STSJ Andalucía 2298/2014, 17 de Septiembre de 2014

PonenteFRANCISCO MANUEL ALVAREZ DOMINGUEZ
ECLIES:TSJAND:2014:8901
Número de Recurso2024/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2298/2014
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2014
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 2024/13 -AC- Sentencia nº 2298/14

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Iltma.Sra.Magistrada

DOÑA MARÍA BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, Presidenta

Iltmo. Sr. Magistrado

DON FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ (PONENTE)

Iltma.Sra. Magistrada

DOÑA MARÍA BEGOÑA GARCÍA ALVAREZ

En Sevilla, a diecisiete de septiembre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 2298 /14

En el recurso de suplicación interpuesto por "Sevitrade Marítima SL" (ahora denominada "Sevitrade SL"); "Terminales Marítimas de Sevilla SA"; "Miller y Cia SA"; "Termisur Eurocargo SA" Unión Temporal de Empresas (Sevitrade-Termisur-TMS- Miller UTE), contra la sentencia del Juzgado de lo Social número OCHO de los de SEVILLA en sus autos nº 1274/12; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Prudencio y D. Jesús Luis contra "Sevitrade Marítima SL" (ahora denominada "Sevitrade SL"); "Terminales Marítimas de Sevilla SA"; "Miller y Cia SA"; "Termisur Eurocargo SA" Unión Temporal de Empresas (Sevitrade-Termisur-TMS-Miller UTE), Autoridad Portuaria de Sevilla y habiendo sido llamado a las actuaciones el Fondo de Garantía Salarial sobre extinción de contrato por causas subjetivas se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 9-4-13 por el Juzgado de referencia, que estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"Primero.- D. Jesús Luis, mayor de edad y con DNI NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta de TRADE-TERMUSIR-MILLER UTE, desde el día 12-6-2002, con la categoría profesional de encargado de equipo eléctrico. Su contrato, en materia de retribuciones, se remitía al Convenio Colectivo del sector Consignatario de Buques. Con arreglo a dicho convenio, ha venido percibiendo una retribución anual de 26.147,52 euros, lo que da un salario diario de 71,63 euros.

Ha venido prestando servicios en el puerto de Sevilla.

Segundo

D. Prudencio, mayor de edad y con DNI NUM001, ha venido prestando servicios por cuenta de TRADE-TERMUSIR-MILLER UTE, desde el día 23-7-2002, con la categoría profesional de oficial de 1ª mecánico. Su contrato, en materia de retribuciones se remitía al Convenio Colectivo del sector Consignatario de Buques.

Con arreglo a dicho convenio, ha venido percibiendo una retribución anual de 23.479,20 euros, lo que da un salario diario de 64,32 euros.

Ha venido prestando servicios en el puerto de Sevilla.

Tercero

El día 9-7-2002 se procedió a la constitución ante Notario de la Unión Temporal de Empresas denominada SEVITRADE MARÍTIMA S.L., TERMISUR EUROCARGO S.A., MILLER Y CIA S.A., y TERMINALES MARÍTIMAS DE SEVILLA S.A., UTE integrada por las siguientes empresas:

  1. SEVITRADE MARÍTIMA S.L., constituida en el año 1998, con domicilio social en calle de los Herberos número 2, Polígono Industrial Carretera de la Isla, Dos Hermanas y cuyo objeto social es la consignación de buques, estibadores portuarios, transitarios, servicios a buques en puertos, tanto a bordo como en muelles, almacenamiento y ensacado de fertilizantes. Su socio único es SEVITRADE S.L.

  2. TERMISUR EUROCARGO S.A., constituida en el año 1981, con domicilio social en Carretera de la Esclusa s/n de Sevilla, y cuyo objeto social son operaciones de estibadores de puerto, carga, descarga, estiba, desestiba, trasbordo, almacenaje, clasificación, formación, manipulación de mercancías y contenedores, tanto a bordo como en muelle. Su administrador único es D. Andrés Segui Soloaga.

  3. MILLER Y CÍA S.A., constituida en el año 1912 y con domicilio social en la Avenida de las Petrolíferas s/n, parcela C-14, Edificio Grupo Boluda, Las Palmas de Gran Canaria, y cuyo objeto social es la consignación y provisión de buques, la carga, descarga, estiba y desestiba de mercancías, construcciones y reparación de embarcaciones menores y buques de pequeño tonelaje; importación y venta de carbón y de toda clase de combustibles; transporte de mercancías; concesión de tierras, derechos sobre propiedades de uso público y construcción. Su socio único es BOLUDA SHIPS AGENCY & FORWARDING S.L. Su

  4. TERMINALES MARÍTIMAS DE SEVILLA S.A.,

La UTE se constituyó con el siguiente objeto social: adquisición de los lotes de grúas enajenadas por la autoridad Portuaria de Sevilla en los concursos convocados mediante resoluciones publicadas en el BOE de 5 de febrero y 8 de mayo de 2002, así como la prestación con dichas grúas, en régimen de gestión indirecta, del servicio portuario de puesta a disposición de grúas en los muelles públicos del Puerto de Sevilla; y que ha sido concedido a esta UTE según consta en notificaciones expedidas por la Autoridad Portuaria de Sevilla, pudiendo desarrollar cualquier actividad complementaria de la descrita en el párrafo anterior. Se constituyó con una duración vinculada a la duración de la concesión. Su gerente es D. Fernando .

