STSJ Andalucía 721/2009, 21 de Abril de 2009

PonenteJULIAN MANUEL MORENO RETAMINO
ECLIES:TSJAND:2009:7085
Número de Recurso713/2007/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución721/2009
Fecha de Resolución21 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

721/2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA.

Recurso nº 713/2007

SENTENCIA

Iltmo. Sr. Presidente

Don Julián Manuel Moreno Retamino

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Francisco J. Gutiérrez del Manzano

Doña María Luisa Alejandre Durán

En la Ciudad de Sevilla a Veintiuno de Abril de 2.009. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en

Sevilla, ha visto el recurso referido en el encabezamiento interpuesto por Bética de Agricultura S.L. representada por el Procurador Sr. Onorato Ordóñez y defendido por Letrado contra Orden de 10 de mayo de 2007 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía que actúa representada y defendida por Letrada de su Gabinete Jurídico. La cuantía del recurso es de 584.829,68 euros. Es ponente el Iltmo Sr. D. Julián Manuel Moreno Retamino.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 27 de septiembre de 2007 contra Orden de 10 de mayo de 2007 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía que desestima recurso de alzada interpuesto contra resolución del FAGA sobre reconocimiento de pago indebido.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora interesó de la Sala el dictado de Sentencia que anule el acto impugnado y acceda a la solicitud formulada.

TERCERO

En su contestación a la demanda la Administración solicitó de la Sala el dictado de Sentencia que desestime íntegramente el recurso.

CUARTO

No se ha practicado prueba. Las partes han formulado sus respectivos escritos de conclusiones.

QUINTO

Señalada fecha para votación y fallo, tuvo lugar el día Veinte de Abril de 2.009.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 27 de septiembre de 2007 contra Orden de 10 de mayo de 2007 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía que desestima recurso de alzada interpuesto contra resolución del FAGA sobre reconocimiento de pago indebido.

El procedimiento se refiere a la campaña de 99/2000 y la primera notificación efectuada a la recurrente -sobre ese asunto- es de enero de 2006. Sobre esta base fáctica sostiene la parte actora la primera de sus alegaciones: la prescripción. Y en apoyo de esa pretensión añade que no es cierto que durante esos años haya estado ilocalizable ya que el domicilio de la entidad le consta a la administración por la comunicación...

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