STSJ Cataluña 3385/2009, 27 de Abril de 2009
Ponente | AMADOR GARCIA ROS |
ECLI | ES:TSJCAT:2009:6677 |
Número de Recurso | 2441/2008 |
Número de Resolución | 3385/2009 |
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2009 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA núm. 3385/2009
En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 29 Barcelona de fecha 10 de diciembre de 2007 dictada en el procedimiento Demandas nº 676/2007 y siendo recurrido/a Celestina . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. AMADOR GARCIA ROS .
Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 10 de diciembre de 2007 que contenía el siguiente Fallo:
"Que estimando la demanda interpuesta por Celestina , en reclamación de invalidez contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declarar a la actora en situación de invalidez permanente total para su profesión habitual, con arreglo a una base reguladora de 1133,72 #, porcentaje de 55%, con efectos de
26.6.2007, condenando a la gestora a su abono, con las mejoras y revalorizaciones."
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:"
La parte actora, nacida el 18.12.1954, se encuentra afiliada a la Seguridad Social, con el número 080295492742 en el Régimen General, en alta.
La profesión habitual es operaria especialita en fábrica de componentes eléctricos.
La actora ha permanecido en situación de IT desde 16.11.2005 hasta 15.5.2007. Mediante resolución de 25.6.2007 el INSS declaró a la parte actora no afecta en grado alguno de incapacidad permanente total, derivada de enfermedad común. Se emitió dictamen por la UVAMI en
23.5.2007. La propuesta de la Comisión de Evaluación de Incapacidades contenía el siguiente cuadro residual: cervicoartrosis y gonartrosis incipiente, lumboartrosis mod., osteoporosis, funcionalismo conservado, obesidad
Interpuesta reclamación previa, fue desestimada mediante resolución expresa.
La base reguladora de la pensión asciende a 1133,72 #. La fecha de efectos es 26.6.2007, agotamiento de la IT.
La parte actora está afecta de espondilosis de todo el ráquis, cervicoartrosis y gonartrosis incipiente, lumboartrosis moderada con espondiloartrosis dorso lumbar, más acusada en L2-L3, esclerosis del borde del cotilo femoral en ambas caderas, gonartrosis bilateral incipiente, osteoporosis severa con afectación lumbar y femoral, entesopatía supraespinoso izquierdo, obesidad, tirodometria por nódulos. Insuficiencia venosa EEII, HTA. Ha realizado RHB sin resultado."
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.
ÚNICO.- Por el cauce del apdo. c) del artículo 191 LPL se denuncia seguidamente infracción, por inaplicación, del artículo 137, 4º de la Ley General de la Seguridad Social .
La Jurisprudencia viene destacando con reiteración, entre otras en las Sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 12 junio y 24 julio 1986 , el carácter esencial y determinante de la profesión en la calificación jurídica de la situación residual del afectado; de tal manera, que unas mismas lesiones y secuelas pueden ser...
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STSJ Cataluña 3494/2012, 9 de Mayo de 2012
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