STSJ Comunidad de Madrid 4/2015, 9 de Enero de 2015

PonenteMARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA
ECLIES:TSJM:2015:30
Número de Recurso765/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución4/2015
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2015
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34001360

NIG : 28.079.00.4-2013/0057538

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 765/14

Sentencia número: 4/15

CE

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

Ilma. Sra. Dª. MARIA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA

En la Villa de Madrid, a NUEVE DE ENERO DE DOS MIL QUINCE, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 765/14, formalizado por el Sr/a. Letrado/a D. JAVIER ROMEO MONTES, en nombre y representación de "CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, S.A" contra la sentencia de fecha 27 de junio de 2014, dictada por el Juzgado de lo Social número 6 de MADRID, en sus autos número 1257/2013, seguidos a instancia de Dña. María Angeles frente GRUPO DE CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, S.A. y FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SA, en reclamación de DESPIDO, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

La demandante, Dª María Angeles, mayor de edad, con DNI NUM000 -, vino prestando servicios para el GRUPO CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, en el Centro de Trabajo de la C/ José Abascal, 59 de Madrid, desde el 13/10/1992, con categoría profesional de Técnico Medio A y ocupando el puesto de Analisa-Programador, ascendiendo su salario a 4.471,17 euros brutos con inclusión de parte proporcional de pagas extras.

El referido Grupo Empresarial está integrado actualmente por las empresas CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, S.A., CEMENTOS ALFA, S.A., UNILAND CEMENTERA, S.A., CEMENTOS VILLAVERDE, S.L.U., CANTERAS VILLALLANO, S.A. y CEMENSILOS, S.L.

SEGUNDO

En fecha 27/09/2013 le fue notificada a la actora carta de despido del siguiente tenor literal:

"Muy Sra. Nuestra,

Por medio de la presente, le comunicamos la decisión adoptada pon Cementos Portland Valderrivas, (la Empresa) de extinguir su contrato de trabajo por concurrir causas ECONÓMICAS, PRODUCTIVAS y ORGANIZATIVAS, las cuales han sido objeto de negociación y consultas, en el procedimiento de despido colectivo (expediente 318/13), el cual ha finalizado CON ACUERDO, instado por CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, S.A.; CANTERAS VILLALLANO, S.A.; CEMENSILOS S.A.; CEMENTOS VILLAVERDE, S.L.U.; CEMENTOS ALFA, S.A. y UNILAND CEMENTERA S.A., en adelante denominado GRUPO CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS (el Grupo o GCPV Cemento), todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 51 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, "ET").

La adopción de la presente decisión extintiva por esta Empresa se efectúa bajo la estricta observancia de todos y cada uno de los requisitos formales exigidos por el artículo 53.1 ET, por remisión expresa del 51.4 ET, así como del convenio colectivo de aplicación, cuyo cumplimiento queda reflejado a continuación.

  1. CONCURRENCIA DE CAUSAS ECONOMICAS, PRODUCTIVAS Y ORGANIZATIVAS

    A continuación le exponemos, de forma resumida, las causas ECONOMICAS, PRODUCTIVAS Y ORGANIZATIVAS que concurren en GCPV Cemento y en el centro en el que Ud. presta servicios, como parte del Grupo y que comportan, de forma ineludible, la necesidad de amortizar su puesto de trabajo, si bien el específico detalle de las mismas se ha facilitado al comité de empresa que le representa y ha sido objeto de análisis durante el período de consultas del despido colectivo.

    1. CAUSAS ECONOMICAS

      El Grupo se encuentra en una situación económica negativa que se manifiesta, entre otras cuestiones, en la existencia de pérdidas actuales y en un persistente descenso de ingresos ordinarios y ventas.

      La situación del Grupo en el 2012 es de pérdidas de 166.280 miles de euros, de los cuales 135.934 miles de euros corresponden a España.

      El resultado del Grupo no es sino el reflejo de la situación económica de las sociedades que lo conforman. En este sentido, más del 90% de las sociedades que configuran el Grupo mercantil cerraron el ejercicio 2012 con pérdidas.

      En lo que se refiere a las sociedades del GCPV Cemento, el resultado después de impuestos aportados al consolidado a 31 de diciembre de 2011 y 2012 es el que se refleja en el cuadro adjunto:

      Cementos Portland Valderrivas, S.A.

      Canteras Villalano, S.A.

