STSJ Navarra 133/2007, 15 de Marzo de 2007
Ponente | IGNACIO MERINO ZALBA |
ECLI | ES:TSJNA:2007:62 |
Número de Recurso | 646/2006 |
Número de Resolución | 133/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 133/2007
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE,
D. IGNACIO MERINO ZALBA
MAGISTRADOS,
D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ
D. JUAN ANTONIO HURTADO MARTÍNEZ
En Pamplona, a quince de Marzo de dos mil siete.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 0000646/2006, promovido contra la Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil de fecha 28 de Septiembre de 2006 dictada en expte. nº 200603091 desestimatoria de la solicitud del Complemento Específico en zona conflictiva, desde el 1-09-05 hasta el 28-02-06,, siendo en ello partes: como recurrente
D. Carlos Daniel , quien en su condición de funcionario público asume su propia representación procesal, y como demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y dirigida por el Sr. ABOGADO DEL ESTADO; y,
En el presente contencioso se impugna la resolución reseñada en el encabezamiento que precede, solicitándose su nulidad por hallarla en disconformidad al Ordenamiento Jurídico, según los razonamientos que luego serán objeto de estudio.
La representación procesal de la parte demandada se opone a todo ello sustentando la legalidad del acuerdo impugnado, siguiendo la línea marcada por las resoluciones combatidas en vía administrativa y en atención a las razones que da en sus escritos correspondientes que constan a disposición de las partes y que no vamos a reproducir para evitar inútiles reiteraciones, ya que, también a continuación van a ser objeto de estudio.
Seguido el pleito por todos sus trámites se entregaron al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para señalamiento en votación y fallo, el que tuvo lugar el día 14 de Marzo de 2.007.
Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO MERINO ZALBA.
Esta Sala, se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre esta misma materia relativa al percibo del denominado complemento de "Zona Conflictiva", y concretamente en sentido favorable a lapostura del hoy actor en cuanto lo reclama por el período que estuvo destinado en la Comandancia de la Guardia Civil de Pamplona.
El recurrente ya aporta dos sentencias de este Tribunal y, efectivamente, redeliberado el tema no hallamos motivo para cambiar el criterio mantenido, pese al distinto componente personal del mismo.
Así decíamos y mantenemos:
"La percepción del complemento que nos ocupa ha de estar relacionada con el efectivo desempeño del puesto de trabajo, ya que la situación de riesgo o peligrosidad vinculada a la percepción del referido complemento se dará siempre que se desempeñe de una forma permanente el puesto de...
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STSJ Navarra 309/2011, 28 de Junio de 2011
...por tanto, ha de ser estimada. -Y en el mismo sentido la STJNavarra de 9-3-2009 (Rc 603/2008) -- haciéndose eco de nuestra STSJNavarra de 15-3-07 (rec. 646/2006)-- El recurrente, guardia civil, estuvo prestando sus servicios en Navarra en virtud de "Comisión de Servicio ...............". Ha......