STSJ Cantabria 725/2007, 25 de Septiembre de 2007
Ponente | RAFAEL LOSADA ARMADA |
ECLI | ES:TSJCANT:2007:1592 |
Número de Recurso | 22/2007 |
Número de Resolución | 725/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Septiembre de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA
Iltma. Sra. Presidenta:
Doña María Teresa Marijuán Arias
Iltmos. Sres. Magistrados:
Doña María Josefa Artaza Bilbao
Don Rafael Losada Armadá
En la ciudad de Santander, a veinticinco de septiembre de dos mil siete.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso de apelación nº 22/2007 formulado contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Santander de 19 de octubre de 2006, por DOÑA Gloria representada por la procuradora doña Felicidad Mier Lisaso y defendida por la letrada doña María Dolores Sánchez Vega, siendo parte apelada AYUNTAMIENTO DE SANTANDER representado por la procuradora doña María González-Pinto Coterillo y defendido por la letrada doña Rosario Sanz-Lomana Fernández así como DOÑA María Rosa , representada por la procuradora doña María Valencia Paz y defendida por el letrado don Ángel Sánchez Resina.
Es ponente el Ilmo. Sr. magistrado don Rafael Losada Armadá quien expresa el parecer de la sala.
El recurso de apelación se interpuso el día 24 de noviembre de 2006 por la recurrente doña Gloria contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Santander de 19 de octubre de 2006 , que desestima el recurso contencioso administrativo contra el Decreto de Alcaldía de 11 de abril de 2005 que aprueba el reformado de vivienda unifamiliar en Cueto, carretera de Telegrafía, con arreglo al proyecto de visado el 23 de diciembre de 2003, con planos visados el 8 de septiembre de 2004 y 22 de octubre de 2004 y concede licencia municipal de obras a doña María Rosa .
Del recurso de apelación se dio traslado tanto a la Administración demandada como a la codemandada que formularon oposición al mismo solicitando su desestimación con expresa condena en costas a la parte apelante.
En fecha 18 de enero de 2007 se elevaron las actuaciones a esta sala y no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni celebración de vista o conclusiones por escrito, se declaró el recurso de apelación concluso para sentencia, señalándose para la votación y fallo el día 14 de junio de 2007 , aunque fue posteriormente cuando se deliberó, votó y falló.
Se formula el recurso de apelación contra la sentencia de 19 de octubre de 2006 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Santander que desestima el recurso contenciosoadministrativo formulado contra el Decreto de Alcaldía de 11 de abril de 2005 que aprueba el reformado de vivienda unifamiliar en Cueto, carretera de Telegrafía, con arreglo al proyecto de visado el 23 de diciembre de 2003, con planos visados el 8 de septiembre y 22 de octubre de 2004 y concede licencia municipal de obras a doña María Rosa .
La parte apelante precisa que el objeto del recurso contencioso administrativo es la licencia de obras concedida para ejecutar el proyecto reformado necesario para legalizar la vivienda que doña María Rosa había construido sin sujetarse a la licencia de obras de 25 de enero de 2001.
Invoca como motivos del recurso de apelación:
-
Que ha quedado acreditado el incremento de la altura de la planta sótano en un metro sobre la rasante natural del terreno que afecta a la altura de la cornisa y a la coronación del edificio que exceden de las establecidas en el proyecto de obras que las situaba en el límite máximo permitido -4 metros la cornisa y 7 metros la coronación- por lo que se infringe el art. 8.1.15.4 .a) del Plan General de Ordenación Urbana de Santander que establece para suelo no urbanizable la posibilidad de autorizar la construcción de vivienda unifamiliar siempre y cuando no se supere una planta de altura, tenga una línea de cornisa de 4 metros y 7...
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