STSJ Cataluña 3409/2011, 16 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3409/2011
Fecha16 Mayo 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2009 - 0007702

RM

ILMO. SR. DANIEL BARTOMEUS PLANA

ILMO. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ

ILMA. SRA. VERÓNICA OLLÉ SESÉ

En Barcelona a 16 de mayo de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 3409/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por Zaira frente a la Sentencia del Juzgado Social 15 Barcelona de fecha 22 de junio de 2009 dictada en el procedimiento Demandas nº 244/2009 y siendo recurrido -F.G.S.-Fondo de Garantía Salarial. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. VERÓNICA OLLÉ SESÉ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de marzo de 2009 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre FOGASA, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 22 de junio de 2009 que contenía el siguiente Fallo:

Que debo desestimar y desestimo las pretensiones de la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Doña Zaira contra Fondo de Garantía Salarial, a quien absuelvo de las peticiones deducidas en su contra, declarando prescrito el derecho de la parte actora a las prestaciones con cargo al Fogasa derivadas de auto de 20 de enero de 2005, del Juzgado de lo Social 5 de los de Barcelona, por el que se declaró a VF Gestió Bars SL en situación de insolvencia legal parcial por importe de 7.707,65 #.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

1.- Doña Zaira, mayor de edad, con DNI núm. NUM000, fue despedida el día 1 de diciembre de 2001, mereciendo tal despido la calificación de improcedente por Sentencia 117/2001, de 30 de marzo, de este mismo Juzgado, en procedimiento 28/2001. 2.- Extinguida la relación laboral por Auto de este mismo Juzgado en incidente de ejecución de Sentencia, el conocimiento del procedimiento de ejecución dineraria correspondió al Juzgado de lo Social 5 de los de Barcelona. Por auto de 20 de enero de 2005, notificado a la parte actora en fecha 26 del mismo mes, se declaró a VF Gestió Bars SL en situación de insolvencia legal parcial por importe de 7.707,65 #.

3.- La parte actora interesó del Fogasa el abono de prestaciones a su cargo en fecha 17 de enero de 2006. Dicha solicitud fue tramitada bajo el número NUM001 . Tras requerir a la demandante la aportación de determinada documentación e incumplido el trámite, por Resolución del Fondo de Garantía Salarial de 23 de junio de 2006 se tuvo a la solicitante por desistida.

4.- El día 24 de octubre de 2006 la parte actora solicitó del Fogasa el desglose y entrega de determinada documentación obrante en el expediente NUM001, a fin de reproducir la solicitud.

5.- El día 30 de julio de 2007 la parte actora solicitó de nuevo las prestaciones con cargo al Fogasa en relación con lo resuelto por el Juzgado de lo Social 5 de los de Barcelona en auto de 20 de enero de 2005, por el que se declaró a VF Gestió Bars SL en situación de insolvencia legal parcial por importe de 7.707,65 #.

6.- La solicitud fue tramitada en el ámbito del expediente NUM002 . Por Resolución de 31 de octubre de 2007, notificada a la parte actora el día 14 de marzo de 2008, se denegó el reconocimiento del derecho a las prestaciones, indicando en la misma que la petición estaba perjudicada por el efecto de la prescripción al haber transcurrido más de un año desde la declaración de insolvencia.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la demanda interpuesta por la trabajadora contra el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), declarando prescrito el derecho de la parte actora a las...

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