STSJ Comunidad de Madrid 943/2004, 14 de Junio de 2004

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO
ECLIES:TSJM:2004:7892
Número de Recurso826/2002
Número de Resolución943/2004
Fecha de Resolución14 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Núm. 943

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

______________________________________

En la Villa de Madrid, a 14 de junio de 2004

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 826/2002 promovido por la Procuradora Doña Adela Cano Lantero actuando en nombre y representación de don Armando contra la Resolución del Director General de Recursos Pesqueros de 21 de enero de 2001, sobre denegación de asignación de cuota de pesca de fletan negro en la zona NAFO para el BUQUE000 ", para el año 2001;; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se anule la resolución que se impugna y en su lugar se declare que el BUQUE000 tiene derecho a participar en la actividad pesquera en el caladero NAFO, en el marco de lo establecido en el art. 19 de la OM de 21 de diciembre de 1999 , modificada por la OM de 22 de marzo de 2000 , y a que le sea asignada cuota o cupo individual de pesca de la especie Fletan negro, para pescar en dicho caladero, con cargo a la cuota global española; y así mismo se condene a la Administración a proceder a la asignación de cuota o cupo individual de pesca de la especie Fletan negro, en la zona NAFO, para el buque de bandera española BUQUE000 , conforme a los criterios establecidos en el cuerpo de la demanda, la OM de 21.12.99 y los que sean legalmente aplicables, con cargo a la cuota global española y ello desde el año 2001 en adelante.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se inadmitiese el recurso por desviación procesal o, en cualquier caso, se desestimase el mismo y se confirmasen los actos recurridos en todos sus extremos.

TERCERO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, se fijó para ello la audiencia del día 9 de junio de 2004, teniendo así lugar.

Siendo ponente la Ilma. Sra. Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son antecedentes de interés en este proceso, a la vista de los datos que obran en autos y en el expediente a los mismos incorporado, los siguientes:

1) Mediante escrito de 14 de diciembre de 2000 el recurrente solicitó de la Secretaría General de Pesca Marítima la asignación de cuota o cupo individual de pesca, para el año 2001, de la especie Fletan negro, en la zona de NAFO para el buque pesquero de bandera española "Teucro", que había sido incluido previamente en el Censo de buques congeladores en el área NAFO, por resolución de 8 de mayo de 2000, dirigida a las asociaciones de armadores, pero que no aparecía incluido en el anexo de la resolución de 10 de julio de 2000 por la que se publicaba la actualización de los anexos de la Orden de 21 de diciembre de 1999 (reguladora de la actividad pesquera de la flota española en el área NAFO), y se establecía el porcentaje de participación de los buques del citado censo en la cuota del Fletan negro del año 2000.

2) Por Resolución de 21 de enero de 2001, objeto del presente recurso contencioso administrativo, de la Dirección General de Recursos Pesqueros, en la que, sin resolver nada con relación a la determinación de la cuota de participación para la pesca del fletan negro, se disponía que la participación el BUQUE000 en la cuota de pesca del fletan negro deberá resolverse en el marco de la Asociación que representa a la empresa " Armando ", la...

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