STSJ Comunidad de Madrid 512/2010, 17 de Junio de 2010

PonenteJOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
ECLIES:TSJM:2010:11454
Número de Recurso6372/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución512/2010
Fecha de Resolución17 de Junio de 2010
EmisorSala de lo Social

RSU 0006372/2009

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00512/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 005 (Pº del GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

Tfno: 914931935 - 31973

Fax: 914931960

NIG: 28079 34 4 2009 0037210

Ilma. Sra. Dª Begoña Hernani Fernández.

Presidente.

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz.

Ilma. Sra. Dª Concepción Ureste García.

En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 512/2010

En el recurso de suplicación 6372/2009 interpuesto por AGENCIA PARA EL EMPLEO DE MADRID AYUNTAMIENTO DE MADRID representado por el Letrado D. José Lorenzo Iglesias, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 25 de los de Madrid en autos núm. 219/2008 siendo recurrido D. Aurelio representado por el Letrado don Gonzalo Velasco Recio. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Aurelio, contra AGENCIA PARA EL EMPLEO DE MADRID - AYUNTAMIENTO DE MADRID en reclamación sobre Derechos en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con 30 de junio de 2009, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

  1. - El demandante, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, ha venido prestando servicios laborales para el Ayuntamiento de Madrid, Agencia para el Empleo de Madrid (en adelante AEM) con la categoría de Agente de Desempleo y Desarrollo Social desde el 11 de enero de 2005 en virtud de contrato por obra o servicio determinado que se identifica como "AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL, de acuerdo con la resolución de la Dirección General del S.R.E. de la Comunidad de Madrid de fecha 30/11/2004 (expediente NUM000 ). Teniendo dicha autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa". Siendo la primera prorroga del contrato la que tuvo lugar con fecha 11 de enero de 2006 y que extendió hasta el 10 de enero de 2007. La segunda se extendió de 11 de enero de 2007 hasta el 10 de enero de 2008. La tercera prorroga pactada tenía extensión de 10 de enero de 2008 a 10 de enero de 2009.

  2. - Las funciones desarrolladas por el demandante eras las siguientes:

    Coordinar a los técnicos AEDL's del Área de Autoempleo:

    Asignar tareas a los técnicos.

    Controlar la disponibilidad de los técnicos.

    Revisar y controlar la actividad de los técnicos.

    Reportar la actividad del Área de Autoempleo.

    Promocionar las actividades del servicio de autoempleo

    Definir nuevas actividades a realizar en el Área.

    Realizar informes y memorias relativas a la gestión del Área de Autoempleo.

    Coordinar el mantenimiento y modificaciones de la Aplicación Informática "Mapa de Recursos de Empleo y Formación Ocupacional", publicada en la web municipal: www.munimadrid.es/mempleo y coordinar las actividades a desarrollar en colaboración con el IAM (Agencia de Informática del Ayuntamiento de Madrid):

    Revisar y controlar el software y documentación entregada por la Empresa externa desarrolladora del Mapa de Recursos de Empleo y Formación Ocupacional.

    Emitir informes de situación sobre modificaciones y mantenimiento de la Aplicación Informática.

    Definir y desarrollar los procedimientos para la actuación de datos de la Aplicación.

    Definir, desarrollar y mantener la aplicación de las acciones de las teleoperadoras.

    Dirigir y controlar el equipo de teleoperadoras que participan en el proceso de actualización de datos de la Aplicación.

    Atender a las entidades y organismos que figuran como recursos incluidos en la Aplicación.

    Diseñar, desarrollar y mantener las aplicaciones informáticas de gestión.

    Aplicación Informática para el Análisis de Viabilidad de Proyectos de Inversión Empresarial. Esta aplicación permite hacer una proyección a futuro de los estados económicos-financieros del proyecto empresarial y un análisis de su viabilidad futura.

    Aplicación Informática de Gestión de la Actividad de Técnicos del Área de Autoempleo. Este programa permite gestionar las actividades de asistencia técnica a los emprendedores que quieren iniciar una empresa y a los empresarios del vivero de empresas. Recoge la información de los proyectos empresariales, datos de los emprendedores y empresarios, y resultados de cada asistencia técnica realizada.

