STSJ Castilla y León 271/2004, 9 de Marzo de 2004

PonenteJOSE MENDEZ HOLGADO
Número de Recurso271/2004
Número de Resolución271/2004
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00271/2004

Ilmos. Sres: Rec. Núm:271 /2004

  1. José Méndez Holgado

    Presidente

  2. Juan A. Alvarez Anllo

    D.Manuel Mª Benito López /

    En Valladolid, a nueve de marzo de dos mil cuatro.

    La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid compuesta por los Ilmos.Sres anteriormente citados ha dictado la siguiente

    SENTENCIA

    En el recurso de suplicación núm. 271 de 2004 interpuesto por BANESTO, S.A. contra la sentencia del Juzgado de lo Social de Salamanca Número Dos de fecha 29 de octubre de 2003 (autos nº 8703), dictada a virtud de demanda promovida por Jesús y otro contra el demandado y recurrente sobre TUTELA DE LOS DERECHOS DE LIBERTAD (MOVILIDAD GEOGRAFICA) ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. José Méndez Holgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6 de febrero de 2003 se presentó en el Juzgado de lo Social de Salamanca Número Dos demanda formulada por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En mencionada sentencia y como hechos probados constan los siguientes -

PRIMERO

Don Jesús , demandante en esta causa presta servicios para la empresa Banco Español de Crédito, S.A. con antigüedad reconocida de 2 de noviembre de 1996, categoría profesional de Administrativo Nivel 9 y funciones de Operativo de Caja, y lucrando las retribuciones convencionalmente establecida para la categoría de Técnico Nivel 8.

SEGUNDO

El Sr. Jesús detenta la condición de Presidente del Comité de Empresa provincial deBanesto en Salamanca, siendo representante legal de los trabajadores desde diciembre de 1.982 y gozando en la actualidad y por su condición de un crédito mensual de 40 horas de duración para el ejercicio de la tarea representativa, crédito ese que viene siendo efectivamente utilizado por D. Jesús . Por otra parte, de los cinco miembros que integran el órgano provincial de la legal representación de los productores al servicio de Banesto, dos de ellos -uno el aquí actor- venían prestando servicios en la Oficina Principal de la entidad en Salamanca.

TERCERO

Excepción hecha del periodo que transita entre febrero y noviembre de 1.995, el centro de trabajo de adscripción del promotor de esta litis, como acaba de anticiparse, ha sido la Oficina Principal de Banesto en la ciudad de Salamanca, oficina la citada en la que se encuentra localizada la dependencia puesta al servicio del órgano de representación legal de los trabajadores de la citada empresa.

CUARTO

Mediante comunicación de la dirección de Banesto de 16 de enero de 2003 y para que ello se materializara a partir del 16 de febrero siguiente, se participaba a D. Jesús su traslado a la Urbana con que cuenta Banesto en la Salmantina Avd. de la Salle, decisión esa adoptada por razones organizativas y para cubrir la vacante dejada por empleado prejubilado el 31 de diciembre de 2002, empleado ese detentador de la categoría profesional de Técnico Nivel 5 y funciones de operativo de caja, bien que ese trabajador ejecutaba también ocasionalmente tareas relacionadas con el apoderamiento de la empresa del que era titular.

QUINTO

La distancia geográfica existente entre la Urbana de nueva localización del promotor de esta causa y la O.P. de Banesto en Salamancaes la que se traduce en un gasto de unos 30 minutos para el acceso a pie desde la una a la otra.

SEXTO

El precursor de esta litis había recibido a finales del año 2002 oferta de prejubilación de la Dirección de Recursos Humanos de Banesto, ofrecimiento aquél rehusado por

el Sr. Jesús .

SÉPTIMO

En su condición representativa y de trabajador sindicalmente comprometido - Jesús se encuentra afiliación a la Confederación Sindical de Comisiones Obreras- , D. Jesús ha colaborado y suscrito documentos y escritos en los que se vertían análisis críticos hacia la política de recursos humanos de Banesto, o de protesta por determinadas directivas y conductas de la empresa, habiendo también rubricado denuncias ante los servicios de la Inspección Provincial de Trabajo sobre presuntos incumplimientos empresariales en materia de jornada.

O CTAVO .-ras el traslado del Sr. Jesús , la oficina principal de Banesto en la ciudad de Salamanca cuenta con 16 empleador, 4 de los cuales realizan las funciones de operativos de caja. En diciembre de 2002 y enero de 2003 mediante la intermediación de empresa de trabajo temporal, se incorporaron a la Oficina Principal de Banesto dos trabajadoras con la categoría de Administrativo, con funciones de operativo de caja y de atención clientelar, trabajadoras esas cuya colocación y estaba relacionada con la concesión a Banesto desde primero de enero de 2003 de la gestión de las cuentas de depósitos y consignaciones de los Juzgados, cuentas esas que implican la llevanza contable y administrativa de unos 2200 millones de euros, con un complementario y potencial establecimiento de relaciones clientelares con 40.000 funcionarios de la Administración de Justicia.

NOVENO

La plantilla de la urbana a la que quedó adscrito el trabajador que pretende en febrero de 2003 esta integrada por 3 empleados, inclusión hecha de D. Jesús cifra esa que es tenida por la empresa como óptima habida cuenta el volumen de negocio allí residenciado. No obstante, a tal urbana se encuentra adscrito también desde finales de 2002 un empleado con funciones comerciales de captación de contratos de préstamo con garantia hipotecaria para adquisición de viviendas. Por mor de la demanda rectora de autos, reivindica su suscriptor la declaración jurisdiccional de la nulidad de su traslado a la urbana de la Salle y por la motivación antisindical de esa medida.

DECIMO

Se encuentran documentadas en autos solicitudes de empleados de Banesto adscritos a sucursales de pueblos, instando su traslado a puestos de trabajo en las oficinas de Salamanca capital".

TERCERO

Interpuesto...

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