STSJ Comunidad de Madrid 767/2004, 8 de Septiembre de 2004

PonenteMARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
ECLIES:TSJM:2004:10755
Número de Recurso2154/2004
Número de Resolución767/2004
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 767/04 :En el recurso de suplicación número 2.154/04 interpuesto por DOÑA Flor , frente a la sentencia número 52/04, dictada por el Juzgado de lo Social número Quince de los de Madrid, el día 10 de febrero de

2.004, en los autos número 1482/03 , siendo ponente la Ilma. Sra. Doña M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por DOÑA Flor , por despido, contra ASISPA ASISTENCIA A PERSONAS MAYORES y CALENDAS HISPANAS, S.A. y en su día se celebró el acto del juicio, habiéndose dictado la sentencia que aquí se impugna, que en su parte dispositiva dice:

Desestimo la demanda interpuesta por Dª Flor contra las empresas Asociación Servicio Integral Sectorial para Ancianos (Asispa) y Calendas Hispanas, S.A., absolviendo a las demandadas de las pretensiones deducidas en la demanda.

SEGUNDO

En la resolución impugnada se declaran los siguientes hechos probados:

"1.- La demandante, Dª Flor , ha prestado servicios por cuenta y dependencia de la empresa Asociación Servicio Integral Sectorial para Ancianos (ASISPA) desde el 12-01-98, con la categoría profesional de Adjunta a Dirección, percibiendo un salario mensual de 3225'61 euros (hecho no controvertido).

  1. - La entidad Calendas Hispanas, S.A. fue constituida mediante escritura pública otorgada el 04-05-01, siendo socios fundadores de la sociedad el Colegio de Huérfanos de Funcionarios de la Hacienda Pública, entidad sin ánimo de lucro creada por RD de 24 de Mayo de 1927 y clasificada como institución benéfico particular, y la Asociación Integral Sectorial para Ancianos (ASISPA), entidad asociativa constituida el día 1 de Julio de 1980 al amparo de la Ley de Asociaciones 191/1964 de 24 de Diciembre .

    El domicilio social de Calendas Hispanas, S.A. se fijó inicialmente en Madrid en la Calle Martínez Villergas, nº 8, que es el mismo domicilio de ASISPA.

    El capital de Calendas Hispanas, S.A. está dividido en 2726 acciones nominativas suscritas y desembolsadas por los socios fundadores en la siguiente proporción:

    -ASISPA: acciones número 1 a 1499 ambas inclusive representativas del 55% del capital social.

    -Colegio de Huérfanos de Funcionarios de la Hacienda Pública acciones número 1500 a 2726 representativas del 45% del capital social.

    El objeto social de la sociedad es:

  2. - El diseño y, en su caso, construcción, gestión y explotación de Servicios y Centros Gerontológicos de todo tipo.

  3. - Facilitar información, realizar estudios y tareas de investigación y proporcionar información en temas y materias referidos o relacionados con la geronfolia, tanto por sistemas tradicionales como por la utilización de las tecnologías de la información, comunicación y multimedia.

    (doc. nº 5 de Calendas Hispanas, S.A.)

  4. - En el mismo acto de constitución de la sociedad Calendas Hispanas, S.A. los socios constituyentes nombraron por unanimidad Administradores y representantes de la Sociedad; integrantes de su primer

    Consejo de Administración a las siguientes personas:

    - Dª Sonia .

    - Dª Flor .

    - D. Fernando .

    - D. Juan Enrique .- D. Rodrigo .

    - D. Inocencio .

    - D. Andrés .

    (doc. nº 2 y 5 aportados por Calendas Hispanas , S.A.)

  5. - En fecha 11-05-01 se celebró una reunión del Consejo de Administración de Calendas Hispanas, S.A. en la que entre otras cuestiones se acordó por unanimidad nombrar a la demandante Consejera Delegada de la Sociedad (doc. nº 6 aportado por Calendas Hispanas, S.A.)

  6. - En fecha 31-12-01 Dª Sonia como DIRECCION000 del Consejo de Administración de la entidad Calendas Hispanas, S.A. y la actora suscribieron un contrato de trabajo de alta dirección al amparo del RD 1382/1985 de 1 de Agosto por un período desde el 01-01-02 hasta el 30-06-03, reconociéndosele una antigüedad a todos los efectos de 11-05-01, y pactándose una jornada laboral de cuatro horas diarias.