Con efectos 11-6-2002, se suscribió contrato de adjudicación del Lote nº 23 del Concurso para la enajenación de dos Lotes de Grúas del Puerto de Sevilla y la explotación con ellas del servicio portuario de la puesta a disposición de grúas en los Muelles públicos del Puerto de Sevilla. Con arreglo a dicho contrato, si la UTE en el futuro decidía dar de baja de la prestación del servicio alguna de las grúas adquiridas o sustituirlas por otras, precisaría de autorización previa y expresa de la Autoridad Portuaria, haciéndose cargo de la retirada fuera de la zona de servicio del Puerto de Sevilla de las grúas dadas de baja o sustituidas. Igualmente, la UTE se obligaba a prestar el servicio de puesta a disposición de las mismas en los muelles públicos del Puerto de Sevilla durante 15 años, no pudiendo cambiar de ubicación las grúas compradas sin previa autorización de la Autoridad Portuaria. El servicio no era en exclusividad, pudiendo la Autoridad Portuaria autorizar o contratar la prestación del mismo servicio portuario en las mismas u otras zonas. El servicio a prestar lo era las 24 horas del día, los 365 días del año y con arreglo a un sistema tarifario. La UTE se obligaba a la reparación y mantenimiento de las grúas para garantizar la prestación del servicio. El servicio consistía en poner las grúas a disposición del estibador en condiciones para su uso, lo que no implicaba la cesión de personal, siendo el propio estibador el que pusiera el personal para el uso de la grúa. La UTE debía abonar un canon a la Autoridad Portuaria y se obligaba a garantizar un movimiento mínimo de mercancías que, de no alcanzarse suponía que la UTE debía abonar a la Autoridad Portuaria el importe resultante de aplicar a la diferencia entre el tonelaje mínimo y el realmente alcanzado. A la UTE le estaba prohibida la subcontratación total o parcial de la prestación del servicio contratado sin la previa y expresa autorización de la Autoridad Laboral.

Con fecha 31-7-2002 se suscribió un segundo contrato idéntico al anterior y referido a otro lote de grúas.

D. Prudencio y D. Jesús Luis han sido destinados por la UTE al servicio de mantenimiento y reparación de estas grúas.

Cuarto

Con fecha 16-12-2009 se elevó a escritura pública los acuerdos en virtud de los cuales se aprobó la fusión por absorción de SEVITRADE S.L.U., y SEVITRADE MARÍTIMA S.L. (que quedaron disueltas y extinguidas) en CAMPOTRADE S.L.. Actualmente, CAMPOTRADE S.L., se denomina SEVITRADE S.L.. Tiene su domicilio social en Carretera de La Exclusa 37 ACCA, Sevilla, siendo su objeto social la adquisición para si de acciones y participaciones, explotación, compraventa y arrendamiento de solares, fincas rústicas y urbanas, prestación de servicios profesionales de asesoramiento comercial y empresarial, financiero e inmobiliario, almacenamiento, manipulación y envasado de productos agrícolas. Su administradora única es Dña. Fermina . Con anterioridad, había sido apoderado su padre, D. Fernando, y su hermano, D. Virgilio .

Con 8-5-2009, se elevó a escritura pública el contrato de compraventa de cuota de participación en UTE, en virtud del cual MILLER Y CIA S.A.U., vendió a SEVITRADE MARÍTIMA S.L., su cuota de participación en la UTE.

Quinto

Los balances de la UTE de los ejercicios 2007 a 2011 han dado los siguientes resultados:

Año 2007: pérdidas de 317.318,43 euros.

Año 2008: pérdidas de 15.939,06 euros.

Año 2009: ganancias de 267.471,13 euros.

Año 2010: pérdidas de 282.276,70 euros.

Año 2011: pérdidas de 215.863,40 euros.

En el periodo 1-1-2012 a 31-8-2012 el balance provisional dio un resultado de pérdidas de 117.625,13 euros.

Sexto

En el año 2011, SEVITRADE MARÍTIMA S.L., TERMISUR EUROCARGO S.A., MILLER Y CIA S.A., y TERMINALES MARÍTIMAS DE SEVILLA UTE, planteó ante la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, consulta sobre el convenio colectivo a aplicar a su personal. Sobre la base de la información facilitada por la propia UTE, la Subcomisión de la Comisión Consultiva, en reunión de 15-12-2011 emitió informe entendiendo aplicable el convenio colectivo de comercio de maquinaria industrial de la provincia de Sevilla.

Con arreglo a dicho informe, con efectos de 1-1-2012, la UTE ha ajustado las retribuciones de D. Jesús Luis y D. Prudencio a este convenio provincial, lo que supone que sus salarios hayan pasado a ser de

2.059,82 euros mensuales en el caso de D. Jesús Luis y de 1.844,80 euros en el caso de D. Prudencio .

Séptimo

El día 5-9-2012 D. Jesús Luis recibió escrito de la UTE en el que se le informaba de la extinción de su contrato con efectos del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR