STSJ Galicia 2064/2009, 28 de Abril de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:3166
Número de Recurso956/2006
Número de Resolución2064/2009
Fecha de Resolución28 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000956 /2006 interpuesto por D. Calixto contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de

OURENSE siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. Rita en reclamación de RECLAMACION CANTIDAD siendo demandado D. Calixto . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000747 /2005 sentencia con fecha doce de Diciembre de dos mil cinco por el Juzgado de referencia que estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La actora D. Rita , prestó servicios para el empresario demandado D. Calixto , como empleada de hogar desde el 1 de Marzo de 1993, hasta el 18-7-2005 percibiendo un salario mensual de 415.-#./ SEGUNDO: En fecha 18-7-2005, el empresario demandado rescinde el contrato de la actora, abonándole la cantidad de 1020.-E en concepto de indemnización por desistimiento y la cantidad de 65.-E en concepto de vacaciones./ TERCERO.-Durante los meses de Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del 2004, a la actora se le abonó un salario mensual de 400.-E, cada uno de los citados meses./ CUARTO.- Se celebró sin avenencia la conciliación ante la UMAC, el 5-9-2005, en virtud de papeleta presentada el 23-8-2005./ Presentó demanda que fue turnada a este Juzgado el 4-10-2005 .TERCERO.- Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando, parcialmente la demanda interpuesta por Dª. Rita , contra D. Calixto , debo condenar y condeno al empresario demandado a abonar a la actora la cantidad de 2545,21.-# por los conceptos reclamados.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el empresario condenado estimación parcial de la demanda, instando -por el cauce del artículo 191.b) LPL - la modificación del relato histórico, y denunciando -por la vía artículo 191.c) LPL - la infracción de los artículos 6.2 y 6.4, y 10.2 en relación con el 9.3 , todos del RD 1424/85.

SEGUNDO

Ninguna de las revisiones fácticas puede acogerse:

(a) La primera, porque la Magistrada de Instancia ha valorado las pruebas obrantes otorgando primacía a las testificales sobre parte de la documental, fijando la fecha de inicio de la relación laboral en Marzo/93, puesto que así se reclamaba en la demanda que dio origen a este Recurso. Por otro lado, a los efectos modificativos del relato de hechos siempre son rechazables los posibles argumentos y las conjeturas e interpretaciones valorativas más o menos lógicas del recurrente (valgan por todas, SSTS 17/10/90 Ar. 7929 y 13/12/90...

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