómina de marzo de 2008 la misma cantidad de dieta viaje y 67 euros de plus transporte, hasta julio de 2008 se recibieron idénticas cantidades por los mismos conceptos; en la nomina de julio de 2008 por dieta viaje se percibió 396,17 euros pero el plus transporte fue de 50 euros, lo que se reprodujo los meses siguientes hasta octubre de 2008 que la dieta viaje de 402,77 euros y plus transporte de 50 euros, noviembre de 2008 por dieta viaje 404,29 euros y 50 euros por plus transporte, diciembre de 2008 se percibieron 399,66 euros por dieta viaje y 50 euros plus transporte, enero de 2009 por dietas viaje 403,39 euros y plus transporte 50 euros, en febrero de 2009 fueron 396,17 euros por dieta viaje y 50 por plus de transporte, en marzo de 2009 se percibieron 398,45 euros por dietas y 50 de plus transporte, abril de 2009 se percibieron 396,17 por dietas viaje y 60 por plus transporte, mayo de 2009 por dietas se percibieron 401,94 y por plus de transporte 60 euros, junio de 2009 se recibieron 406,12 euros y 60 euros por dietas viaje y plus transporte respectivamente, en julio de 2009 las cantidades recibidas por los anteriores conceptos ascendieron a 403,39 euros y 44 euros además de 147,69 euros como complemento, en agosto de 2009 por dietas viaje se percibieron 398,45 euros más 60 euros de plus transporte, en septiembre de 2009 por dietas viaje 401,94 euros y 60 por transporte, en octubre de 2009 se percibieron 403,39 euros por dietas viaje y 60 euros por plus transporte, en noviembre de 2009 se recibieron por dietas viaje 401,49 euros y 60 euros plus transporte, en diciembre de 2009 fueron 205,34 euros por dietas y 100 por transportes, en enero de 2010 las dietas de viaje ascendieron a 399,21 euros y el plus transporte a 100 euros. En febrero de 2010 498 euros por dietas viaje y 100 por plus transporte, en marzo de 2010 398,38 euros por dietas viaje y 100 por plus transporte, en abril de 2010 se recibieron 398 euros por dietas viaje y 100 por plus transporte, en mayo de 2010 se percibieron 396,17 euros por dietas viaje y 100 por plus transporte, en junio de 2010, 399,21 euros por dietas viaje y 100 por plus transporte, en julio de 2010 se percibieron 398 euros por dieta y 100 plus transporte, en agosto de 2010 se recibieron 398,38 euros, en septiembre de 2010 se recibieron 398 euros por dietas y 100 euros por plus de transporte, en octubre de 2010 fueron 399,21 euros por dietas y 100 euros por transporte, en noviembre de 2010 se percibieron 399,21 euros por dietas viaje y 100 euros por plus transporte, en diciembre de 2010 se percibieron 398 euros por dietas y 100 euros por transporte, en enero de 2011 fueron 396,48 euros por dietas viaje y 100 euros por transporte, en febrero de 2011 396,17 euros por dieta viaje y 100 euros por plus de transporte, en marzo de 2011 se percibieron 422,89 euros por dietas y 100 euros por plus de transporte, en abril de 2011 fueron 399,21 euros por dietas y 100 euros por plus de transporte, en mayo de 2011 396,48 euros por dietas viaje y 100 euros por plus transporte, en junio de 2011 se percibieron 398 euros por dietas y 80 plus transporte (115,16 euros de prestación por enfermedad 1/6 y 204,89 euros por complemento e/a); en julio de 2011 de nuevo 396,86 euros por dietas viaje y 100 euros por plus de transporte, en agosto de 2011 s percibieron por dietas viaje 402,56 euros y 100 por plus de transporte, en septiembre de 2011 se percibieron 398 euros y 100 euros respectivamente, en octubre de 2011 fueron 396,17 euros y 100 euros por los anteriores conceptos, en noviembre de 2011 se percibieron 348 euros por dietas viaje y 112,20 por plus transporte, en diciembre de 2011 fueron 292,67 euros y 112,20 euros respectivamente; en enero de 2012 por dietas viaje se percibieron 315,54 euros y 112,20 euros por plus transporte, en febrero de 2012 por dietas viaje se reciben 309,08 euros y 86,70 por plus transporte (91,67 enfermedad del 17/22 y 158,33 euros de complemento de enfer/acc), marzo de 2012, 290,46 euros por dietas viaje y 112,20 por plus transporte, en abril de 2012, por dietas viaje 303,38 euros, mayo de 2012 250,56 euros por dietas viaje.

3) Don Daniel ha venido prestando sus servicios para la demandada en virtud de contrato de trabajo de duración indefinida suscrito con Webasistencial S.L. (Mibox Technology, S.L.) en fecha 1 de septiembre de 2008, como programador de aplicaciones informáticas y categoría profesional de licenciado en ingeniería informática. A fecha de despido venía percibiendo un salario de 1.391,03 euros, de los que

1.000 euros correspondían a salario base, 250 euros a parte proporcional de pagas extras, así mismo se incluían complementos salariales variables por asistencia y "p. absorvible" y percepciones no salariales por dietas viaje y plus transporte. A fecha septiembre de 2008 percibió 400 euros por dieta viaje, octubre de 2008 622,65 euros por dieta viaje, en noviembre de 2008percibió 725,49 euros por dieta viaje, en diciembre de 2008 fueron 434,58 euros por tal concepto, en enero de 2009 percibió 424,91 euros por dietas viajen febrero de 2009 percibió 392,09 euros, en marzo de 2009 percibió 404,70 euros, abril de 2009 fueron 409,09 euros por dietas viaje, en mayo de 2009 por dietas viaje percibió 398,24 euros, en junio de 2009 404,91 euros, en julio de 2009 percibió 390,33 euros, en agosto de 2009 percibió 404,70 euros, en septiembre de 2009 398,24 euros, en octubre de 2009 343,07 euros, en noviembre de 2009306,49 euros, en diciembre de 2009 126,61 euros, en enero de 2010 percibió por dietas viaje 399,21 euros más 100 euros por plus transporte, en febrero de 2010498,38 euros más 100 euros por dietas viaje y plus transporte respectivamente, en marzo de 2010 por los mismos conceptos percibió 399,59 euros y 100 euros, en abril de 2010 398,38 euros y 80 euros por dietas viaje y plus transporte respectivamente, en mayo de 2010 398,52 euros más 80 euros, en junio de 2010 percibió por dietas viaje 398,38 euros y 80 euros por plus transporte, en julio de 2010 percibió 398,52 euros más 80 euros por los anteriores conceptos, en agosto de 2010 percibió 399,21 con euros y 80 euros por dietas viaje y plus transporte respectivamente, en septiembre de 2010 399,21 euros y 80 por plus transporte, en octubre de 2010 por dietas viaje recibió 398,38 euros y 100 euros por plus transporte, en noviembre de 2010 por dietas viaje recibió 398,52 euros y 100 por plus transporte y en diciembre de ese año, percibió 278,75 euros por dietas viaje y 50 por plus transporte, en enero de 2011 recibió la cantidad de 398 euros por dietas viaje y 100 por plus transporte, percibiendo idénticas hasta julio de 2011 inclusive; en agosto de 2011 percibió 404,08 euros por dietas viaje y 100 euros por plus...

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