STSJ Galicia , 19 de Noviembre de 2004

PonenteROSA MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2004:6167
Número de Recurso1663/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 1663/2004 interpuesto por Rita contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Pontevedra siendo Ponente el

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Rita en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado INSS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 501/2003 sentencia con fecha veintinueve de enero de dos mil cuatro por el Juzgado de referencia que desestimo la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero.- Doña Rita , con DNI nº NUM000 , nacida el día 8 de marzo de 1948, de profesión cocinera, afiliada con el número NUM001 al Régimen General, solicitó a 5 de febrero de 2003 la declaración de invalidez permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Fue examinada a 16 de mayo de 2003 por la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades. La Comisión de Evaluación de Incapacidades propuso la declaración de no invalidez ( 22 de mayo de 2003). Se denegó la solicitud por no encontrarse en la situación de invalidez permanente ninguno de los grados legalmente previstos mediante Resolución de fecha 19 de junio de 2003, decisión impugnada en vía administrativa y ratificada, por semejantes razonamientos, en Resolución de 8 de agosto de 2003 de la Dirección Provincial del referido Instituto./ Segundo.- La base reguladora de las prestaciones de invalidez, en atención a las cotizaciones de la parte demandante, es de 677,23 euros mensuales. Padece las siguientes enfermedades o lesiones derivadas deenfermedad común: " Deficiencias más significativas. Miniscopatía interna de la rodilla derecha y condrocalcinosis bilateral en el contexto de una gonartrosis no severa. Cervicoartrosis leve. Lumboartrosis s in signos de radiculopatía. Obesidad severa (IMC 39). Posibilidades terapéuticas y rehabilitadotas. Incluida en lista de espera para artoscopia de rodilla derecha ( Clínicamente la meniscopatía es izquierda, como también afirma el reumatólogo privado en su informe de 3-2-2003). Conclusiones: paciente con miniscopatía pendiente de tratamiento artroscópico. El resto de las patologías no justifica actualmente la incapacidad de modo permanente".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Desestimando totalmente la demanda interpuesta por DOÑA Rita , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo a este demandado de todos los pedimentos de la demanda."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la parte actora se formaliza el recurso de suplicación pidiendo la revisión...

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