STSJ Comunidad de Madrid , 3 de Noviembre de 2004

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2004:13633
Número de Recurso1278/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

D. Ricardo Sánchez Sánchez

En la Villa de Madrid a tres de noviembre de dos mil cuatro.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso-administrativo nº 1278/02 , interpuesto -en escrito presentado el día 19 de julio de 2002- por la Procuradora Dña. Mª Luisa Mora Villarrubia, actuando en nombre y representación de Dña. Juan Pedro , contra la desestimación presunta de su reclamación de responsabilidad patrimonial deducida -escrito presentado el 20 de julio de 2001- por la asistencia médica prestada a su difunto padre, D. Carlos Miguel , en el Hospital "Ramón y Cajal" de esta Capital.

Ha sido parte demandada la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM), representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia por la que se anulase la Resolución impugnada, y, previa declaración de responsabilidad patrimonial de la Administración, se la condenara al abono de 24.000.000 ptas. en concepto de indemnización por los perjuicios causados.

SEGUNDO

La representación procesal de la CAM contestó la demanda en escrito por el que solicitaba se declarase la inadmisibilidad del recurso por falta de legitimación pasiva, o, subsidiariamente, sudesestimación.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, y formulados escritos de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 2 de noviembre de 2004, teniendo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada la cuantía del pleito en 144.242 €.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso se concreta en determinar si la denegación presunta de la reclamación de responsabilidad patrimonial articulada como consecuencia del fallecimiento del padre de la actora -acaecido el 18 de agosto de 2000- por metástasis -hepáticas y óseas- del Carcinoma Pulmonar Epidiforme, del que había sido intervenido el 4 de noviembre de 1999, es -o no- conforme con el ordenamiento jurídico.

Del expediente administrativo, de las pruebas practicadas y de las alegaciones vertidas en los escritos forenses de las partes quedan acreditados los siguientes extremos de interés para la resolución de este pleito:

D. Carlos Miguel , viudo, padre de la recurrente, falleció el 18 de agosto de 2000, a la edad de 68 años, dejando dos hijos -de 37 y 35 años-, que no consta dependieran económicamente del causante.

Al fallecido se le diagnosticó -en septiembre de 1999- un Carcinoma Epidermoide Pulmonar No de Cédulas Pequeñas (estadio 2), siendo intervenido, en el Hospital "Ramón y Cajal", el 4 de noviembre de 1999, y recibiendo el alta hospitalaria el día 26 del mismo mes. Al no haber apreciado metástasis, le dieron cita el 20 de marzo.

El 5 de enero de 2000 comenzó a sentir dolores en el costado izquierdo, lado opuesto al que le intervinieron. El 21 de enero acudió al Servicio de Urgencias del citado Hospital aquejado de intensos dolores, siendo remitido al Servicio de Cirugía General donde le diagnosticaron lumbalgía y pidieron una Gammagrafía Osea, que se realizó el 27 de febrero, dando resultado negativo a metástasis de huesos.

El 24 y el 26 de enero acudió, igualmente, al Servicio de Urgencias aquejado de intensos dolores, siendo diagnosticado nuevamente de lumbalgía y remitido al Servicio de Cirugía torácica e informado de la existencia de la Unidad del Dolor a la que acudió el 14 de marzo.

El 1 de febrero acudió, una vez más, al Servicio de Urgencias, esta vez aquejado de dolor abdominal y fuerte estreñimiento.

El 20 de marzo acudió a la cita de control, recomendándosele, también, la Unidad del Dolor del citado Hospital.

El 10 de abril visitó de nuevo la Unidad del Dolor, donde fue informado del posible inicio de una demencia senil y de una depresión, derivándosele a un Centro de Salud Mental.

El 4 de julio visitó nuevamente el Servicio de Urgencias aquejado de afonía, dolores abdominales, dolor en el costado izquierdo y adormecimiento de manos. Otra vez fue diagnosticado de lumbalgia.

El 20 de julio, ante el progresivo deterioro físico del paciente -dolores en el costado izquierdo, abdominales, arrastraba las piernas al andar, evidente pérdida de apetito y peso (lo poco que comía lo vomitaba)- acudió al Servicio de Urgencias, siendo atendido en el Servicio de Oncología. El 26 de julio se pide un TAC y una nueva Gammagrafía ósea. El 31 de julio, a la vista del TAC (que evidenciaba metástasis del carcinoma en el hígado y tumor óseo en la columna vertebral que oprimía la médula, causa de la parálisis que sufría en...

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