STSJ Extremadura 26/2009, 29 de Enero de 2009
Ponente | ELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO |
ECLI | ES:TSJEXT:2009:535 |
Número de Recurso | 179/2008 |
Número de Resolución | 26/2009 |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 00026/2009
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres.
Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº 26
PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.
MAGISTRADOS
DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO
DON MERCENARIO VILLALBA LAVA
DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU
DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS
En Cáceres a 29 de Enero de dos mil nueve.
Visto el recurso de apelación nº 179 de 2008, interpuesto por los apelantes DOÑA Isabel Y JUNTA DE EXTREMADURA, contra la sentencia nº 21 de fecha 16/05/2008 dictada en el recurso contencioso-administrativo nº 43/08, tramitado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Merida.-ANTECEDENTES DE HECHO
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Merida se remitió a esta Sala recurso contencioso- administrativo nº 43/08 seguido a instancias de los apelantes JUNTA DE EXTREMADURA Y DOÑA Isabel Procedimiento que concluyó por Sentencia del Juzgado nº 21 de fecha 16/05/2008 .
Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de apelación por la parte apelante, dando traslado a la representación de la parte apelada aduciendo los motivos y fundamentos que tuvo por conveniente.
Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación en el que se acordó admitir a trámite el presente recurso de apelación, que se declara concluso para sentencia, con citación de las partes.
En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ELENA MÉNDEZ CANSECO, que expresa el parecer de la Sala
El objeto del recurso que nos ocupa lo constituye la Resolución de 27 de mayo de 2007 confirmada en vía de recurso por la de fecha 17 de julio de 2007, del Director General de Política Educativa por el que se resuelve definitivamente el concurso de traslado para funcionarios docentes de los Cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, entre otros. La Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de los de Mérida, resolvió revocar la resolución recurrida. La discrepancia del recurrente con la Resolución recurrida, se centra en los mismos argumentos alegados en primera instancia y en la incorrecta valoración jurídica por parte del juzgador.
El tema litigioso se circunscribe a un concurso para obtener destino definitivo en la respectiva especialidad, tras superar las pruebas para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. La recurrente obtuvo en la especialidad de latin a la que se presentó, una puntuación de 7,7693 y en el nº de orden quedó con el número 3; mientras que la codemandada se presentó a la especialidad de griego obteniendo una puntuación de 7,6200, apareciendo con el número de orden, 2. Ambas para obtener destino...
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