STSJ Andalucía 1138/2010, 14 de Abril de 2010

PonenteEVA MARIA GOMEZ SANCHEZ
ECLIES:TSJAND:2010:1198
Número de Recurso3615/2009
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1138/2010
Fecha de Resolución14 de Abril de 2010
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 3615/09 -G- Sentencia nº 1138/10

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Dª ANA MARIA ORELLANA CANO, Presidente

Dª. EVA MARIA GOMEZ SANCHEZ

D. JESUS SÁNCHEZ ANDRADA

En Sevilla, a catorce de abril de dos mil diez.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 1138/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por COTRANSA S.A., contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de los de CADIZ en sus autos nº 345/09; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. EVA MARIA GOMEZ SANCHEZ, Magistrada

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Mariola contra COTRANSA S.A., se celebró el juicio y se dictó sentencia el día veintidos de julio de dos mil nueve por el Juzgado de referencia, que estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

La demandante es Jefa de Servicio, con antigüedad de 1.9.1996; salario a efectos de despido de 2.587,87 al mes o 86,26 diarios; es la organizadora y responsable de esta zona y últimamente también de la de Algeciras; no es representante del personal ni lo fue en año previo al cese, desde el que no ha trabajado para terceros.

SEGUNDO

Es cesada, por carta, el 5.3.09 y estuvo de baja médica hasta el 12.3.09, que había comenzado el 2.3.09.

Sobre febrero la empresa comunica al personal que dada la crisis del sector iba a ser necesario prescindir de un puesto de trabajo; el delegado de personal opinó que la empresa estaba -subcontratando a terceros, entre estos a Transervicon S.L.

TERCERO

Solicita maternidad el 25-2-08; nace su hijo el 26-2-08(Registro Civil); se incorporó al trabajo un mes( en mayo) antes de finalizar el periodo mínimo (junio).

CUARTO

La carta de despido(FOL.: 49 a 52) señala que "como delegada de la empresa en Andalucía ha gozado de la máxima confianza organizando el desarrollo de la actividad de la empresa visitando a clientes o haciendo nuevos, estando entre sus funciones la de reparto del trabajo entre los conductores de la empresa y la forma de llevarlo a cabo.

Que a partir del 25 de febrero del corriente año se ha tenido pleno conocimiento de que por su parte se han realizado las siguientes....

conductasa. l°.-Uso abusivo, permitiendo y consintiendo a personas ajenas a la empresas para usar plataformas por personal de la empresa Transervicon que tiene la misma actividad productiva y que pertenece o dirige su padre y esposo; que autónomos que trabajan la Cotransa han realizado servicios para Transervicon con plataformas de Cotransa, que esto lo ha hecho " en los últimos seis meses",enriqueciendo a Transervicon y empobreciendo a esta empresa.

  1. -Desviar órdenes de transporte a Transervicon quien facturaba directamente a clientes creando en perjuicio económico y dando mala imagen comercial.

  2. -Pasar ofertas a clientes desde la oficina tanto de Cotransa como de Transervicon siendo estas más bajas que las de Cotransa perdiendo así posibilidades de trabajos para el personal de Cotransa.

  3. -En los últimos seis meses se puso a disposición de Cotransa tulipas y bombillas habiendo consentido y autorizado que las utilice Transervicon.

  4. -Utilizar la oficina de Cotransa para desde ahí llamar a conductores de Transervicon para que recogiesen órdenes de trabajo así se ve analizando la factura de teléfono en un mes con 110 llamadas a teléfonos de conductores de TRANSERVICON y a la persona que la gestiona.

  5. - Reparar Plataformas de Transervicon en el cambio de una matrícula, asignado gastos a Cotransa.

  6. -Cambio de contenedores en Azuqueca facturando a Cotransa lo que era una operativa de Transervicon.

  7. -Percibir kilometraje por ir a Algeciras cuando en verdad iba en camiones de Cotransa.

  8. - Facturar órdenes de transporte a Transervicon para que luego esta re-facturase mayor precio al cliente quedándose con la diferencia entre lo cobrado a este y lo percibido de Cotransa.

Se menciona un caso con el Cliente Kunhe Nagel y otro Romeu y Cia a los largo de 208 y 2009 con sólo dos órdenes de servicio de Transervicon. Se indica que esos hechos son Falta Muy Grave.

QUINTO

Transervicon S. L. tiene como cargos Mario y Olegario que son padre y esposo de la trabajadora.

SEXTO

En los documentos llamados "Orden de Transporte" que emiten los clientes que solicitan un servicio en el apartado central destinado a Observaciones par el transportista suele aparecer el nombre de quien vaya a realizarlo.

A veces por problemas de averías o cambios de ruta es necesario cambiar datos iniciales; se utiliza la palabra "machacar" algún dato inicial. Es frecuente y usual que entre empresas transportistas se llegue a acuerdos inmediatos sobre cesión de plataformas o camiones, sin cobrarse nada entre ellos.

SÉPTIMO

La demandante llamaba a autónomos para encargarles conducción o darles órdenes de transportes, unos eran usuales en ser llamados por Cotransa; otros eran llamados cuando también habían hecho encargos para Transervicon S.L. Existen clientes como Kuehne Nagel que tanto dan encargos a Cotransa como a Transevicon.

OCTAVO

La demandante pasaba gastos de kilometrase para sus viajes a Algeciras; a veces se iba en su vehículo y otra en Camiones y a veces iba en camión pero regresaba por sus propios medios al acabar tarde de sus gestiones.

NOVENO

En un ordenador portátil propiedad de la empresa Cotransa y utilizado generalmente por la demandante, consta entre otros, un icono llamado Gestión y al ejecutarse aparece el anagrama de Transervicon S.L. y su objeto Gestión de Transporte, que se instaló el 8-1-2009,aparece una copia de albaranes desde 2-1-04 a 31-12-08; y otro de facturas de 31.1.04 a 31.12.08, constan fechas, importe del servicio y contenedor que se transporta con totales mensuales de facturación y también importe de facturación a diversos clientes como Cotransa y otros(Trasmediterránea Cargo, Romeu y Cia, o JSV Logistic.

DECIMO

La demandante era la encargada de decidir a quien se daban las órdenes de trasportes; a la empresa acudían muchos autónomos a buscar cargas o tareas. Se llama "enganche" cuando se contrata a un "autónomo" o a otra empresa para hacer el encargo de un cliente propio.

DECIMOPRIMERO,.- Cotransa conocía la relación personal de la actora con Transervicon y que su esposo dirigía esta última, nunca se ocultaba; incluso había relación de este con directivos de Cotransa; el esposo de la actora iba con frecuencia a la empresa Cotransa.

DUODÉCIMO

Es frecuente entre empresas de transportes intercambiarse servicios y hacerse facturaciones mutuas.

DECIMOTERCERO

El almacén donde están las tulipas y bombillas está a cargo de otra persona y las llaves del mismo quedan en la empresa.

DECIMOCUARTO

Transervicon tenía una plataforma extensible que otros transportistas no tienen.

TERCERO

Contra dicha sentencia...

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