STSJ Comunidad de Madrid 1182/2002, 30 de Octubre de 2002
Ponente | ANGELES HUET DE SANDE |
ECLI | ES:TSJM:2002:14631 |
Número de Recurso | 983/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1182/2002 |
Fecha de Resolución | 30 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA N° 1182
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION NOVENA.
Ilmos Sres.
Presidente:
Don Ramón Veron Olarte.
Magistrados:
Dª. Angeles Huet de Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu.
D. Jose Luis Quesada Varea.
D. Miguel López Muñiz Goñi.
En la Villa de Madrid a treinta de octubre del año dos mil dos.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso administrativo n° 983/99, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Patrocinio Sánchez Trujillo, en nombre y representación de don Juan Manuel , contra la resolución dictada por el Director General Gerente del INVIFAS, de fecha 8 de octubre de 1998, confirmada en via administrativa por resolución del Subsecretario de Defensa, de fecha 8 de abril de 1999; habiendo sido parte la Administración demandada, representada por la Abogacía del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ser ajustada a Derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.
Por la Abogacía del Estado se contesta a la demanda, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a Derecho.
No habiéndose recibido el presente proceso a prueba ni considerado necesario el trámitede conclusiones, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
En este estado se señala para votación y fallo el día 22 de octubre de 2002, teniendo lugar así.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. Angeles Huet de Sande.
El presente recurso contencioso administrativo se interpone por don Juan Manuel , contra la resolución dictada por el Director General Gerente del INVIFAS, de fecha 8 de octubre de 1998, confirmada en vía administrativa por resolución del Subsecretario de Defensa, de fecha 8 de abril de 1999, por las que se deniega la solicitud de subrogación del actor en el contrato que mantenía el padre del mismo, militar ya fallecido, con el antiguo Patronato de Casas Militares sobre uso de una vivienda propiedad de dicho Patronato.
Para la resolución del presente recurso contencioso administrativo resulta necesario tener en cuenta los siguientes hechos derivados del expediente administrativo y de las alegaciones de las partes:
a).- El actor, don Juan Manuel , con fecha 31 de julio de 1998, solicitó la subrogación en la titularidad del contrato de vivienda militar, propiedad del INVIFAS, sita en la calle General Valera n° 31, 7° B, de Madrid, por haber fallecido, con fecha 29 de abril de 1998, su madre, doña María Milagros , viuda del Subteniente don Arturo , padre del actor, ya fallecido y titular inicial de la vivienda en su condición de militar al que, con fecha 20 de febrero de 1960, se había asignado su uso por el extinto Patronato de Viviendas Militares.
b).- El Director General Gerente del INVIFAS, mediante resolución de fecha 8 de octubre de 1998, denegó la solicitud de subrogación y esta decisión fue confirmada por resolución del Subsecretario de Defensa, de fecha 8 de abril de 1999, y contra ambas se interpone el presente recurso contencioso administrativo.
Se alega por la actora en su demanda, que aunque existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que considera que las cesiones en uso de las viviendas militares son arrendamientos...
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