STSJ La Rioja 560/2007, 14 de Diciembre de 2007
Ponente | JESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS |
ECLI | ES:TSJLR:2007:755 |
Número de Recurso | 184/2007 |
Número de Resolución | 560/2007 |
Fecha de Resolución | 14 de Diciembre de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 00560/20071
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Rec. Apelación nº: 184/2007
Ilustrísimos señores:
Presidente:
Don José Félix Méndez Canseco
Magistrados:
Don Jesús Miguel Escanilla Pallás
Don Luis Loma Osorio Faurie
SENTENCIA Nº 560/2007
En la ciudad de Logroño a 14 de diciembre de 2007
Vistos los autos correspondientes al RECURSO DE APELACIÓN sustanciado ante esta Sala bajo el nº 184/2007, a instancia de Don Andrés , representado por la Procuradora Doña Luisa Rivero Francia y con asistencia del Letrado, D. Eduardo Peché Echeverría, siendo la apelada la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONSEJERIA DE SALUD representada y defendida, a su vez, por el Abogado del Gobierno de La Rioja, contra la sentencia nº 359/07, de 26 de septiembre, que declara la caducidad del recurso
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño dictó en su recurso P. A. Nº 374/06 -A sentencia Nº 359/07, de 26 de septiembre , en la que recayó el fallo del siguiente tenor literal: "debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Andrés , frente al acto administrativo referenciado en el primero de los antecedentes fácticos de esta resolución que se confirma por ser ajustado a derecho, sin imposición de costas"
Contra la misma interpuso recurso de apelación la representación de la parte recurrente.
Admitido a trámite dicho recurso de apelación y formulado escrito de oposición al mismo por la representación de la parte recurrida, fueron elevados los autos junto con el expediente administrativo a esta Sala.
No habiéndose solicitado la práctica de prueba, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 11 de diciembre de 2007, en que al efecto se reunió la Sala.
Se han observado las prescripciones legales.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Miguel Escanilla Pallás.
La parte apelante solicita la revocación de la sentencia y que se dicte una nueva sentencia por la que anule la resolución impugnada y se proceda a declarar a Don Andrés en la situación recogida en el artículo 65 de la ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los servicios de salud "servicios bajo otro régimen jurídico" a partir del 6 de febrero de 2006.
La resolución del Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Salud del Gobierno de la CAR, por la que se desestima la solicitud del recurrente, de ser declarado en la situación prevista en el artículo 66 de la ley 55/2003 de 16 de diciembre de Estatuto Marco del Personal Estatutario de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Castilla y León 331/2016, 1 de Marzo de 2016
...a aquel al que el personal estatutario se encuentra adscrito. En tal sentido se ha pronunciado la sentencia del TSJ de la Rioja de fecha 14 de Diciembre de 2007, recurso n. 184/2007, al expresar en su fundamento de derecho segundo que ""debe interpretarse el artículo 65 referido anteriormen......