STSJ Aragón 516/2003, 3 de Junio de 2003

PonenteMARIA ISABEL ZARZUELA BALLESTER
Número de Recurso278/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución516/2003
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA N° 516 DE 2003

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. RICARDO CUBERO ROMEO

MAGISTRADOS:

D. JESUS MARIA ARIAS JUANA

Dª ISABEL ZARZUELA BALLESTER

Dª NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS

En Zaragoza, a tres de junio de dos mil tres.

En nombre de S. M. el Rey.

VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON, Sección Primera, el recurso número 278 de 2001, seguido entre partes, como demandante MAC MORA, SA., representa por el Procurador D. Luis Alberto Fernández Fortun y defendida por el Letrado D. Jesús Portella Gomez; y como demandada LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGON, representada y defendida por el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Es objeto de impugnación la resolución de la Junta de Reclamaciones Económico- Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, de fecha 13 de Diciembre de 2000, por la que se desestima la reclamación 61/99 interpuesta por la actora contra la resolución del recurso de reposición dictada el día 20 de Septiembre de 1999 por el Jefe de Servicio de Recaudación de la DGA contra certificación de descubierto por sanción espectáculos.

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: 360.000 pesetas (2.163,64 euros)

Ponente: Iltma. Sra. Magistrado Dª ISABEL ZARZUELA BALLESTER.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en la Secretaría de este Tribunal en fecha 21 de marzo de 2001, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora dedujo demanda en súplica de que se dictara sentencia por la que se declare no ser conforme a derecho la Resolución recurrida y ordene su anulación.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que, por su parte, estimó aplicables, que se dictara sentencia desestimando el recurso interpuesto.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, se propuso documental por las partes que fue inadmitida, y tras evacuarse el trámite de conclusiones, se señaló para Votación y Fallo del recurso el día 22 de mayo de 2003.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso por la parte actora la resolución de la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, de fecha 13 de Diciembre de 2000, por la que se desestima la reclamación 61/99 interpuesta por la actora contra la resolución del recurso de reposición dictada el día 20 de Septiembre de 1999 por el Jefe de Servicio de Recaudación de la DGA contra certificación de descubierto por sanción espectáculos.

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