STSJ Navarra 1013/2000, 8 de Junio de 2000
Ponente | FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA |
ECLI | ES:TSJNA:2000:1204 |
Número de Recurso | 330/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1013/2000 |
Fecha de Resolución | 8 de Junio de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº
Iltmos. Sres.:
Presidente,
D. JUAN A. FERNANDEZ FERNANDEZ
Magistrados,
D. FCO JAVIER PUEYO CALLEJA
D. IÑIGO BARBERENA BELZUNCE
En Pamplona a Ocho de Junio de Dos Mil.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra , constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, los autos del recurso contencioso-administrativo nº330/97 interpuesto contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Berriozar de fecha 13-12-1996 por el que estimando parcialmente la reclamación efectuada por el actor se acuerda elevar la indemnización que le corresponde en el Proyecto de Reparcelación del Sector ER del Plan Parcial de Berriozar a 23.384.599 ptas, en los que han sido partes como demandante D. Jose Francisco representado y defendido por el Abogado Sr. Lecumberri, y como demandados el Ayuntamiento de Berriozar, venimos en resolver en base a los siguientes
Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia estimatoria de sus pretensiones.
El Abogado de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia desestimatoria por la que se confirmase el acto recurrido.
Por auto que consta en el procedimiento se acordó el recibimiento a prueba del recurso, con el resultado que consta en autos.
Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera así se verificó , como obra en autos, teniendo lugar el día 8-6- 2000.
Es ponente el Ilmo Sr Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo D.FCO JAVIER PUEYO CALLEJA, quien expresa el parecer de la Sala.
A través de este recurso contencioso-administrativo se impugna el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Berriozar de fecha 13-12-1996 por el que estimando parcialmente la reclamación efectuada por el actor se acuerda elevar la indemnización que le corresponde en el Proyecto de Reparcelación del Sector ER del Plan Parcial de Berriozar a 23.384.599 ptas.
El objeto de la litis se centra en determinar el quantum indemnizatorio que le corresponde al actor como consecuencia del
Proyecto de Reparcelación del Sector ER del Plan Parcial aprobado por el Ayuntamiento de Berriozar. Al respecto debe señalarse:
-
-Que en el expediente administrativo ciertamente no consta informe alguno que permita fundamentar la cantidad otorgada al hoy actor (ni siquiera la elevación de la cuantía consecuencia de la reclamación efectuada en sede administrativa por el hoy actor).
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-Sin embargo la prueba pericial articulada en esta sede jurisdiccional ha...
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