STSJ Galicia 107/2007, 22 de Febrero de 2007
Ponente | JUAN CARLOS TRILLO ALONSO |
ECLI | ES:TSJGAL:2007:2978 |
Número de Recurso | 4645/2002 |
Número de Resolución | 107/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 00107/2007
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0004645 /2002
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha
pronunciado la
SENTENCIA
Ilmos. Sres. D.
JUAN CARLOS TRILLO ALONSO
JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA
JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL
A CORUÑA, veintidós de Febrero de dos mil siete.
En el recurso contencioso-administrativo 0004645 /2002 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Sandra , Erica Y Rosario , representado por Dña. MARIA LUISA PANDO
CARACENA y dirigido por D. YOLANDA CASALDERREY MALLEIRO, contra RECLAMACION DE INDEMNIZACIÓN POR
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. Es parte como demandada el CONCELLO DE VILANOVA DE AROUSA (PONTEVEDRA),
representado por D. VICTOR LOPEZ RIOBOO Y BATANERO y dirigido por DOMINGO ESTARQUE VILA. Son partes como
codemandados PORTOS DE GALICIA, representado y dirigido por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA y AEGON
SEGUROS GENERALES S.A., representada por Dña. CARMEN GOMEZ CORTES y dirigida por D.JOSE MANUEL
GONZALEZ-NOVO MARTINEZ. La cuantía del recurso es 210.354, 24 euros.
Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada y a las partes codemandadas para contestación, se presentaron escritos de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que se estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Finalizado el trámite, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 15 de Febrero de 2007.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Es Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSO.
Constituye el objeto del presente recurso al reclamación que en concepto de responsabilidad patrimonial formulan las recurrentes contra el Ayuntamiento de Vilanova de Arousa, Y Portos de Galicia, contra sus respectivas compañías de seguros y contra D. Hugo , con motivo del fallecimiento de D. Jose Pedro al caer de la plataforma trasera de un camión destinado al servicio de recogida de basuras cuando con la categoría de peón contratado por el Ayuntamiento realizaba las labores propias del servicio de mención. Demanda al Ayuntamiento por la razón expresada; a Portos de Galicia por haberse producido el accidente en recinto portuario y a D. Hugo por ser el conductor del camión en el momento de ocurrir el luctuoso suceso.
La alegada excepción de falta de jurisdicción, aducida en su escrito de contestación a la demanda por Aegon Seguros Generales S.A. debe ser desestimada. El ...
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ATS, 3 de Abril de 2008
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