STSJ Cataluña 141/2010, 14 de Enero de 2010

PonenteMARIA DEL CARMEN QUESADA PEREZ
ECLIES:TSJCAT:2010:9
Número de Recurso8356/2008
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución141/2010
Fecha de Resolución14 de Enero de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2008 - 0025205

ECR

ILMA. SRA. Mª DEL CARMEN QUESADA PÉREZ

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMO. SR. DANIEL MARTÍNEZ FONS

En Barcelona a 14 de enero de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 141/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por C.C.O.O. frente a la Sentencia del Juzgado Social 16 Barcelona de fecha 4 de septiembre de 2008 dictada en el procedimiento nº 418/2008 y siendo recurridos U.G.T. y Eulen, S.A.. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Mª DEL CARMEN QUESADA PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de mayo de 2008 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 4 de septiembre de 2008 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando la demanda formulada por EULEN S.A. contra COMISSIÓ OBRERA NACIONAL DE CATALUNYA (CC.OO.) y UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.), en reclamación de impugnación de preaviso de elecciones, debo declarar y declaro la nulidad del preaviso electoral y del proceso subsiguiente.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes: 1º.- El día 8.4.2008, el Sindicato CC. OO. presentó en la Oficina Pública de Elecciones un preaviso de convocatoria de elecciones para representantes de los trabajadores en el Hipercor de Cornellá donde la empresa Eulen, S.A. tiene contratados los servicios de limpieza, señalándose el día 9.5.2008 como inicio del proceso electoral. Doc. nº 1 actora.

  1. - Constituida la mesa electoral el día 6.6.2008, este mismo día la empresa presentó un escrito ante la misma solicitando la paralización del proceso electoral alegando haber interpuesto la demanda rectora de los presentes autos impugnando el preaviso de CC. OO., accediendo la mesa en la misma fecha a la citada paralización. Docs. nº 4, 5 y 7 actora.

  2. - El Sindicato CC. OO. impugnó la decisión de la mesa electoral, siendo desestimada por laudo de

    20.6.2008. Doc. nº 7 actora.

  3. - Los días 30.3.2004 y 16.4.2004, U.G.T. y CC. OO., respectivamente, presentaron preaviso de elecciones en el Hipercor de Cornellá que tençía adjudicado el servicio de limpieza a la empresa Intercliner, S.A. Doc. nº 1 demandados.

  4. - En fecha 26.4.2004, la empresa Eulen, S.A. presentó un escrito en la Oficina Pública de Elecciones en el que ponía de manifiesto en relación a los citados preavisos que el día 1.5.2004 comenzaría a prestar los servicios de limpieza en Hipercor por lo que solicitaba una reunión con los sindicatos convocantes. Doc. nº demandados.

  5. - En fecha 5.5.2004, se reunieron los representes de la empresa y de ambos sindicatos, aceptando la actora el preaviso, celebrándose las elecciones el día 14.6.2004. Doc. nº 1 demandados.

  6. - En fecha 2.5.2007, se celebraron elecciones sindicales a nivel de la provincia de Barcelona en la empresa Eulen, S.A. Doc. nº 2 demandados.

  7. - La empresa Eulen, S.A. presta el servicio de limpieza del Hipercor Cornellá con un encargado al frente, siendo supervisado el trabajo por la Técnica de Productos de la empresa. Testifical a instancias de la actora.

  8. - La empresa Eulen, S.A. tiene centralizada la organización del trabajo en Barcelona. Testifical a instancias de la actora.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada C.C.O.O., que formalizó dentro de plazo, y dando traslado a las partes contrarias, lo impugnó la parte actora EULEN SA, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estimó la demanda inicial que peticionaba la nulidad del preaviso electoral formulado por el Sindicato Comisiones Obreras en la empresa Hipercor de Cornellá y que afecta a los trabajadores que la empresa accionante Eulen, S.A. tiene destacados y que realizan los...

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