STSJ Canarias 289/2007, 4 de Mayo de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER VARONA GOMEZ-ACEDO
ECLIES:TSJICAN:2007:2422
Número de Recurso266/2004
Número de Resolución289/2007
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 289/07

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. Francisco J. Gómez Cáceres

ILMO. SRES. MAGISTRADOS

D. Jaime Borras Moya

D. Javier Varona Gómez Acedo (Ponente)

En Las Palmas de Gran Canaria , a 4 DE MAYO DE 2007 .

Visto por esta Sección TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. Sección Primera. , integrada por los Sres. Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso - Administrativo nº 0000266/2004 , interpuesto por Dña. Eugenia , representado el Procurador de los Tribunales Dña. Beatriz De Santiago Cuesta y dirigido por el abogado D Felix Monzón , contra la Comunidad Autónoma , habiendo comparecido, en su representación y defensa el letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Objeto del recurso: La Resolución de la Dirección General de Personal de la Consejeria de Educación de fecha 15 de enero de 2004, por la que se acuerda la jubilación de la recurrente por incapacidad permanente para el servicio

SEGUNDO

La representación de la demandante interpuso recurso contencioso-administrativo contra dicho acto, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad del acto administrativo impugnado "y se declare la incapacidad permanente absoluta para cualquier profesión"

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda, oponiéndose a ella e interesando una sentencia desestimatoria del recurso interpuesto.

CUARTO

No se recibió el proceso a prueba, se señaló dia para votación y fallo del presente recurso en cuyo acto tuvo lugar su realización.

Se han observado las prescripciones legales que regulan la tramitación del recurso cuya cuantía es indeterminada.

Es ponente el Ilmo. Sr. Don Javier Varona Gómez Acedo, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a consideración de la Sala, la Resolución del Director General de PersonalDocente de la Consejería de Educación autonómica antes reseñada relativa a la jubilación por incapacidad permanente para el servicio de la demandante.

Aun cuando la demanda no es un ejemplo de claridad en la exposición debemos entender que muestra su disconformidad la recurrente en relación a tal Resolución, entendiendo que la enfermedad padecida la incapacita no sólo para su ocupación habitual sino para cualquier tipo de trabajo, debiéndose dictar Resolución que se encuadre dentro del grado de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.

La representación de la Administración en una prolija pero poco esclarecedora exposición, no combate realmente la pretensión de la actora sino que se extiende en consideraciones sobre el procedimiento seguido, ( que sin embargo nadie ha cuestionado) y sobre el contenido de la resolución de jubilación.

SEGUNDO

El art. 25 del Real decreto legislativo 4/2000 señala que:

"Efectos de la incapacidad permanente total y absoluta

  1. La incapacidad permanente total y la incapacidad permanente absoluta darán lugar a la jubilación del funcionario de acuerdo con la legislación en vigor."

    Por su parte el artº 23 del propio texto legal precisa que : Es incapacidad permanente la situación del funcionario que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyan o anulen su capacidad para el servicio. No obstará a tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad de trabajo del incapacitado, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo. La incapacidad permanente habrá de derivarse, cualquiera que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS, 30 de Septiembre de 2009
    • España
    • September 30, 2009
    ...lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Palmas de Gran Canaria (en el recurso contencioso-administrativo núm. 266/2004). Siendo parte recurrida doña Camino, representada por la Procuradora doña Beatriz de Santiago ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO La sentencia rec......
  • STSJ Canarias 285/2009, 20 de Noviembre de 2009
    • España
    • November 20, 2009
    ...la resolución recurrida. Sobre la procedencia de resolver sobre el grado de incapacidad permanente nos pronunciamos en Sentencia de 4 de mayo de 2007 (rec. 266/2004 ). Efectivamente, el artículo 39 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado (Decreto 315/1964, de 7 de febrero ), establece ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR