STSJ Cantabria 884/2008, 24 de Octubre de 2008

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2008:1421
Número de Recurso868/2008
Número de Resolución884/2008
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00884/2008

Rec. Núm. 868/08

Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dª. Elena Pérez Pérez

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por

los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En Santander, a veinticuatro de octubre de dos mil ocho.

En el recurso de suplicación interpuesto por AENA, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cinco de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Elena Pérez Pérez, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por la Sección Sindical UGT en AENA siendo demandados AENA y otros sobre conflicto colectivo y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 23 de abril de 2.008 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El Acta de desconvocatoria de huelga de 4-3-04 firmada por el Comité de Huelga y la empresaEntidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (A.E.N.A.), recogió el siguiente compromiso:

    "La representación de Aena reitera su compromiso inequívoco de garantizar el empleo de todos y cada uno de los trabajadores de su actual plantilla laboral en Aena, así como el mantenimiento y desarrollo de todas las ocupaciones recogidas en el III Convenio Colectivo.

    Aena acuerda con el Comité de Huelga la anulación inmediata y definitiva del documento "modelo de explotación de actividades en Aena" de enero de 2004 y deja expresa constancia de que no existe ningún proyecto de externalización de las ocupaciones recogidas en el correspondiente catálogo aprobado en el III Convenio Colectivo.

    Ambas partes acuerdan garantizar el contenido y validez de todas y cada una de las ocupaciones del III Convenio Colectivo de manera que, en lo sucesivo, las funciones y tareas que hay de realizarse y figuren en las fichas de ocupación presentes en el III Convenio Colectivo se mantengan y desarrollen con personal propio, no pudiendo ser externalizadas en esos casos." (F.237 )

  2. - A su vez el Acta de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de fecha 28-11-05 , estableció:

    "En cumplimiento de lo establecido al efecto en el acta de desconvocatoria de huelga de 4 de marzo de 2004, respecto a la delimitación y concreción de los trabajos a desarrollar en propio por parte del personal de la Entidad, ambas partes se comprometen a finalizar, en los próximos días las negociaciones que se están llevando a cabo para acordar un Modelo de Explotación de Aena, por áreas de actividad, que sea satisfactorio para ambas partes.

    Dicho acuerdo se suscribirá durante el mes de diciembre de 2005 y su implantación se llevará a cabo de forma gradual en los próximos años, teniendo en cuenta la situación actual de cada centro de trabajo. Los acuerdos de materialización del modelo para cada centro de trabajo tendrán lugar entre la Coordinadora Sindical Estatal y la representación de Aena. Dichos trabajos se realizarán en estrecha colaboración los Comités de Centro y la Dirección del mismo.

    Teniendo en cuenta, que en todas las actividades del negocio, el control y la supervisión de las mismas es imprescindible que quede garantizado que se realizarán con personal propio, la implantación del modelo supondrá en los próximos años la promoción de una parte de la plantilla a ocupaciones de control y coordinación. (F. 245 Y 246)

  3. - En el IV Convenio Colectivo de A.E.N.A. -con efectos de 1-1-05 y B.O.E. 18-4-06 - aparece dentro del Anexo I Catálogo de ocupaciones, las siguientes: Subgrupo IB Infraestructuras y Nivel Profesional Mantenimiento Aeroportuario

    IB01 Técnico de Ingeniería de A- B Infraestructuras y Mantenimiento

    Aeroportuario (Especializado)

    IB02 Técnico de Ingeniería de A-B Infraestructuras y Mantenimiento

    Aeroportuario

    IB03 Coordinador de Mantenimiento C

    Aeroportuario ( especializado)

    IB04 Coordinador de Mantenimiento C

    Aeroportuario

    IBOS Coordinador de Obras C

    IB06 Coordinador de Obras C

    Y Mantenimiento AeroportuarioIB07 Técnico de Mantenimiento D

    Aeroportuario ( especializado)

    IB08 Técnico de Mantenimiento D

    Aeroportuario

    (F.264)

  4. - Con fecha 26-6-07 la empresa A.E.N.A. ha procedido a adjudicar en el aeropuerto de Santander la Asistencia Técnica para el control y vigilancia de la obra "Instalación del sistema para la lectura de matriculas y actualización del sistema de gestión", a la empresa CERTUM. (No controvertido, f.212).

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente supuesto la parte demandada recurre la sentencia dictada en instancia que estimó la demanda de conflicto colectivo formulada de contrario, declarando que la actuación de la empresa respecto a la asistencia técnica para el control y la vigilancia de la obra "instalación del sistema para la lectura de matrículas y actualización del sistema de gestión" es contraria a derecho. En el recurso se articulan dos motivos, el primero con amparo procesal en el art. 191 a) LPL , denuncia la infracción de los art. 67.2 LOPJ y 8 LPL, interesando la declaración de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS, 23 de Septiembre de 2009
    • España
    • 23 Septiembre 2009
    ...sentencia de fecha 24 de octubre de 2008 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el recurso nº 868/08, por la que se resuelve el recurso de suplicación interpuesto por la ahora recurrente contra la sentencia de fecha 23 de abril de 2008, dictada p......
  • STSJ Cantabria 1031/2008, 27 de Noviembre de 2008
    • España
    • 27 Noviembre 2008
    ...o ante un conflicto de intereses, ha sido analizada por esta Sala, en sus sentencias de 31 de julio de 2008 (rec. 684/2008) y 24 de octubre de 2008 (rec. 868/2008 ), respecto a la externalización de otros servicios de control y vigilancia de distintas obras de AENA, procedimientos en los qu......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR