STSJ Comunidad Valenciana 572/2014, 19 de Septiembre de 2014
Ponente | MIGUEL ANTONIO SOLER MARGARIT |
ECLI | ES:TSJCV:2014:8137 |
Número de Recurso | 198/2012 |
Procedimiento | CONTENCIOSO - APELACION |
Número de Resolución | 572/2014 |
Fecha de Resolución | 19 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Rollo de apelación 198/2012
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia
Recurso 1558/2009
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia número 572/2014
Ilmos. Sres.
Presidenta
Doña Alicia Millán Herrándis
Magistrados
Don Miguel Soler Margarit
Don Rafael Manzana Laguarda
_____________________________
En Valencia, a diecinueve de septiembre de dos mil catorce.
Vistopor la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 198/2012, interpuesto contra la Sentencia nº 54/2012, de 13 de febrero, dictada por el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo número 10 de Valencia en el recurso contencioso-administrativo número 1558/2009 .
Han sido partes en el recurso:
-
Como apelante don Arturo, don Epifanio y don Jeronimo, representada y dirigida por la Letrada doña Sofía García Solís; y b) Como apelada, la Generalitat, representada por y dirigida por Abogado de su Servicio Jurídico; y Ponente el Magistrado Don Miguel Soler Margarit, quien expresa el parecer de la Sección.
El Fallo de la Sentencia apelada, dice:
"Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Arturo, D. Epifanio y D. Jeronimo, contra la Dirección General de Recursos Humanos de la Generalitat Valenciana, en impugnación de la resolución de fecha 17 de septiembre de 2009, desestimatoria de la petición formulada por los interesados para la no realización de determinadas funciones como parte de su puesto de trabajo, declarando la misma ajustada a derecho.
Sin que proceda hacer expresa imposición de las costas procesales causadas"
Interpuesto en plazo recurso de apelación, tras los subsiguientes trámites, se remitió a este Tribunal los autos, el expediente administrativo y los escritos presentados, señalándose para votación y fallo del recurso el día 16 de septiembre pasado, en el que ha tenido lugar.
En la sustanciación de este proceso se han observado en ambas instancias las prescripciones legales.
Según la Disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003, relativa a la Aplicación paulatina de esta ley:
"1. No obstante lo previsto en las disposiciones derogatoria única y final tercera, las previsiones de esta ley que a continuación se indican producirán efectos en la forma que se señala:
-
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