    (doc. nº 4 aportado por la demandante)

  7. - La demandante, en fecha 01-01-02, suscribió con la empresa Asispa una cláusula adicional a su contrato de trabajo ordinario, en virtud de la cual ambas partes de común acuerdo decidieron reducir la jornada laboral a 20 horas semanales a partir de 01-01-02 (doc. nº 5 aportado por la demandante).

  8. - La empresa Asispa a partir del 01-01-02 abona a la demandante conforme a la jornada reducida acordada (doc. nº 5 de Asispa).

  9. - En fecha 19-05-03 la DIRECCION000 de Asispa Dª Sonia convocó una reunión extraordinaria de los responsables de servicios y departamentos en la cual la demandante anunció su cese voluntario en la empresa con efectos de 30-06-03 aprovechando la ocasión para agradecer la colaboración de los asistentes, una vez comunicada su decisión la demandante abandonó la reunión que continuó a los efectos de reorganizar los servicios ante el próximo cese de la demandante (doc. nº 8 de Asispa, interrogatorio de la demandante, de Sonia , D. Evaristo y Dª Andrea ).

  10. - En fecha 17-06-03 se celebró una reunión del Consejo de Administración de la empresa Calendas Hispanas, S.A. a la que asistió la demandante en la que entre otras cuestiones se acordó por unanimidad formular propuesta para ocupar el puesto de DIRECCION001 a Dª Flor que aceptó la propuesta con las condiciones que en el acta se reflejan y que se dan por reproducidas.

    A dicha reunión asistió como DIRECCION000 del Consejo de Administración Dª Sonia (doc. nº 7 de la empresa Calendas Hispanas, S.A.).

  11. - La empresa Calendas Hispanas, S.A. trasladó su domicilio social al actual sito en Madrid en la Calle Rosalía de Castro nº 80 mediante acuerdo elevado a escritura pública el 04-04-03 (doc. nº 9 aportado por Calendas Hispanas, S.A.)

  12. - La demandante a solicitud del DIRECCION001 de Recursos Humanos de Asispa D. Evaristo remitió el 23-06-03 comunicación escrita dirigida a la empresa Asispa del siguiente tenor literal:

    "A través del presente escrito, le comunico mi decisión personal e irrevocable de causar baja voluntaria en Asispa con efectos de 30 de Junio de 2003".

    (doc. nº 9 de la empresa Asispa, doc. nº 7 de la actora interrogatorio del testigo D. Evaristo )

  13. - En fecha 15-07-03 en la reunión celebrada por el Consejo de Administración de la Sociedad Calendas Hispanas, S.A. se acordó por unanimidad entre otros el acuerdo de conferir y otorgar a favor de Dª Flor en su calidad de DIRECCION001 de la Sociedad poderes con facultades, en la misma extensión y contenidas en el apartado a) que constan en los acuerdos alcanzados por el Consejo de Administración en su reunión celebrada el día 04-05-01 (doc. nº 9 aportado por Calendas Hispanas, S.A.)

  14. - La empresa Calendas Hispanas, S.A. en fecha 06-11-03 comunicó por escrito de la demandante el cese como DIRECCION001 por desistimiento del contrato de alta dirección, abonándole la cantidad bruta de 52.588'56 euros en concepto de liquidación, indemnización y falta de preaviso (doc. nº 9 de la actora y 3de la empresa Calendas Hispanas, S.A.)

  15. - La demandante presento papeleta de conciliación ante el SMAC el 20-11-03, celebrándose el acto por intentado sin efecto el 05-12-03.

    La demanda ha sido presentada el 11-12-03.

  16. - La demandante no ostenta ni ha ostentado en el último año cargo de representación de los trabajadores."

TERCERO

Contra dicha resolución se interpone recurso de suplicación por la demandante, con intervención del Letrado DON JOSÉ RAFAEL MUNDI URQUÍA, habiendo sido impugnado de contrario por el Letrado DON JAIME GODED NADAL, en representación de ASISPA. Recibidas las actuaciones en esta Sala de lo Social se dispuso el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con amparo en el apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , interesa la recurrente que se añadan al hecho probado tercero los siguientes párrafos:

"Doña Sonia , DIRECCION002 y representante legal de ASISPA, fue nombrada DIRECCION000 del Consejo de Administración de CALENDAS HISPANAS, S.A.

ASISPA y CALENDAS HISPANAS, S.A. han mantenido estrechos vínculos asociativos como consecuencia de:

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