STSJ Comunidad Valenciana 1473/2009, 7 de Mayo de 2009

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2009:3051
Número de Recurso2411/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1473/2009
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 1473/2009

En el Recurso de Suplicación núm. 2411/2008, interpuesto contra la sentencia de fecha 18 de abril de 2008, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, en los autos núm. 910/207, seguidos sobre DECLARACIÓN DE RELACION LABORAL-PROCEDIMIENTO DE OFICIO, a instancia de la INSPECCION PROVINCIAL DE TRABAJO, contra ACTIVIDADES URBANAS S.A., representada por el Letrado D. Enrique Galvez Cortes y D. Bernardo , asistido del Letrado D. José Martínez Esparza, y en los que es recurrente la parte actora, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª María Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 18 de abril de 2008 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda deducida por la INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL contra ACTIVIDADEZ URBANAS S.A. y don Bernardo , debo absolver y absuelvo a los codemandados de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La INSPECCION DE TRABAJO con fecha tres de julio de 2.007 levantó Acta de Infracción número 1.708/07 a la empresa ACTIVIDADES URBANAS S.A., mercantil dedicada a la actividad de promoción inmobiliaria, proponiendo una sanción de mil quinientos tres euros, por la comisión de una infracción administrativa grave según el artículo 22.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por R.D. Legislativo 5/2.000 de 4 de mayo , que tipifica como "infracción grave" la conducta empresarial consistente en "no solicitar en tiempo y forma la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen en su servicio".- Como conexa a dicha Acta de infracción se levantó Acta de Liquidación de cuotas número 273/07 por el periodo comprendido entre el uno de septiembre de

2.003 y el 30 de abril de 2.007, por importe total de 66.513,86 euros.- SEGUNDO.- El Acta de Infracción tiene su origen en la actuación inspectora llevada a cabo en la obra en construcción sita en calle TeodoroLorente, 2-A, de Massanassa, consistente en la construcción de 21 viviendas figurando como promotor ACTIVIDADES URBANAS S.A.- Durante la visita el Inspector se entrevistó, entre otros, con el codemandado don Bernardo , el cual realizaba tareas de coordinador de seguridad y salud manifestando ser aparejador "autónomo" y prestar servicios para ACTIVIDADES URBANAS S.A. desde septiembre de

2.003.- TERCERO.- La empresa demandada se dedica a la actividad de promoción inmobiliaria.- CUARTO.-Don Bernardo y la mercantil realizaron en fecha uno de septiembre de 2.003 una nota de encargo de servicios profesionales (folio 141) en la que éste se comprometía a realizar, en la obra en construcción de 26 viviendas, locales comerciales y sótano garaje sita en Calle Santo Domingo Savio, 36, de Valencia, tres tipos de intervención profesional: 1) Dirección de ejecución de obra; 2) Estudio de seguridad y salud y coordinación en fase de ejecución, y 3) Estudio de programación y dirección de control de calidad. Por dichos servicios se conciertan unos honorarios profesionales - IVA no incluido - de 18.512,25 euros para el primer tipo de intervención; 7.713,44 euros para el segundo y 3.702,45 euros para el tercero.- En fecha 30 de septiembre se emitió la primera factura por importe de 4.376,42 euros y a partir del mes siguiente se factura todos los meses hasta el 28 de junio de 2.005 por la cantidad fija de 1.374,44 euros. El importe total facturado no coincide con el importe de los honorarios profesionales fijados en la nota de encargo.-QUINTO.- El 29 de septiembre de 2.003 la empresa y el señor Bernardo realizaron una segunda nota de encargo de servicios profesionales para la obra sita en calle Sierra Agullent, 10 esquina c/ Florista 141, de Valencia, consistente en construcción de 33 viviendas y aparcamientos, por los conceptos 1) Dirección ejecución de obra, 2) Estudio de seguridad, salud y coordinación en fase de ejecución, y 3) Estudio de programación y dirección de control de calidad.- El 28 de enero de 2.004 empresa y trabajador realizan nota de encargo para la obra referenciada para tres tipos de intervención profesional (folio 142): 1) Dirección de ejecución de obra; 2) Estudio de seguridad y salud y coordinación en fase de ejecución, y 3) Estudio de programación y dirección de control de calidad. Por dichos servicios se conciertan unos honorarios profesionales - IVA no incluido - de 22.135,95 euros para el primer tipo de intervención; 8.959,79 euros para el segundo y 3.360,34 euros para el tercero.- La primera factura por importe de 1.640,47 euros se emitió el 30 de septiembre de 2.003. A partir de ese mes el trabajador factura todos los meses, hasta el 28 de junio de 2.005, por la cantidad fija de 1.374,44 euros. Además de esta cantidad el tres de febrero de 2.004 emite factura por importe de 3.695,92 euros, el 27 de julio de 2.005 por importe de 2.293,25 euros y por el concepto "extra de honorarios de arquitecto técnico", los días 28 de octubre, 29 de noviembre y 28 de diciembre de 2.005 se emiten facturas por el concepto "extra de honorarios de arquitecto técnico" por importe de 3.360,34 euros.- El monto total del importe facturado no coincide con el importe de los honorarios profesionales fijados.- SEXTO.- Don Bernardo y la mercantil realizaron en fecha veintitrés de julio de 2.004 (folio 143) una nota de encargo de servicios profesionales en la que éste se comprometía a realizar, en la obra en construcción de 5 viviendas y aparcamientos sita en Calle Florista nº 143 de Valencia tres tipos de intervención profesional: 1) Dirección de ejecución de obra; 2) Estudio de seguridad, salud y coordinación en fase de ejecución, y 3) Estudio de programación y dirección de control de calidad. Por dichos servicios se conciertan unos honorarios profesionales - IVA no incluido - de 6.876,74 euros para el primer tipo de intervención más otros 748,15 euros por otros gastos; 2.750,69 euros más 304,60 euros para el segundo y

1.375,35 euros mas 69,75 euros para el tercero.- La primera factura por importe de 1.289,21 euros- excluido IVA - se emitió el 28 de julio de 2.004. A partir de ese mes el señor Bernardo factura todos los meses, hasta el 27 de julio de 2.005, por la cantidad fija de 345,43 euros. En fecha 2 y 29 de septiembre se emiten facturas por el concepto "extra de honorarios de arquitecto técnico" por importe de 3.360,34 euros.-SÉPTIMO.- En fecha siete de abril de 2.005 (folio 144) se concierta una nueva nota de encargo de servicios profesionales, comprometiéndose el señor Bernardo a realizar en la obra de urbanización del ámbito vital en Calle Mestre Marçal, 6, y Calle Santo Domingo Savio, 36, de Valencia la coordinación en fase de ejecución. Esta nota da lugar a una factura de fecha 27 de julio de 2.007 en la que se factura la redacción del estudio básico de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.- OCTAVO.- En fecha 25 de enero de 2.006 (folio 145) la empresa y el señor Bernardo realizaron otra nota de encargo en la que este se comprometía a realizar en la obra sita en calle Teodoro Lorente, de Massanassa, los siguientes tipos de intervención profesional: 1) Dirección de ejecución de obra; 2) Estudio de seguridad y salud y coordinación en fase de ejecución, y 3) Estudio de programación y dirección de control de calidad. Por dichos servicios se conciertan unos honorarios profesionales - IVA no incluido - de 23.331,54 para el primer tipo de intervención más

1.491,85 euros de otros gastos ; 12.768,72 euros más...

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