STSJ Cantabria 527/2007, 6 de Junio de 2007

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2007:886
Número de Recurso456/2007
Número de Resolución527/2007
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00527/2007

Rec. Núm. 456/07

Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma. Sra. Dña. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dña. Mª Jesús Fernández García

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia

de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En Santander, a seis de junio de dos mil siete.

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación del INSS y TESORERÍA contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cinco de Santander, ha sido Ponente la Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dña. Rosa siendo demandados el INSS Y TESORERÍA sobre seguridad social y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 20 de febrero de 2.007 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - Da . Rosa (D. N. I. nº NUM000 ), diestra y nacida el día 20-12- 66, se encuentra de alta en elRégimen General de la Seguridad Social, siendo su profesión habitual la de Operaria de granja de conejos.

  2. - Iniciada la vía administrativa ante el Instituto de la Nacional de la Seguridad Social en solicitud de incapacidad permanente, se dictó resolución de fecha 10-7-06, donde reconociendo las secuelas "hombro derecho doloroso, artroscopia por tendinitis calcificante más descompresión subacromial, última RNM cambios sugestivos de artritis acromio-clavicular, hombro izquierdo, bursitis subacromiosubdeltoidea y signos de tendinosis en tendón supraespinoso", denegaba la prestación solicitada por no alcanzar las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución en la capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente.

  3. - Presentada la correspondiente reclamación previa, se dictó resolución en fecha 28-8-06 por la que se denegaba el reconocimiento de incapacidad permanente solicitada, ya que el cuadro patológico apreciado no presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas que disminuyan su capacidad laboral.

  4. - Las secuelas que padece la parte actora son:

    - E.S.D. ANTECEDENTES DE ARTROSCOPIA PARA DESCOMPRESIÓN SUBACROMIAL

    - E.S.D. TENDINITIS CALCIFICANTE

    - HOMBRO DERECHO DOLOROSO

    - E.S.D. CAMBIOS SUGESTIVOS DE ARTRITIS ACROMIO-CLAVICULAR

    - E.S.I. BURSITIS SUBACROMIOSUBDELTOIDEA

    - E.S.I. SIGNOS DE TENDINOSIS EN TENDÓN SUPRAESPINOSO.

  5. - La base reguladora para la invalidez permanente parcial es de 817,26 #/ mes, y para la total 445,96 #/mes, siendo la fecha a partir de la cual desplegaría efectos económicos el día 10-7-06. (No controvertido)

TERCERO

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