STSJ Castilla y León 2304/2011, 20 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2304/2011
Fecha20 Octubre 2011

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 02304/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección : 001

VALLADOLID

- N56820

C/ ANGUSTIAS S/N

N.I.G: 47186 33 3 2010 0102835

Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0000732 /2010

Sobre: FUNCION PUBLICA

De D./ña. Leopoldo

Representación D./Dª. NATALIA DOLORES MONSALVE RODRIGUEZ

Contra D./Dª. AYUNTAMIENTO DE BEMBIBRE

Representación D./Dª. JOSE MARIA BALLESTEROS GONZALEZ

SENTENCIA Nº 2304

ILUSTRISIMOS SEÑORES:

Presidente:

DON ANTONIO JESUS FONSECA HERRERO RAIMUNDO

Magistrados:

DON JESUS BARTOLOME REINO MARTINEZ

DON EZEQUIAS RIVERA TEMPRANO

En la ciudad de Valladolid, a 20 de octubre de dos mil once.

En grado de apelación (rollo 732/2010) se ha visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, integrada por los Magistrados citados al margen, los autos de procedimiento abreviado nº 128/2010, seguidos en primera instancia ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de León, y en los que fue dictada sentencia el día 13 de julio de 2010. Han sido partes: como apelante, AYUNTAMINWETO DE BEMBIBRE, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Alonso Llamazares y defendido por la Letrada Sra. López Álvarez; como apelada, DON Leopoldo, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Erdozain Prieto y defendido por el Letrado Sr. Bello Suárez.

En la segunda instancia se personaron los Procuradores de los Tribunales Sres. Ballesteros González y Monsalve Rodríguez en representación de las partes apelante y apelada, respectivamente.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dictada Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de León el día 13 de julio de 2010, y una vez notificada en forma a las partes, por la parte demandada se interpuso recurso de apelación solicitando su estimación y, con revocación de la sentencia de instancia, se acordase la conformidad a derecho de los actos administrativos impugnados. No se solicitó el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista.

SEGUNDO

Admitido el citado recurso y evacuado el oportuno traslado, la parte dmandante se opuso al mismo solicitando su total desestimación, con confirmación de la sentencia apelada.

TERCERO

Transcurridos los plazos de los artículos 85.2º y de la Ley de la Jurisdicción, se elevaron los autos y el expediente administrativo a la Sala.

CUARTO

Por Resolución de 4 de marzo de 2011 se acordó la formación y registro del presente rollo de apelación, designándose ponente del mismo al Ilustrísimo Señor Magistrado don ANTONIO JESUS FONSECA HERRERO RAIMUNDO.

Declarados conclusos los autos se señaló para votación y fallo el día 18 de octubre de 2011.

QUINTO

En la tramitación del presente rollo de apelación se han observado las prescripciones marcadas por la Ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto de la presente apelación la Sentencia dictada el día 13 de julio de 2010 por el Magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de León en el Procedimiento abreviado nº 128/2010, en la que se estimaron las pretensiones deducidas por don Leopoldo contra el Decreto núm. 289/2009, de 30 de diciembre, de la Alcaldía de Bembibre, por el que se acuerda imponer al recurrente una sanción de suspensión de empleo y sueldo de un año como autor de una falta grave de las previstas en la Ley 9/2003, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León.

La sentencia, después de rechazar el vicio formal que se imputaba a la demanda en razón de que no concretaba lo postulado, declara la nulidad del acto impugnado por considerar que era contrario a los artículos 76 de la ley de Bases de Régimen Local y 28 de la Ley 30/1992, ello en razón de que el Alcalde, autor de la denuncia, testificó en contra del denunciado y dictó la...

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