    Aplicación Informática de Evaluación de Proyectos Empresariales para su acceso al Centro de Desarrollo Empresarial. A través de esta aplicación se evalúa de forma objetiva cada uno de los criterios establecidos en la normativa de la Agencia para la admisión de un proyecto empresarial en el Centro de Desarrollo empresarial. El proceso de admisión se realiza de forma continua en el tiempo a través de una Bolsa de Acceso.

    Aplicación Informática para la Gestión del Plan de Actuación de Jóvenes de Usera y Villaverde. Este programa se ha utilizado para la gestión de las actividades realizadas en el marco del Plan de Actuación, recogiendo toda la información de estas actividades con los usuarios.

    Aplicación Informática para la Gestión del Programa de Atención Personalizada para la Orientación de Empleo. Programa que contempla la recogida de una amplia información sobre cada uno de los usuarios a atender en el Servicio de Orientación.

    Organizar las actividades del Área de Autoempleo en ferias y eventos en las que participa la Agencia.

    Comprar (Seleccionar e iniciar los trámites de compra) de libros, Publicaciones y accesos a servicios en Internet.

    Gestionar la utilización y el préstamo de libros y publicaciones de la Biblioteca del Servicio.

    Gestionar los Microcréditos.

    Coordinar las actividades de los técnicos de autoempleo con las entidades financieras facilitadotas de microcréditos.

    Revisar y proponer modificaciones a los convenios de colaboración con las entidades financieras.

    Emitir informes de situación de la participación de los técnicos de la Agencia.

  3. El Estatuto de la Agencia para el Empleo de Madrid se rige por sus Estatutos. Constando en los autos copia de los mismos por lo que se tienen por reproducidos (documento 12 del ramo de prueba de la parte demandada).

  4. - La Resolución del Director General del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid de fecha 30 de noviembre de 2004 dispuso conceder a la Agencia demandada "una subvención de 796.409,47 euros, cofinanciada por 1 Unión Europea a través del Fondo Social Europeo, para financiar parcialmente los costes laborales totales, incluidos cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, derivados de la contratación a tiempo completo de 38 Agentes de Empleo y Desarrollo Local por un periodo de un año".

    El 7 de diciembre de 2005 se dictó una nueva resolución por la que se acordó la ampliación a prorroga de la subvención de 38 Agentes de Empleo y Desarrollo Local correspondiente al expediente 66/04.

    El 26 de diciembre de 2006 se emitió por la Comisión de Evaluación del Servicio regional de empleo de la CAM, informe favorable a la solicitud de subvención para la prorroga de 38 Agentes de Empleo y Desarrollo Local correspondiente al expediente 66/04.

    El 26 de diciembre de 2007 se acordó por la CAM la solicitud de subvención para la prorroga de 38 Agentes de Empleo y Desarrollo Local correspondiente al expediente 66/04.

  5. - El demandante presentó reclamación previa ante el Ayuntamiento de Madrid el 25 de enero de 2008, que en atención a su resultado dejó extinguida la vía administrativa de impugnación

TERCERO

En esta sentencia se emitió el siguiente fallo: Que estimando la demanda interpuesta por

D. Aurelio, declaro indefinida la relación laboral que mantiene el demandante con la Agencia para el

Empleo de Madrid del Ayuntamiento de Madrid con fecha de efectos del 11 de enero de 2005, condenando a la parte demandada a estar y pasar por esta declaración.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso el pase de los mismos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que estimó la demanda en materia de reconocimiento de derecho interpuesta por la trabajadora contra la AGENCIA PARA EL EMPLEO, que declaró que la relación laboral entre las partes es de naturaleza indefinida con fecha de efectos de 11 de enero de 2005, condenando a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración se interpone el presente recurso de suplicación por la demandada, que tiene por objeto: a) la revisión de los hechos declarados probados por la sentencia de instancia, y; b) el examen de la infracción de normas sustantivas o de la jurisprudencia cometidas por la referida resolución.

SEGUNDO

Mediante el primer motivo del recurso correctamente formulado al amparo del apartado

b), aunque por error se mencione el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, interesa la recurrente la revisión del relato fáctico de la sentencia de instancia, concretamente el ordinal segundo.

La jurisprudencia viene exigiendo con reiteración, hasta el punto de constituir doctrina pacífica, que para estimar este motivo es necesario que concurran los siguientes requisitos:

  1. - Que se señale con precisión cuál es el hecho afirmado, negado u omitido, que el recurrente considera equivocado, contrario a lo acreditado o que consta con evidencia y no ha sido incorporado al relato fáctico.

  2. ...

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