STSJ Andalucía , 31 de Octubre de 2002

PonenteVICTORIANO VALPUESTA BERMUDEZ
ECLIES:TSJAND:2002:15098
Número de Recurso2212/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Iltmo. Sr. Presidente

Don Rafael Osuna Ostos.

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Ruperto Martínez Morales.

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez.

En la ciudad de Sevilla, a treinta y uno de octubre del año dos mil dos.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha visto el recurso número 2.212/1997, interpuesto por Dª. Encarna , que ha actuado representada y asistida por el Letrado D. Daniel Niño Herrera, contra el Ayuntamiento de Sevilla, representado y asistido por el Letrado D. Ramón Cámpora Pérez. La cuantía del recurso se fijó en 45.000 pesetas. Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Don Victoriano Valpuesta Bermúdez que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 14 de noviembre de 1997, contra la providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Sevilla por el concepto de multas de tráfico impuestas en los expedientes números NUM001 (40.000 pesetas) y NUM002 (5.000 pesetas).

SEGUNDO

En el escrito de demanda la parte recurrente solicitó que se dictara sentencia por la que se anule la resolución recurrida, con todos los pronunciamientos inherentes a ello.

TERCERO

En el escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones de la recurrente, y pidió se dictara sentencia por la que se desestimara la demanda.

CUARTO

En la tramitación de la presente causa se han observado todas las prescripciones legales, salvo determinados plazos procesales por la acumulación de asuntos que pende ante la Sala; habiéndose señalado para votación y fallo el día de ayer, en el que, efectivamente, se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso la providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Sevilla por el concepto de multas de tráfico impuestas en los expedientes números NUM001 (40.000 pesetas) y NUM002 (5.000 pesetas). Son antecedentes necesarios para resolver el contencioso planteado, además de los ya recogidos, los siguientes: El día 15 de marzo de 1996 se formuló boletín de denuncia contra la hoy recurrente por el estacionamiento en "parada reservada a coches de caballos" del vehículo turismo RA-....-UJ . Dicha denuncia se intentó fuera notificada a la interesada por correo certificado con acuse de recibo, resultando dicha diligencia fallida el día 15 de abril, haciéndose constar expresamente en el sobre la circunstancia de "no existen buzones; desconocida en 1°. Indiquen planta". Tras ello se procedió a la notificación edictal con la correspondiente publicación en el BOP. del día 7 de mayo de 1.996. Dictada la resolución sancionadora de multa de 5.000 pesetas, se intentó de nuevo la notificación de la misma por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio de la interesada, DIRECCION000 núm. NUM000 , resultando la misma igualmente fallida los días 17 y 19 de junio de 1996 constando en el reverso del sobre "no existen buzones, indiquen número de planta, desconocida en el primero", procediéndose sin más a la publicación edictal en el BOP. del 2 de julio. También consta que el día 11 de junio de 1996 se formuló nuevo boletín de denuncia contra la recurrente por circular el mismo vehículo por la Avda de las Delicias de esta capital "a 86 Km/h teniendo la velocidad limitada a 50". Dicha denuncia se notificó a la interesada en ese mismo instante. Dictada la resolución sancionadora de multa de

40.000 pesetas, se intentó la notificación de la misma por correo certificado con acuse...

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