STSJ Galicia 789/2007, 11 de Octubre de 2007

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2007:5094
Número de Recurso4282/2004
Número de Resolución789/2007
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSO - PTE.

D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA

D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

En la ciudad de A Coruña, a once de octubre de dos mil siete.

En el recurso contencioso-administrativo que con el Nº 4282/04 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por la Cofradía de Pescadores de A Pobra do Caramiñal, representada por D. José Antonio Castro Bugallo y dirigida por D. Alberto Muñoz Rodríguez, contra la Resolución de 23-2-04 de la Consellería de Pesca e Asuntos Marítimos. Es parte como demandada la Consellería de Pesca e Asuntos Marítimos, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó que se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

No interesado el recibimiento del pleito a prueba, una vez cumplimentado el trámite de conclusiones se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 4-11-07.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Magistrado D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la Resolución de 23-2-04de la Consellería de Pesca e Asuntos Marítimos por la que se estimó parcialmente el recurso de alzada interpuesto por D. Rafael contra la de 6-11-03 de la Cofradía de Pescadores de A Pobra do Caramiñal, dictada en el expediente sancionador número 1 de 2003, que impuso al citado dos sanciones de suspensión de su condición de socio.

SEGUNDO

La resolución impugnada resuelve desestimar en el fondo del recurso de alzada por entender que el Decreto 261/2002, de 30 de julio , no considera las resoluciones del régimen disciplinario como actos dictados en el ejercicio de funciones públicas y sujetos al derecho administrativo, y los remite a la normativa que les sea de aplicación, con sometimiento al órgano jurisdiccional competente, por lo que no cabe interponer contra las resoluciones sancionadoras dictadas por las órganos de las Cofradías...

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