STSJ Islas Baleares 452/2014, 30 de Septiembre de 2014
Ponente | PABLO DELFONT MAZA |
ECLI | ES:TSJBAL:2014:743 |
Número de Recurso | 216/2012 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 452/2014 |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00452/2014
SENTENCIA
Nº 452
ILMOS. SRS.
PRESIDENTE
D. Gabriel Fiol Gomila
MAGISTRADOS
D. Pablo Delfont Maza
Dª Carmen Frigola Castillón
En la ciudad de Palma de Mallorca a 30 de septiembre de 2014.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears los autos Nº 216 de 2012, seguidos entre partes; como demandante, EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS, GANADERAS E INDUSTRIALES, S.A., representada por la Procuradora Dª María José Andreu Mulet y asistida del Letrado D. José Ignacio Pallardó Calatayud; y como demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y asistida su Abogado.
El objeto del recurso es la resolución del TEAR, de 29 de febrero de 2012, por la que se desestimaban las reclamaciones acumuladas números 07/00107/2010 y 07/00106/2010, dirigidas contra liquidación por el concepto tributario Impuesto sobre Sociedades, ejercicio 2005 y sanción.
La cuantía del recurso se ha fijado en 21.294,74 euros
Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.
Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso fue interpuesto el 4 de mayo de 2012, dándose el traslado procesal adecuado y reclamándose el expediente administrativo.
La demanda se formalizó en plazo legal, solicitando la estimación del recurso. Interesaba el recibimiento del juicio a prueba y trámite de conclusiones.
El Abogado del Estado contestó a la demanda en plazo legal, solicitando la desestimación del recurso y la imposición de las costas del juicio. No interesaba ni el recibimiento del juicio a prueba ni trámite de conclusiones.
Se acordó recibir el juicio a prueba, admitiéndose la documental y testifical propuesta por la demandante, pero no cumplimentó requerimiento de la Sala respecto a la documental solicitada ni facilitó el nombre y dirección de los testigos, con lo que no pudo llevarse a la práctica la prueba admitida.
Se acordó que las partes formularan conclusiones, verificándolo únicamente el Abogado del Estado, insistiendo en sus anteriores pretensiones.
Declarada conclusa la discusión escrita, se ordenó traer los autos a la vista con citación de las partes para sentencia, señalándose para votación y fallo el día 30 de septiembre de 2014.
Hemos descrito en el encabezamiento cual es la resolución administrativa contra la que se dirige el presente recurso contencioso.
El origen de la controversia se encuentra en actuaciones inspectoras iniciadas en relación a los conceptos tributarios Impuesto sobre Sociedades, ejercicio 2005 e Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicio 2005, ciñéndose a la comprobación de la correcta tributación de las operaciones que la ahora demandante, Explotaciones Agrícolas, Ganaderas e Industriales, Sociedad Anónima, declaró como realizadas con la entidad Benselt King, Sociedad Limitada.
Pues bien, habiéndose considerado ficticias o falsas esas operaciones, de ello derivaron liquidaciones por uno y otro de los conceptos tributarios antes mencionados, así como sanciones en ambos casos.
Respecto a la liquidación y sanción por el concepto tributario Impuesto sobre el Valor Añadido, una vez agotada la vía administrativa se instaló la controversia en esta sede, siguiéndose por el Sala el contencioso nº 217/2012, terminado por la sentencia nº 681/2013 -ROJ: STSJ BAL 1001/2013 - que desestimó el recurso e impuso las costas del juicio a la demandante, señalándose para todo ello lo siguiente:
" PRIMERO.- La entidad recurrente, "Entidades Agrícolas, Ganaderas e Industriales, S.A.", interpuso dos reclamaciones económico-administrativas ante el Tribunal Económico Administrativo Regional en Illes Balears (TEARB), las cuales se acumularon y resolvieron conjuntamente en el acto administrativo aquí recurrido, dictado el 15 de febrero de 2012:
1) Reclamación económico-administrativa nº 07/01989/2009 interpuesta por la mercantil "EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS, GANADERAS E INDUSTRIALES, S.A.", confirmando el acuerdo de liquidación dictado por el Inspector Regional en Illes Balears el 28 de septiembre de 2009, relativo al IVA-2005, tercer trimestre, rebajando el importe a compensar en período de liquidación futuros en 4.840 euros.
Esta reclamación fue desestimada, al no considerar demostrada la Administración Tributaria que la factura nº 12/05 emitida por la entidad "Benselt King S.L." en fecha 26 de septiembre de 2005, por importe de 35.090 euros (30.250 euros de base y 4.840 euros de cuota), cuyo IVA se pretende deducir la sociedad recurrente, no responde a la verdadera prestación de servicios de desbroce, limpieza de terrenos y reparación de mampostería, ya que la mercantil contratista carecía de actividad alguna en el año 2005.
2) Reclamación económico-administrativa nº 07/00108/2010 formulada contra el acuerdo de imposición de sanción de fecha 28 de septiembre de 2009 por la comisión de una infracción graves, por importe de 2.420 euros.
En la demanda se interesa que se estime el recurso contencioso y se declare la nulidad de la liquidación y sanción impugnadas, sustentando sus peticiones en los siguientes argumentos:
-
) La sociedad recurrente fue objeto de un engaño, ya que la contratación de los trabajos facturados se hizo con una persona física D. Fidel, apoderado de diversas sociedades, quien emitió la factura desde una de estas mercantiles para incumplir sus obligaciones tributarias.
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) Resulta errónea e interesada la interpretación que realiza la Administración demandada acerca de que la sociedad "Benselt King S.L." no realizaba actividad alguna desde el año 2004.
-
) El único incumplimiento imputable a la actora es no haber solicitado el certificado a que se refiere el artículo 43.1 f) de la Ley General Tributaria .
-
) Con la sanción se le está produciendo un doble agravio.
En el presente supuesto, la Administración tributaria, sobre la base de un amplio repertorio de indicios, ha considerado que existe simulación en las relaciones comerciales antes mencionadas entre "Explotaciones Agrícolas, Ganaderas e Industriales, S.A." y "Benselt King, S.L." ya que, pese a la existencia de la factura 12/2005, su registro, su contabilización y los recibos de pago de las mismas, en realidad, los importes de tales facturas no respondían servicios efectivamente prestados, es decir, se produjo una simulación.
[.....]
. CUARTO. Resulta incontrovertido que la sociedad recurrente trató de deducirse en la declaración correspondiente al tercer...
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