      Cemensilos, S.A.

      Cementos Villaverde, S.L.U.

      Cementos Alfa, S.A. Uniland Cementera, S.A.

      2012

      43

      -301

      94

      -1.015

      -2.616

      -6.107

      2011

      31.512

      -1.652

      137

      -584

      3.720

      13.408

      En lo que se refiere al importe neto de la cifra de negocios del Grupo en los últimos años, la evolución anual ha sido descendente desde el año 2009, con unas tasa interanual media de un 14%, con una caída del 12,95 % entre 2011-2012; un 15,30 0/0 entre 2010-2011 y un 14,36% entre 2009-2010).

      Teniendo en cuenta la cifra de negocios que corresponde a la actividad de España la tendencia es igualmente descendente aunque el porcentaje de caída es superior, con una media de descenso interanual en torno a un 23% (una caída del 32% entre 2011-2012; un 19% entre 2010-2011 y un 19,5% entre 2009- 2010).

      Esta evolución no solo ha supuesto que la tendencia anual en los últimos años haya sido de continuas caídas de las ventas sino que la disminución ha sido persistente incluso si realizamos la comparativa trimestralmente. En este sentido, las reducciones en los últimos cinco trimestres son superiores al 25%, en comparación con ventas del mismo trimestre y año precedente.

      En lo que respecta a la situación financiera, el Grupo, a fecha 31 de diciembre de 2012, tenía una deuda refinanciada de 1.052 millones de euros. En el mes de julio de 2012, GCPV alcanzó un acuerdo refinanciación con las entidades acreedoras de la deuda a 4 años (ampliables a 5) en el caso de la deuda en España con amortizaciones parciales a partir de junio de 2014 y periodicidad anual y un vencimiento final del 70% del importe refinanciado.

      El préstamo está condicionado la ejecución de un plan económico de optimización y adecuación de la estructura de costes a la situación actual de mercado (Plan NewVal), así como a ciertos parámetros económicos y financieros. De no alcanzarse esos ratios el préstamo podría ser exigible de forma inmediata, lo que condicionaría la viabilidad económica y financiera del grupo.

      Por ello el Grupo debe presentar a las entidades acreedores la mejor situación económica posible para poder renegociar la deuda y garantizar la viabilidad del Grupo.

      La única alternativa que se presenta al Grupo para obtener un equilibrio financiero es reducir e intentar minimizar el conjunto de costes del Grupo, ya que dada la naturaleza del negocio el Grupo no tiene capacidad para incrementar las ventas y cifra de negocio a fin de conseguir unos mayores ingresos. Los productos, que fabrica y comercializa el Grupo son exclusivamente destinados al sector de la construcción, con lo que estrategias de incremento de los ingresos son difíciles, dada la dependencia clara del ciclo económico en el que se encuentra. A esto se adiciona que el precio en este sector es un factor neutro por lo que no resulta posible para que el Grupo cambie la tendencia de ventas o demanda.

    2. CAUSAS PRODUCTIVAS

      El sector de la construcción es el único destinatario de los productos del Grupo, siendo que la licitación pública en cómputo global se ha reducido en un 46,2% desde 2010 a 2012 y el número de visado de obras en el periodo de 2005 a 2011 se ha visto reducido en un 88% en la edificación residencial y un 60,63% en la no residencial.

      Como consecuencia se ha producido una variación interanual 2011 - 2012 de consumo de cemento en España de un -33,2%. En el mes de marzo 2013 se ha producido un nuevo hundimiento de un 39,8% respecto del mismo mes de 2011.

      En este sentido, debe destacarse que las previsiones de consumo de cemento que se realizaron para el año 2012 y que se tomaron como punto de referencia para adoptar las medidas de ajuste del año 2012 se van visto eclipsados por la realidad. En este sentido, el consumo de cemento en España en 2012 se sitúo en 13,5 millones de toneladas cuando las previsiones hechas en el año 2010 vaticinaban un consumo entre 18,1 y 19,7 millones de toneladas.

      Esta circunstancia ha tenido un claro reflejo en las ventas del Grupo. Así, el Grupo en España ha pasado de tener una ventas totales de 764.592 miles de euros en el año 2009 a 338.478 miles en 2012, lo que implica un descenso del 55,7%.

      Las ventas totales agregadas de cemento en el Grupo CPV en el territorio nacional han descendido en los últimos años de forma...

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