STSJ Navarra 420/2009, 23 de Julio de 2009
Ponente | JUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJNA:2009:617 |
Número de Recurso | 198/2009 |
Número de Resolución | 420/2009 |
Fecha de Resolución | 23 de Julio de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA DE A P E L A C I O N Nº 000420/2009
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE,
D. IGNACIO MERINO ZALBA
MAGISTRADOS,
D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ
D. JUAN ANTONIO HURTADO MARTÍNEZ
En Pamplona, a veintitrés de julio dos mil nueve.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, en grado de apelación, el presente rollo de apelación nº 0000198/2009 interpuesto contra la Sentencia desestimatoria de fecha 6 de abril de 2009 dictada en autos procedentes del Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 2 de Pamplona en el Procedimiento Abreviado 0000119/2008 - 00 y siendo partes como apelante Landelino representado y defendido por el Abogado Dª Maria Del Rosario Fraguas Perez y como apelada LA ADMINISTRACION DEL ESTADO representada y dirigida por la Abogacía del Estado.
La Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso nº dos de Pamplona con fecha 6 de abril de 2009 en el procedimiento abreviado nº 119/2008, desestimó el recurso interpuesto contra la resolución del Subdelegado del Gobierno en Huesca de 8 de febrero de 2008, que ordenó la expulsión del recurrente del territorio español con prohibición de entrada durante diez años, extensiva a los países incluidos en el Convenio Schengen.
Interpuesto recurso de apelación contra esa sentencia se dio traslado del mismo al Abogado del Estado que presentó escrito de oposición.
Recibidas las actuaciones en esta Sala previa designación de Ponente con fecha 21 de los corrientes se procedió a la votación y fallo del recurso.
Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ.
La expulsión del apelante fue decretada porque el Juzgado de Fraga (Huesca) le condenó como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas que el Código Penal sanciona con pena privativa de libertad superior a un año. Y este es el supuesto de expulsión previsto por el artículo 57.2 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España; "asimismoconstituirá causa de expulsión, previa la tramitación del correspondiente expediente, que el extranjero haya sido condenado, dentro o fuera de España, por una conducta dolosa que constituya en nuestro país delito sancionado con pena privativa de libertad...
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STSJ País Vasco 742/2014, 29 de Diciembre de 2014
...delictivo de que se trate. Así lo han entendido ya varios Tribunales Superiores de Justicia, como ponen de manifiesto la STSJ de Navarra 23.07.2009 (recurso 198/2009 ), las SSTSJ de Castilla León 27.11.2009 (recurso 248/2009) y 04.03.2011 (recurso 127/2010) y la STSJ de Andalucía 03.03.2008......