STSJ Comunidad de Madrid 1062/2005, 6 de Octubre de 2005
Ponente | JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO |
ECLI | ES:TSJM:2005:9898 |
Número de Recurso | 1163/2002 |
Número de Resolución | 1062/2005 |
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 01062/2005
Recurso núm. 1163/2002
PROCURADORA: Dª. ROSALÍA ROSIQUE SAMPER
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
SENTENCIA 1062
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados:
D. José Ignacio Parada Vázquez
D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo
Dª María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
___________________________________
En la villa de Madrid, a seis de octubre de dos mil cinco.
VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 1163/2002, interpuesto por la Procuradora Dª Rosalía Rosique Samper, en representación de la entidad INMOBILIARIA CARACENSE, S.L., contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 11 de junio de 2001, que desestimó la reclamación nº 28/05401/98 deducida contra liquidación derivada de acta de conformidad relativa al Impuesto sobre Sociedades, ejercicio 1990; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que se anule la resolución recurrida.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que desestime en su integridad el recurso, con imposición de costas a la parte actora.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba quedaron conclusas las actuaciones, señalándose para votación y fallo del recurso el día 4 de octubre de 2005, en cuya fecha ha tenido lugar.
Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo , quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 11 de junio de 2001, que desestimó la reclamación deducida por la entidad actora contra liquidación derivada de acta de conformidad relativa al Impuesto sobre Sociedades, ejercicio 1990, por importe de 10.400.858 pesetas.
La Inspección de los Tributos levantó acta de conformidad a la entidad actora en fecha 8 de julio de 1997 por el impuesto y ejercicio reseñados incluyendo propuesta de regularización en concepto de cuota, intereses de demora y sanción, propuesta que se convirtió en liquidación y cuya anulación postula la recurrente alegando que la persona que firmó el acta carecía de representación.
El artículo 43.2 de la Ley General Tributaria dispone que "para interponer reclamaciones, desistir de ellas en cualquiera de sus instancias y renunciar derechos en...
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